Gestiones e Inmobiliarias Santa Lucía SpA
Instrumento
- Fecha
- 8 de abril de 2024
- Notario
- VICTOR MARCELO TOLEDO MACHUCA
- Oficio
- 4° Notaria Talcahuano
- Comuna
- Talcahuano
Personas y entidades (2)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| Sociedad Gestiones e Inmobiliarias Santa Lucía SpA | socio | 76491509-7 | — | — | |
| FERNANDO RODOLFO REICHER PEÑA | accionista | 8934408-5 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalVICTOR MARCELO TOLEDO MACHUCA, Notario Público Interino 4° Notaria Talcahuano, con domicilio en Autopista Concepción Talcahuano 9000 local 22 Hualpén, certifica: por escritura pública de fecha 08 de abril de 2024, otorgada ante mí, compareció don FERNANDO RODOLFO REICHER PEÑA, casado, chileno, empresario CI N° 8.934.408-5 y expuso: PRIMERO: Que estando debidamente facultado viene en reducir a escritura pública acta de sesión extraordinaria de accionistas de la Sociedad Gestiones e Inmobiliarias Santa Lucía SpA, RUT N° 76.491.509-7, compareciendo don FERNANDO RODOLFO REICHER PEÑA, CI N°8.934.408-5 único accionista y titular del cien por ciento de las acciones de la sociedad, y don Miguel Carrasco Figueroa, C.I N° 7.392.023-k, en calidad de Secretario Ad-hoc, en la cual se adoptó el acuerdo de celebrar escritura pública para el saneamiento de la sociedad realizando las publicaciones y subsinscripciones necesarias, para lo cual se instruye la preparación de las minutas y su envío a notaría para las firmas respectivas. En la cláusula segunda de la referida escritura pública se estableció lo siguiente: “SEGUNDO: SANEAMIENTO, Atendido lo expuesto en la cláusula anterior y de conformidad a lo dispuesto en la ley número diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve y el inciso segundo del artículo cuatrocientos veintiocho del Código de Comercio, el accionista de la Sociedad Gestiones e Inmobiliarias Santa Lucía SpA viene en este acto y por el presente instrumento, en sanear los vicios formales en que se hubiere incurrido en la omisión de la publicación de la modificación social y ratifica la compraventa de acciones de fecha seis de enero de dos mil veinte celebrada por instrumento privado y ante dos testigos, señalando además que no existe sentencia judicial ejecutoriada que, previa a este acto, se haya pronunciado sobre el vicio de nulidad de que adolece la sociedad.” Se facultó al portador de copia autorizada de la presente escritura pública para requerir y firmar todas las anotaciones, inscripciones y subinscripciones que sean pertinentes en los registros conservatorios respectivos y en el archivo judicial su fueren procedentes, así como para requerir todas las publicaciones que fueren menester. Demás menciones en escritura extractada. Hualpén, 15 de abril de 2024.