CONSTITUCIÓN Empresa Individual de Responsabilidad Limitada

ANDRÉS IVAN LEIVA LURASCHI, TATUAJES E.I.R.L.

RUT 11977681-3 CVE 2480725
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
21 de marzo de 2024
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
21 de marzo de 2024
Notario
JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA
Oficio
43ª Notaría Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
- Santiago
Duración
Indefinida
Ley aplicable
ley N° 19.857

Objeto social

- El giro u objeto de la empresa será la realización de piercing y tatuajes, compra y venta por cuenta propia o ajena de todos los artículos y materiales necesarios para la realización de dichos tatuajes y piercing incluyendo bienes y accesorios que tengan relación directa o indirectamente con la realización de la actividad, contratación de personal, realización de clases o charlas todo en torno al giro de la empresa

Administración

- La administración de la empresa y el uso de la razón social corresponderá al constituyente, tal como lo señala el artículo 9° de la ley N° 19.857, quien en el ejercicio de sus funciones como tal, la representara judicial y extrajudicialmente para el cumplimiento del objeto social con todas las facultades de administración y disposición de bienes

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, Abogado, Notario Público, Titular 43ª Notaría Santiago, Huérfanos 835, piso 18, certifica:- Por escritura fecha 21 de Marzo de 2024, ante mí; don ANDRÉS IVAN LEIVA LURASCHI, chileno, soltero, tatuaje piercing, de 51 años de edad, Run 11.977.681-3, domiciliado en calle Bermont N°223, Villa Kennedy, Comuna de Lo Prado; constituyó empresa individual de responsabilidad limitada denominada ANDRÉS IVAN LEIVA LURASCHI, TATUAJES E.I.R.L., que usará inclusive en bancos nombre fantasía ANDRÉS LEIVA TATTOO & PIERCING E.I.R.L.- Objeto:- El giro u objeto de la empresa será la realización de piercing y tatuajes, compra y venta por cuenta propia o ajena de todos los artículos y materiales necesarios para la realización de dichos tatuajes y piercing incluyendo bienes y accesorios que tengan relación directa o indirectamente con la realización de la actividad, contratación de personal, realización de clases o charlas todo en torno al giro de la empresa.- Administración:- La administración de la empresa y el uso de la razón social corresponderá al constituyente, tal como lo señala el artículo 9° de la ley N° 19.857, quien en el ejercicio de sus funciones como tal, la representara judicial y extrajudicialmente para el cumplimiento del objeto social con todas las facultades de administración y disposición de bienes.- Capital:- $1.000.000, que se entera y paga en este acto por el constituyente, en dinero efectivo.- Duración:- Indefinida.- Domicilio:- Santiago, sin perjuicio establecer agencias o sucursales otros puntos del país o fuera de él.- Santiago, 2 de abril de 2024.