SOLUCIONES DEPORTIVAS PEÑAFIEL Y PIÑONES LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 2 de abril de 2024
- Repertorio
- 696
- Notario
- RODRIGO CABRERA ALBARRAN
- Oficio
- Segunda Notaría y Conservador de Minas de Ovalle
Sociedad
- Capital
- $4.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRODRIGO CABRERA ALBARRAN, abogado, Notario Público de la Segunda Notaría y Conservador de Minas de Ovalle, con domicilio en Miguel Aguirre nº 328, certifica: Por escritura pública de fecha 2 de abril de 2024, Repertorio nº 696, ante mí, don Patricio Román Piñones Araya, domiciliado en Mercedes Cabeza N° 1381, Villa Los Parrones, comuna y ciudad de Ovalle, Región de Coquimbo, don Pablo Andrés Peñafiel Muñoz, domiciliado en Yungay 270, Quinta Margarita, comuna y ciudad de Ovalle, Región de Coquimbo, y doña Ana Rosa Muñoz Caballero, domiciliada en Yungay 270, Quinta Margarita, comuna y ciudad de Ovalle, Región de Coquimbo, acordaron modificar la sociedad “SOLUCIONES DEPORTIVAS PEÑAFIEL Y PIÑONES LIMITADA”, RUT. 77.104.886-2, inscrita a fojas 226 vta., número 148, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Ovalle correspondiente al año 2019. Acuerdos consisten en: 1) Rectificar el extracto de la Sociedad, inscrito a fojas 304 vta. N°167 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Ovalle correspondiente al año 2023 y publicado en el Diario Oficial con fecha 20 de diciembre de 2023, en la parte que señalaba que la razón social de la Sociedad era “SOLUCIONES DEPORTIVAS ROMÁN Y PEÑAFIEL LIMITADA” y su nombre de fantasía era “SOLUCIONES DEPORTIVAS ROMÁN Y PEÑAFIEL”, señalando que la razón social es “SOLUCIONES DEPORTIVAS PEÑAFIEL Y PIÑONES LIMITADA”, pudiendo usar para fines bancarios y de propaganda el nombre de fantasía “MOTUS, CENTRO DE ENTRENAMIENTO”. 2) Cesión de Derecho Sociales. a) Don Pablo Andrés Peñafiel Muñoz, con el expreso consentimiento de todos los socios de la sociedad, vende, cede y transfiere un 0,1% de los derechos sociales de SOLUCIONES DEPORTIVAS PEÑAFIEL Y PIÑONES LIMITADA a doña Ana Rosa Muñoz Caballero, quien compra, acepta y adquiere para sí, y; b) Don Patricio Román Piñones Araya, con el expreso consentimiento de todos los socios de la sociedad, vende, cede y transfiere la totalidad de los derechos sociales de que es propietario en SOLUCIONES DEPORTIVAS PEÑAFIEL Y PIÑONES LIMITADA, derechos representativos del 50% del capital y derechos sociales, a don Pablo Andrés Peñafiel Muñoz, quien compra, acepta y adquiere para sí. En virtud de la cesión de derechos efectuada, don Patricio Román Piñones Araya se retira de “SOLUCIONES DEPORTIVAS PEÑAFIEL Y PIÑONES LIMITADA”, declarando que a la fecha nada se le adeuda, otorgando el más amplio y total finiquito a la sociedad. 3) Modificación de la razón social. Los socios, don Pablo Andrés Peñafiel Muñoz y doña Ana Rosa Muñoz Caballero, acuerdan modificar la razón social de la sociedad, señalando que el nombre de la sociedad o su razón social será “SOLUCIONES DEPORTIVAS PEÑAFIEL Y MUÑOZ LIMITADA”, pudiendo usar, incluso ante bancos e instituciones financieras el nombre de fantasía “MOTUS, CENTRO DE ENTRENAMIENTO”. 4) Modificación de estatutos sociales. Con motivo de las cesiones de derechos sociales y los acuerdos que se dan cuenta precedentemente, los actuales socios de SOLUCIONES DEPORTIVAS PEÑAFIEL Y MUÑOZ LIMITADA, vienen en modificar y sustituir el artículo Segundo y el artículo Quinto del Estatuto Social, referidos a la razón social y al capital social, de la siguiente forma: “SEGUNDO: El nombre de la sociedad o su razón social será “SOLUCIONES DEPORTIVAS PEÑAFIEL Y MUÑOZ LIMITADA”, pudiendo usar, incluso ante bancos e instituciones financieras el nombre de fantasía “MOTUS, CENTRO DE ENTRENAMIENTO”.” y “QUINTO: El capital de la Sociedad es la suma de $4.000.000.-, el cual se encuentra íntegramente suscrito y pagado con anterioridad a esta fecha, en la siguiente proporción: a) PABLO ANDRÉS PEÑAFIEL MUÑOZ, ha pagado la suma de $3.996.000.-, equivalentes al 99,9% del capital de la Sociedad; y, b) ANA ROSA MUÑOZ CABALLERO, ha pagado la suma de $4.000.-, equivalentes al 0,1% del capital de la Sociedad. Los socios dejan constancia que los porcentajes indicados, son meramente referenciales, ya que el porcentaje real de participación está constituido por el monto del aporte que cada uno de ellos ha efectuado al capital de la sociedad.” Los socios mantienen su responsabilidad limitada hasta el monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Ovalle, 10 de abril de 2024.