ANDRÉS IVAN LEIVA LURASCHI, TATUAJES E.I.R.L.
Instrumento
- Fecha
- 21 de marzo de 2024
- Notario
- JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA
- Oficio
- 43ª Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- - Santiago
- Duración
- Indefinida
- Ley aplicable
- ley N° 19.857
Objeto social
- El giro u objeto de la empresa será la realización de piercing y tatuajes, compra y venta por cuenta propia o ajena de todos los artículos y materiales necesarios para la realización de dichos tatuajes y piercing incluyendo bienes y accesorios que tengan relación directa o indirectamente con la realización de la actividad, contratación de personal, realización de clases o charlas todo en torno al giro de la empresa
Administración
- La administración de la empresa y el uso de la razón social corresponderá al constituyente, tal como lo señala el artículo 9° de la ley N° 19.857, quien en el ejercicio de sus funciones como tal, la representara judicial y extrajudicialmente para el cumplimiento del objeto social con todas las facultades de administración y disposición de bienes
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, Abogado, Notario Público, Titular 43ª Notaría Santiago, Huérfanos 835, piso 18, certifica:- Por escritura fecha 21 de Marzo de 2024, ante mí; don ANDRÉS IVAN LEIVA LURASCHI, chileno, soltero, tatuaje piercing, de 51 años de edad, Run 11.977.681-3, domiciliado en calle Bermont N°223, Villa Kennedy, Comuna de Lo Prado; constituyó empresa individual de responsabilidad limitada denominada ANDRÉS IVAN LEIVA LURASCHI, TATUAJES E.I.R.L., que usará inclusive en bancos nombre fantasía ANDRÉS LEIVA TATTOO & PIERCING E.I.R.L.- Objeto:- El giro u objeto de la empresa será la realización de piercing y tatuajes, compra y venta por cuenta propia o ajena de todos los artículos y materiales necesarios para la realización de dichos tatuajes y piercing incluyendo bienes y accesorios que tengan relación directa o indirectamente con la realización de la actividad, contratación de personal, realización de clases o charlas todo en torno al giro de la empresa.- Administración:- La administración de la empresa y el uso de la razón social corresponderá al constituyente, tal como lo señala el artículo 9° de la ley N° 19.857, quien en el ejercicio de sus funciones como tal, la representara judicial y extrajudicialmente para el cumplimiento del objeto social con todas las facultades de administración y disposición de bienes.- Capital:- $1.000.000, que se entera y paga en este acto por el constituyente, en dinero efectivo.- Duración:- Indefinida.- Domicilio:- Santiago, sin perjuicio establecer agencias o sucursales otros puntos del país o fuera de él.- Santiago, 2 de abril de 2024.