Instrumento
- Repertorio
- 3098-24
- Notario
- ESMIRNA VIDAL MORAGA
- Domicilio
- Agrupación de comunas de Temuco
Sociedad
- Capital
- $400.000 CLP
Objeto social
a) Efectuar todo tipo de inversiones en sociedades o empresas de cualquier naturaleza, asociaciones, comunidades, cooperativas, cuentas en participación y demás, pudiendo ingresar en ellas como socio, hacer aportes de capital, transformarlas, modificarlas, absorberlas, fusionarlas, disolverlas y liquidarlas y percibir las rentas de estas inversiones; b) Administrar fondos, inversiones y bienes propios y de terceros, percibiendo sus frutos; c) Comprar, vender, lotear, urbanizar, comercializar, enajenar, transferir y dar en uso y goce bienes raíces propios o de terceros, darlos en arriendo y administrarlos, sean locales o sectores comerciales, departamentos, casas, parcelas, centros de eventos y otros como apart-hotel y cualquier otra modalidad relacionada, y en general, efectuar toda clase de inversiones inmobiliarias percibiendo la renta de estas inversiones; d) Prestar asesorías administrativas, financieras, comerciales, bursátiles y promover y desarrollar, por cuenta propia o de terceros, toda clase de negocios; e) Actuar como mandataria, agente, comisionista o representante de toda clase de personas y de empresas nacionales o extranjeras en las actividades propias del giro social; f) Realizar y administrar, por cuenta propia o ajena, con fondos propios o de terceros, inversiones en bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, valores mobiliarios, bonos, cuentas de fondos mutuos, títulos de crédito como pagarés, letras de cambio y de crédito, certificados de depósito, acciones, debentures, documentos negociables, instrumentos financieros o comerciales de todo tipo, sean públicos o privados y en moneda nacional o extranjera y percibir la renta o frutos de tales inversiones; g) Servicios y asesoría en el área de la ingeniería civil, cualquiera sea la rama, rubro o especialidad, h) Desarrollo del negocio de construcciones, obras civiles y de ingeniería en general, mecánica de suelo, obras de montaje, obras de urbanización, obras viales, movimientos de tierra, demoliciones, excavaciones, sondajes y fundaciones; i) Obras de ingeniería y arquitectura y paisajismo o diseño; y j) Cualquier otra actividad relacionada o no con las anteriores que los accionistas acuerden
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalESMIRNA VIDAL MORAGA, Abogado, Notario Público Titular de la Agrupación de comunas de Temuco, Padre Las Casas, Melipeuco, Cunco, Vilcún, y Freire, con oficio en Temuco, calle Antonio Varas Nº 979, certifico que, por escritura pública de fecha 25 de marzo del 2024, repertorio 3098-24, ante mí: CÉSAR RODRIGO JARA TRIPAILAO, cédula nacional de identidad número trece millones quinientos dieciséis mil seiscientos noventa y ocho guion siete; y CLAUDIA ÁNGELA LILIAN SALAZAR VILCHES, cédula nacional de identidad número doce millones novecientos treinta mil quinientos setenta y uno guion uno, ambos comparecientes domiciliados en Puerta de Granada número doscientos cuarenta y tres, Villa Alcalá II, comuna de Temuco, Región de La Araucanía, constituyeron sociedad por acciones como sigue: NOMBRE: “INVERSIONES LAS QUILAS SpA”. OBJETO: a) Efectuar todo tipo de inversiones en sociedades o empresas de cualquier naturaleza, asociaciones, comunidades, cooperativas, cuentas en participación y demás, pudiendo ingresar en ellas como socio, hacer aportes de capital, transformarlas, modificarlas, absorberlas, fusionarlas, disolverlas y liquidarlas y percibir las rentas de estas inversiones; b) Administrar fondos, inversiones y bienes propios y de terceros, percibiendo sus frutos; c) Comprar, vender, lotear, urbanizar, comercializar, enajenar, transferir y dar en uso y goce bienes raíces propios o de terceros, darlos en arriendo y administrarlos, sean locales o sectores comerciales, departamentos, casas, parcelas, centros de eventos y otros como apart-hotel y cualquier otra modalidad relacionada, y en general, efectuar toda clase de inversiones inmobiliarias percibiendo la renta de estas inversiones; d) Prestar asesorías administrativas, financieras, comerciales, bursátiles y promover y desarrollar, por cuenta propia o de terceros, toda clase de negocios; e) Actuar como mandataria, agente, comisionista o representante de toda clase de personas y de empresas nacionales o extranjeras en las actividades propias del giro social; f) Realizar y administrar, por cuenta propia o ajena, con fondos propios o de terceros, inversiones en bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, valores mobiliarios, bonos, cuentas de fondos mutuos, títulos de crédito como pagarés, letras de cambio y de crédito, certificados de depósito, acciones, debentures, documentos negociables, instrumentos financieros o comerciales de todo tipo, sean públicos o privados y en moneda nacional o extranjera y percibir la renta o frutos de tales inversiones; g) Servicios y asesoría en el área de la ingeniería civil, cualquiera sea la rama, rubro o especialidad, h) Desarrollo del negocio de construcciones, obras civiles y de ingeniería en general, mecánica de suelo, obras de montaje, obras de urbanización, obras viales, movimientos de tierra, demoliciones, excavaciones, sondajes y fundaciones; i) Obras de ingeniería y arquitectura y paisajismo o diseño; y j) Cualquier otra actividad relacionada o no con las anteriores que los accionistas acuerden. CAPITAL: $400.000.- dividido 100 acciones nominativas, sin valor nominal y misma serie. Pagado: a) CÉSAR RODRIGO JARA TRIPAILAO, suscribe 50 acciones por un monto de $200.000.- pagadas íntegramente al contado dinero efectivo ya ingresado a la caja social correspondiente al 50% del capital social; y b) CLAUDIA ÁNGELA LILIAN SALAZAR VILCHES, suscribe 50 acciones por un monto de $200.000.- pagadas íntegramente al contado dinero efectivo ya ingresado a la caja social correspondiente al 50% del capital social. ADMINISTRACION Y USO RAZON SOCIAL: CÉSAR RODRIGO JARA TRIPAILAO y CLAUDIA ÁNGELA LILIAN SALAZAR VILCHES, ambos actuando en forma conjunta, amplias facultades. Socios limitan responsabilidad hasta monto de aportes. Demás estipulaciones escritura extractada. Temuco, 11 de abril del 2024.