VICTOR GALLEGOS COMERCIALIZADORA DE PRODUCTOS ORTOPÉDICOS EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 29 de octubre de 1967
- Notario
- DORA SILVA LETELIER
- Oficio
- Primera Notaría de La Florida
- Comuna
- La Florida
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
“Fabricación de fajas ortopédicas, comercializadora y venta de productos ortopédicos y en general, toda clase de actividades que se relacionen directa o indirectamente con el objeto de la Empresa”
Administración
Corresponderá al constituyente, don VÍCTOR MANUEL GALLEGOS MONROY, quien, actuando en nombre de la empresa individual, y anteponiendo la razón social a su firma, la representarán con las más amplias facultades contenidas en la cláusula séptima de la escritura de constitución
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalDORA SILVA LETELIER, abogada, Notario Público de la Primera Notaría de La Florida, y oficio en Avenida Vicuña Mackenna Poniente número siete mil ciento treinta y uno, certifico: por escritura de hoy, ante mí, don VÍCTOR MANUEL GALLEGOS MONROY, chileno, divorciado, contador general, C.I.N°11.315.248-6, nacido el 29 de Octubre del año 1967, actualmente de 56 años de edad, domiciliado en pasaje Guanaquero casa N°1.044, villa del Parque, comuna La Florida, Región Metropolitana; constituyó una Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, cuya razón social es “VICTOR GALLEGOS COMERCIALIZADORA DE PRODUCTOS ORTOPÉDICOS EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA”, con nombre de fantasía “FAJAS MÉDICAS E.I.R.L.”.- Objeto: “Fabricación de fajas ortopédicas, comercializadora y venta de productos ortopédicos y en general, toda clase de actividades que se relacionen directa o indirectamente con el objeto de la Empresa”.- Administración: Corresponderá al constituyente, don VÍCTOR MANUEL GALLEGOS MONROY, quien, actuando en nombre de la empresa individual, y anteponiendo la razón social a su firma, la representarán con las más amplias facultades contenidas en la cláusula séptima de la escritura de constitución. Capital: $1.000.000, al contado y en efectivo, enterados en este acto, a la caja de la Empresa Individual.- Limitación de responsabilidad: El constituyente la limita al monto de su aporte. Domicilio: Santiago, sin perjuicio de las sucursales u oficinas que estableciere en otras partes del país o del extranjero.- Duración: Indefinida.- Balance: Al 31 de Diciembre de cada año. Demás estipulaciones en escritura extractada.- LA FLORIDA, 12 de Abril del año 2024.