MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

ALBATROS GASTRONOMÍA LIMITADA

RUT 76361571-5 CVE 2481869
Capital
$50.000.000 CLP
Fecha instrumento
28 de febrero de 2024

Instrumento

Fecha
28 de febrero de 2024
Notario
SERGIO ARENAS BENONI
Domicilio
San Miguel

Sociedad

Capital
$50.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

SERGIO ARENAS BENONI, Notario Público Titular de San Miguel, con oficio en Gran Avenida José Miguel Carrera N°7930, comuna de La Cisterna, certifico: que por escritura pública de fecha 28 de febrero de 2024 ante mí, la sociedad INVERSIONES FUTURO LIMITADA (antes Inversiones Pillado y Compañía Limitada), don JAVIER ESTEBAN PILLADO OLAVARRÍA y la sociedad ASESORÍAS P&B LIMITADA, todos domiciliados para estos efectos en Avenida La Dehesa N°3579, casa 2, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, modificaron la sociedad ALBATROS GASTRONOMÍA LIMITADA, sociedad inscrita a fojas 128 número 74 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Coquimbo, correspondiente al año 2014; en los siguientes términos: A. En virtud las cesiones de derechos y modificaciones sociales que da cuenta escritura extractada, se retira socio INVERSIONES FUTURO LIMITADA, e ingresa JAVIER ESTEBAN PILLADO OLAVARRÍA. B. Se modifican los artículos Quinto y Séptimo de los estatutos sociales, en el sentido que capital social asciende a $50.000.000, que los socios aportaron y enteraron en las siguientes proporciones: a) 99% la sociedad ASESORÍAS P&B LIMITADA, ascendente a $49.500.000; y b) 1 % don JAVIER ESTEBAN PILLADO OLAVARRÍA, ascendente a $500.000; y en el sentido que la administración y uso de la razón social corresponderá a don Javier Esteban Pillado Olavarría con las más amplias facultades de administración y disposición. En caso de fallecimiento o incapacidad de don Javier Esteban Pillado Olavarría, la administración y el uso de la razón social corresponderá a doña Alejandra María Brucher Serrano, con las mismas facultades. C. La responsabilidad de los socios se limita a monto de respectivos aportes. D. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó al portador del extracto para su legalización. Sergio Arenas Benoni. La Cisterna, 09 de abril de 2024.