EMPRESA DE SERVICIOS TRANSITORIOS AFJ GLOBAL EST SpA
Instrumento
- Fecha
- 17 de abril de 2022
- Repertorio
- 663-2024
- Notario
- FRANCISCO JOSÉ HOLLMANN OVALLE
- Oficio
- Quincuagésima Primera Notaría de Santiago con oficio en avenida Providencia 2.600
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $2.500.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la Sociedad es la comuna de Santiago, Región Metropolitana, sobre la que tenga jurisdicción el Conservador de Comercio de Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La sociedad tendrá por objeto exclusivo: a) poner a disposición de terceros, denominados para estos efectos empresas usuarias, trabajadores para cumplir en estas últimas tareas de carácter transitorio u ocasional. b) La selección, capacitación y formación de trabajadores, así como otras actividades afines en el ámbito de los recursos humanos, todo de acuerdo con las normas establecidas en la Ley de Subcontratación número veinte mil ciento veintitrés
Administración
La administración de la Sociedad, el uso de su razón social y su representación judicial y extrajudicial corresponderá a doña LIDIA SELLER FERNÁNDEZ, española, casada, empresaria, cédula nacional de identidad para extranjeros número 24.411.777-5 y a don EMMANUEL EDUARD BAEZA GARCÍA, chileno, divorcio, abogado, cédula de identidad número doce millones quinientos trece mil ochocientos sesenta y cinco guion nueve, quienes podrán actuar de manera individual y separada indistintamente
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFRANCISCO JOSÉ HOLLMANN OVALLE, Notario Público Titular de la Quincuagésima Primera Notaría de Santiago con oficio en avenida Providencia 2.600, comuna de Providencia certifica que: Por escritura pública de fecha 17 de abril de dos mil veinticuatro, repertorio 663-2024 ante mí, EMMANUEL EDUARD BAEZA GARCÍA, chileno, divorcio, abogado, cédula de identidad número doce millones quinientos trece mil ochocientos sesenta y cinco guion nueve, en representación de “AFJ CONSULTING PARENT COMPANY, S.L, sociedad constituida de acuerdo a las leyes de la República de España, Rol Único Tributario número 59.231.920-9, ambos con domicilio para estos efectos en Alfredo Barros Errazuriz 1954, oficina 810, comuna de Providencia, Región Metropolitana, constituyó la sociedad por acciones Nombre. “EMPRESA DE SERVICIOS TRANSITORIOS AFJ GLOBAL EST SpA”, pudiendo actuar incluso ante bancos, instituciones financieras, autoridades, Servicio de Impuestos Internos y cualquier otro organismo o persona, con el nombre de fantasía de “AFJ GLOBAL EST SpA”. Domicilio. El domicilio de la Sociedad es la comuna de Santiago, Región Metropolitana, sobre la que tenga jurisdicción el Conservador de Comercio de Santiago, sin perjuicio de los domicilios especiales de las agencias, sucursales u oficinas que pueda establecer en cualquier otro lugar de Chile o en el extranjero. Duración. indefinida. Objeto. La sociedad tendrá por objeto exclusivo: a) poner a disposición de terceros, denominados para estos efectos empresas usuarias, trabajadores para cumplir en estas últimas tareas de carácter transitorio u ocasional. b) La selección, capacitación y formación de trabajadores, así como otras actividades afines en el ámbito de los recursos humanos, todo de acuerdo con las normas establecidas en la Ley de Subcontratación número veinte mil ciento veintitrés. Capital. El capital de la Sociedad es la suma de $2.500.000.-, dividido en 250 acciones nominativas, de una serie, sin valor nominal íntegramente suscritas, pagadas e ingresada a caja social. La sociedad “AFJ CONSULTING PARENT COMPANY, S.L, aporta la suma de $2.500.000.- que equivale a 250 acciones. Administración. La administración de la Sociedad, el uso de su razón social y su representación judicial y extrajudicial corresponderá a doña LIDIA SELLER FERNÁNDEZ, española, casada, empresaria, cédula nacional de identidad para extranjeros número 24.411.777-5 y a don EMMANUEL EDUARD BAEZA GARCÍA, chileno, divorcio, abogado, cédula de identidad número doce millones quinientos trece mil ochocientos sesenta y cinco guion nueve, quienes podrán actuar de manera individual y separada indistintamente. Demás estipulaciones escritura extractada. Fecha de emisión extracto 17 de abril de 2022.-