SEBASTIÁN SILVA ZUNZA ARQUITECTURA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 11 de abril de 2024
- Notario
- Evaldo Rehbein Utreras
- Oficio
- 29ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- N. fantasía
- “ESTUDIO SIZU LIMITADA”.Objeto Social:El objeto de la sociedad será la prestación de todo tipo de asesorías, consultorías y servicios profesionales en el desarrollo, planificación y ejecución de proyectos de arquitectura, urbanísticos, dibujo técnico, de diseño y gestión de diseño, construcción, edificación, montaje, remodelación y venta de todo tipo de obras de arquitectura, sean comerciales, habitacionales, industriales, obras públicas y/o de cualquier otro tipo, pudiendo actuar en consecución de estos fines por cuenta propia o ajena, pudiendo celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos y realizar cualquier otra actividad profesional conexa o derivada de actividad profesional de arquitectura
- Duración
- La sociedad durará diez años contados desde la fecha del presente instrumento, plazo que quedará prorrogado automáticamente por períodos sucesivos de diez años cada uno, a menos que cualquiera de los socios exprese su voluntad de ponerle término mediante escritura pública anotada al margen en el Registro de Comercio con anticipación mínima de seis meses al vencimiento del
Objeto social
El objeto de la sociedad será la prestación de todo tipo de asesorías, consultorías y servicios profesionales en el desarrollo, planificación y ejecución de proyectos de arquitectura, urbanísticos, dibujo técnico, de diseño y gestión de diseño, construcción, edificación, montaje, remodelación y venta de todo tipo de obras de arquitectura, sean comerciales, habitacionales, industriales, obras públicas y)o de cualquier otro tipo, pudiendo actuar en consecución de estos fines por cuenta propia o ajena, pudiendo celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos y realizar cualquier otra actividad profesional conexa o derivada de actividad profesional de arquitectura
Administración
La administración, la representación y el uso de la razón social de la Sociedad, corresponderá a don SEBASTIÁN EUGENIO SILVA ZUNZA,quien actuando individualmente y anteponiendo su firma a la razón social, tendrá la representación de la sociedad con amplias facultades
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEvaldo Rehbein Utreras, Notario Público, Titular 29ª Notaría de Santiago, Mac - Iver Nº 225, oficina 302, Santiago, certifico: que: por escritura pública de fecha 11 de abril de 2024, ante mí:don SEBASTIÁN EUGENIO SILVA ZUNZA, domiciliado en Mar Jónico ocho mil ochocientos cinco, departamento ochocientos dos, comuna de Vitacura; y, don ALEJANDRO JOSE SILVA ZUNZA, domiciliado en La Castellana norte veintisiete, departamento cuatrocientos uno, comuna de Las Condes, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada: Nombre de la Sociedad: El nombre o razón social de la Sociedad será SEBASTIÁN SILVA ZUNZA ARQUITECTURA LIMITADA, pudiendo actuar ante bancos y otras instituciones con el nombre de fantasía: “ESTUDIO SIZU LIMITADA”.Objeto Social:El objeto de la sociedad será la prestación de todo tipo de asesorías, consultorías y servicios profesionales en el desarrollo, planificación y ejecución de proyectos de arquitectura, urbanísticos, dibujo técnico, de diseño y gestión de diseño, construcción, edificación, montaje, remodelación y venta de todo tipo de obras de arquitectura, sean comerciales, habitacionales, industriales, obras públicas y/o de cualquier otro tipo, pudiendo actuar en consecución de estos fines por cuenta propia o ajena, pudiendo celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos y realizar cualquier otra actividad profesional conexa o derivada de actividad profesional de arquitectura. Administración: La administración, la representación y el uso de la razón social de la Sociedad, corresponderá a don SEBASTIÁN EUGENIO SILVA ZUNZA,quien actuando individualmente y anteponiendo su firma a la razón social, tendrá la representación de la sociedad con amplias facultades. Duración:La sociedad durará diez años contados desde la fecha del presente instrumento, plazo que quedará prorrogado automáticamente por períodos sucesivos de diez años cada uno, a menos que cualquiera de los socios exprese su voluntad de ponerle término mediante escritura pública anotada al margen en el Registro de Comercio con anticipación mínima de seis meses al vencimiento del plazo. Capital: El capital social es la cantidad de un millón de pesos, que los socios aportan y se obligan a enterar en la siguiente forma y proporciones: a) don SEBASTIÁN EUGENIO SILVA ZUNZA,la cantidad de novecientos noventa mil pesos, equivalente a un noventa y nueve por ciento del capital social, suma que entera y paga íntegramente en este acto, en dinero efectivo e ingresado a la caja social; y, b) don ALEJANDRO JOSE SILVA ZUNZA,la cantidad de diez mil pesos, equivalente a un uno por ciento del capital social, suma que entera y paga íntegramente en este acto, en dinero efectivo e ingresado a la caja social. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 15 de abrilde 2024.