MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

VELIZ Y VELIZ Y VEGA LIMITADA

RUT 76119323-6 CVE 2479674
Capital
$60.000.000 CLP
Fecha instrumento
15 de septiembre de 2010
Notaría
Calama de don Víctor Antonio Varas Plaza

Instrumento

Fecha
15 de septiembre de 2010
Notario
CRISTOBAL LY VALLOTON
Domicilio
y Conservador de Minas El Loa-Calama
Comuna
Calama de don Víctor Antonio Varas Plaza

Sociedad

Capital
$60.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

CRISTOBAL LY VALLOTON, Abogado, Notario Público y Conservador de Minas El Loa-Calama, Sotomayor 1961, certifico: Por escritura pública de hoy, ante mí, don HUGO ALBERTO VELIZ ARAYA, C.I. 11.720.873-7, con domicilio en Hamburgo 2555; don CRISTIAN MAURICIO VELIZ ARAYA, C.I. 11.931.223-K, Arica 3934; y don DARÍO ENRIQUE VEGA ELGUETA, C.I. 9.458.858-8, Pasaje Vecinal parcela número 4 lote 6 A, todos domiciliados en Calama, modificaron Sociedad de Responsabilidad Limitada “VELIZ Y VELIZ Y VEGA LIMITADA o CÓNDOR CHILE LIMITADA”, RUT. 76.119.323-6, constituida 15 de Septiembre de 2010, en la notaria de don Carlos Andrés Salazar Valenzuela, Abogado, Notario Público y Conservador de Minas Suplente, inscrita extracto Registro Comercio y Conservador de Bienes Raíces El Loa-Calama, fojas 408 N° 268 año 2010, publicada en el Diario Oficial N° 39.773 del 30 de Septiembre de 2010; modificada el 10 de Julio de 2012, Notaría Calama de don Víctor Antonio Varas Plaza, inscrita extracto Registro Comercio y Conservador de Bienes Raíces El Loa-Calama, fojas 436, N° 311, año 2012, publicado Diario Oficial N° 40.312 del 14 de julio de 2012; modificada nuevamente el 23 de Noviembre de 2018, en la notaría de don Carlos Andrés Salazar Valenzuela, cuyo extracto se publicó Diario Oficial N° 42.924, de fecha 7 de Diciembre de 2018. Capital Social: $60.000.000.- Presente modificación: Los socios vienen en modificar la cláusula quinta del contrato social en referencia en los siguientes términos: se otorgan facultades amplias y suficientes al socio CRISTIAN MAURICIO VELIZ ARAYA, para poder actuar en representación de la sociedad ante el BANCO DE CRÉDITO E INVERSIONES o cualquier otra institución financiera para solicitar, retirar, utilizar y administrar separada e indistintamente tarjetas de débito o de crédito. Dichas tarjetas sólo podrán ser utilizadas para comprar insumos, mercaderías, repuestos, maquinarias y demás accesorios que se requieran para el normal desarrollo del giro de la sociedad o sus futuras ampliaciones, ya sea a través de la compra o arriendo. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. CALAMA, 10 DE ABRIL DE 2024.