MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD AGRÍCOLA Y FORESTAL PICURÍN LIMITADA

RUT 77990110-6 CVE 2480344
Capital
$2.000 CLP
Fecha instrumento
10 de abril de 2024

Instrumento

Fecha
10 de abril de 2024
Repertorio
1611

Sociedad

Capital
$2.000 CLP

Objeto social

a) Compraventa de inmuebles forestales, agrícolas y otros; b) Compraventa de productos frutícolas, agrícolas y forestales, explotación o cosecha de bosques, prestación de servicios forestales y otras actividades afines; c) Compraventa, engorda y crianza de toda clase de animales; el transporte de todo tipo de cargas y, en general cualquier otra actividad relacionada a dichos fines, pudiendo celebrar todo negocio que relacionado o no con los giros principales antes acordados.- El capital de la sociedad asciende a $4.000.000, dividido en 1.000 acciones nominativas y ordinarias, sin valor nominal, cada una de igual valor.- El capital suscrito y ya se encuentra pagado en la forma indicada en la Escritura Pública de Constitución de Sociedad de Responsabilidad Limitada. En cuanto a la Responsabilidad el accionista sólo será responsable hasta el monto de sus respectivos aportes en la Sociedad. La Administración y Representación judicial y extrajudicial de la sociedad y el uso de la razón social será ejercida de manera exclusiva y definitiva por don BERNARDINO EULOGIO FUENTES VALENZUELA. En caso de fallecimiento o impedimento para administrar y representar por parte de éste último, la administración y representación judicial y extrajudicial de la sociedad y el uso de la razón social será ejercida por sus herederos quienes tendrán que sujetarse a las formalidades legales establecidas en el Código Civil y en el Código de Comercio. Las facultades de administración y representación se expresan en la Escritura de Transformación materia de este extracto

Personas y entidades (4)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
BERNARDINO EULOGIO FUENTES VALENZUELA socio 6517680-7
SOCIEDAD AGRÍCOLA Y FORESTAL PICURÍN LIMITADA socio 77990110-6
Conservador de Bienes Raíces de Purén.- El socio don MANUEL GIACOMOZZI CASANELLI socio 3860028-1
Universal de todos sus bienes a su cónyuge doña ÁNJELA MARÍA ZANETTI BALLOTA socio 5238976-9

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ROBERTO ARNOLDO COOPER AGUILERA, Abogado, Notario, Conservador y Archivero Judicial de Purén y Los Sauces, con oficio en Urrutia N° 470, Purén, certifico: Por Escritura Pública de Transformación de Sociedad de Responsabilidad Limitada a Sociedad Por Acciones otorgada ante mí, de fecha 10 de Abril de 2024, y anotada en el Repertorio con el Nº 258, don BERNARDINO EULOGIO FUENTES VALENZUELA, C.N.I. N° 6.517.680-7, Empresario, Casado, quien comparece por sí y también en representación de la SOCIEDAD AGRÍCOLA Y FORESTAL PICURÍN LIMITADA, R.U.T. N° 77.990.110-6 del giro de su denominación, ambos con domicilio en Saavedra N° 580 de la Comuna de Purén.- El compareciente declaró las siguientes circunstancias: Que con fecha 03 de Septiembre de 2003, firmó conjuntamente con don Manuel Giacomozzi Casanelli Escritura Pública de Constitución de Sociedad de Responsabilidad Limitada, ante el Notario Público de Angol don Jorge Tadres Hales, Repertorio 1.611, y cuyo Extracto Social se encuentra inscrito a fojas 27, Nº 15 del Registro de Comercio del año 2009 del Conservador de Bienes Raíces de Purén.- El socio don MANUEL GIACOMOZZI CASANELLI, C.N.I. N° 3.860.028-1 ha fallecido el día 31 de marzo de 2021 y cuya Posesión Efectiva Testada ha sido otorgada por el Juzgado de Letras, Garantía y Familia de Purén y Los Sauces bajo el rol V-6-2021, y conforme a Sentencia Definitiva dictada en esa causa con fecha 30 de noviembre de 2021 se ha declarado como Heredera Universal de todos sus bienes a su cónyuge doña ÁNJELA MARÍA ZANETTI BALLOTA, C.N.I. N° 5.238.976-9 y conforme al Reordenamiento y Segunda Ampliación de Inventario Simple de los bienes quedados al fallecimiento de don MANUEL GIACOMOZZI CASANELLI que se encuentra protocolizado en la Notaría, Conservador y Archivero Judicial de Purén y Los Sauces bajo el N° 752 con fecha 24 de Agosto de 2022 es la Heredera Universal y Continuadora del Socio fallecido don MANUEL GIACOMOZZI CASANELLI.- La Inscripción de la Posesión Efectiva del Socio don MANUEL GIACOMOZZI CASANELLI consta a fojas 102 vuelta, número 69 y la Inscripción de su Testamento consta a fojas 104 vuelta, número 70 ambas correspondientes al Registro de Propiedad del año 2022 del Conservador de Bienes Raíces de Purén.- A su vez, doña ÁNJELA MARÍA ZANETTI BALLOTA, Cónyuge y única heredera del Socio don MANUEL GIACOMOZZI CASANELLI por Escritura Pública de Testamento Abierto Solemne de fecha 20 de abril de 2022 que otorgó ante el Notario Público, Conservador de Bienes Raíces y Archivero Judicial Titular de la Agrupación de Comunas de Purén y Los Sauces, don Roberto Arnoldo Cooper Aguilera, y que se encuentra anotada en su Repertorio con el N° 378, ha designado al compareciente como su Primer Legatario en que le transmite el dominio de las acciones y derechos sociales que a doña ÁNJELA MARÍA ZANETTI BALLOTA le corresponde en la presente Sociedad y cuya Posesión Efectiva fue concedida mediante Sentencia Definitiva dictada con fecha 28 de abril de 2023 por el Juzgado de Letras, Garantía y Familia de Purén en causa rol V-21-2022.- La Inscripción de la Posesión Efectiva de doña ÁNJELA MARÍA ZANETTI BALLOTA consta a fojas 636, número 371 y la Inscripción de su Testamento consta a fojas 638 vuelta, número 372 ambas correspondientes al Registro de Propiedad del año 2023 del Conservador de Bienes Raíces de Purén.- En razón de lo anterior, el Compareciente es el Único Socio y Dueño de las Acciones y Derechos sociales de la “SOCIEDAD AGRÍCOLA Y FORESTAL PICURÍN LIMITADA” además de haber realizado un aporte de capital de $2.000.000 lo que equivale al 50% de su participación social; que en la cláusula 9a del pacto social constitutivo; la SOCIEDAD AGRÍCOLA Y FORESTAL PICURÍN LIMITADA continúa funcionando en los términos señalados en las cláusulas cuarta y novena y por aplicación de lo dispuesto en el inciso segundo del artículo cuarto de la Ley número tres mil novecientos dieciocho y el artículo dos mil ciento cuatro del Código Civil.- En virtud que no existen sociedades de responsabilidad limitada formadas por un solo socio por ser contrario a lo dispuesto en el artículo 2.053 del Código Civil y el compareciente viene en Transformar la SOCIEDAD AGRÍCOLA Y FORESTAL PICURÍN LIMITADA en una nueva Sociedad por Acciones, cuyas estipulaciones principales son las siguientes: Razón social de “SOCIEDAD AGRÍCOLA Y FORESTAL PICURÍN SOCIEDAD POR ACCIONES”, nombre de fantasía “SOCIEDAD PICURÍN SpA”.- El domicilio de la Sociedad será la ciudad de Purén, pudiendo establecer agencias, oficinas o sucursales en otras ciudades de Chile o en el extranjero. La duración de la sociedad será indefinida. La sociedad tendrá por objeto: a) Compraventa de inmuebles forestales, agrícolas y otros; b) Compraventa de productos frutícolas, agrícolas y forestales, explotación o cosecha de bosques, prestación de servicios forestales y otras actividades afines; c) Compraventa, engorda y crianza de toda clase de animales; el transporte de todo tipo de cargas y, en general cualquier otra actividad relacionada a dichos fines, pudiendo celebrar todo negocio que relacionado o no con los giros principales antes acordados.- El capital de la sociedad asciende a $4.000.000, dividido en 1.000 acciones nominativas y ordinarias, sin valor nominal, cada una de igual valor.- El capital suscrito y ya se encuentra pagado en la forma indicada en la Escritura Pública de Constitución de Sociedad de Responsabilidad Limitada. En cuanto a la Responsabilidad el accionista sólo será responsable hasta el monto de sus respectivos aportes en la Sociedad. La Administración y Representación judicial y extrajudicial de la sociedad y el uso de la razón social será ejercida de manera exclusiva y definitiva por don BERNARDINO EULOGIO FUENTES VALENZUELA. En caso de fallecimiento o impedimento para administrar y representar por parte de éste último, la administración y representación judicial y extrajudicial de la sociedad y el uso de la razón social será ejercida por sus herederos quienes tendrán que sujetarse a las formalidades legales establecidas en el Código Civil y en el Código de Comercio. Las facultades de administración y representación se expresan en la Escritura de Transformación materia de este extracto.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Repertorio N° 258-2024.- Purén, 10 de Abril de 2024.