SOCIEDAD ADMINISTRADORA RIO PUELO S.A.
Instrumento
- Fecha
- 15 de abril de 2024
- Notario
- MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO
- Oficio
- 38º Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- Santiago de la Región Metropolitana
- Duración
- Indefinida
Objeto social
“la administración de fondos de inversión privados, por cuenta y riesgo de sus aportantes y que no hacen oferta pública de sus valores, a que se refiere la Ley veinte mil setecientos doce de dos mil catorce, o cualquier ley o normativa que la complemente o reemplace.”
Personas y entidades (2)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| José Luis Ilabaca Searle | socio | 9124330-K | — | — | |
| Álvaro Andrés Cuevas Manríquez | socio | 9973108-7 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARIA SOLEDAD LASCAR MERINO, Notario Público Titular, 38º Notaria de Santiago, Miraflores 178, piso 5, certifico: por escritura pública, fecha 15 de abril de 2024 ante mí, don José Luis Ilabaca Searle, RUT 9.124.330-K y don Álvaro Andrés Cuevas Manríquez, RUT 9.973.108-7, ambos Andrés Bello 2233 of. 501, Providencia, Región Metropolitana, constituyeron una sociedad anónima de conformidad a los estatutos que extracto. Nombre: “SOCIEDAD ADMINISTRADORA RIO PUELO S.A.” pudiendo utilizar para todos los efectos legales, inclusive para actuar ante bancos e instituciones financieras el nombre de fantasía “Administradora Río Puelo S.A”. Objeto: “la administración de fondos de inversión privados, por cuenta y riesgo de sus aportantes y que no hacen oferta pública de sus valores, a que se refiere la Ley veinte mil setecientos doce de dos mil catorce, o cualquier ley o normativa que la complemente o reemplace.”. Domicilio: Santiago de la Región Metropolitana, sin perjuicio de las agencias o sucursales que se puedan establecer en otros puntos del país o del extranjero. Duración: Indefinida a contar de la fecha de escritura pública de constitución social. Capital y acciones: capital $1.000.000, dividido en 1.000 acciones ordinaria, sin valor nominal, de una única serie, totalmente suscrito y pagado en el acto de constitución social. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 15 de abril de 2024.