NATIVE 3 SpA
Instrumento
- Fecha
- 11 de abril de 2024
- Repertorio
- 1221/2024
- Notario
- PEDRO ENRIQUE HIDALGO SARZOSA
- Oficio
- Segunda Notaría de Concepción
- Comuna
- Concepción
Sociedad
- Capital
- $3.000.000 CLP
Administración
La administración y representación judicial y extrajudicial de la Sociedad y el uso de su razón social corresponderá, indistintamente, a uno cualquiera de los señores Felipe González Riedemann, Rodrigo Ignacio Palazuelos Saldes y José Pablo Smith Torres, los cuales, anteponiendo la razón social a su firma, representarán a la Sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos o convenciones de cualquier naturaleza que sean, que se relacionen directamente o indirectamente con el objeto social, sin perjuicio de las limitaciones consignadas al final del artículo siguiente”. Firma de acta: Firmaron todos los asistentes
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPEDRO ENRIQUE HIDALGO SARZOSA, Notario Público Interino, de la Segunda Notaría de Concepción, con oficio en esta ciudad calle Castellón 116, certifico; Por escritura pública de fecha 11 de abril de 2024, ante mí, Repertorio N°1221/2024, se redujo a escritura pública la Junta Extraordinaria de Accionistas de NATIVE 3 SpA, Rut N°77.815.205-3 celebrada con fecha 27 de noviembre de 2023 en las oficinas ubicadas en calle Tucapel 142, Concepción, y que, en extracto, trató: Asistentes: Felipe González Riedemann, Rodrigo Ignacio Palazuelos Saldes y José Pablo Smith Torres, que reúnen el 100% de las acciones de la compañía. Acuerdo: se aprobó por la unanimidad de los accionistas sustituir íntegramente el Artículo NOVENO de los estatutos, que regula la administración, por el siguiente: “ARTÍCULO NOVENO: Administración. La administración y representación judicial y extrajudicial de la Sociedad y el uso de su razón social corresponderá, indistintamente, a uno cualquiera de los señores Felipe González Riedemann, Rodrigo Ignacio Palazuelos Saldes y José Pablo Smith Torres, los cuales, anteponiendo la razón social a su firma, representarán a la Sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos o convenciones de cualquier naturaleza que sean, que se relacionen directamente o indirectamente con el objeto social, sin perjuicio de las limitaciones consignadas al final del artículo siguiente”. Firma de acta: Firmaron todos los asistentes. Capital: $3.000.000.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Concepción, 16 de abril de 2024.