CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Inversiones e Inmobiliaria Santa Hortensia SpA

CVE 2479221
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
15 de septiembre de 2023
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
15 de septiembre de 2023
Notario
LUIS ENRIQUE TAVOLARI OLIVEROS
Oficio
Vigésima Segunda Notaría de este territorio jurisdiccional

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
El domicilio de la sociedad es la ciudad y comuna de Santiago
Duración
La sociedad comenzará a regir con esta fecha y tendrá una duración de cinco años a partir de la fecha de esta escritura pública, renovables tácita y sucesivamente, por períodos iguales, si ninguno de los accionistas manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso, mediante escritura pública que se anotará al margen de la inscripción social, con una anticipación de a lo menos seis meses antes del fin del respectivo período

Objeto social

La sociedad tiene por objeto la adquisición, administración, comercialización, arrendamiento y enajenación de bienes raíces, urbanos o rurales, como asimismo, la realización de todo tipo de negocios inmobiliarios, de intrumentos de inversión y la administración de estas inversiones y sus frutos, pudiendo además realizar cualquier otra actividad que los socios acuerden y que permita un mejor aprovechamiento de la organización. Estos servicios podrán ser desarrollados por la Sociedad sea directamente, sea a través de sociedades filiales o relacionadas, ubicadas tanto en el país como en el extranjero. Se entienden comprendidas en el objeto, las actividades complementarias que sean menester para la ejecución del objeto principal, como asimismo, la ejecución de todas aquellas actividades, operaciones, actos, contratos y servicios complementarios o relacionados directa o indirectamente con dicho objeto y que acuerden los

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

LUIS ENRIQUE TAVOLARI OLIVEROS, Abogado, Notario Público Titular de la Vigésima Segunda Notaría de este territorio jurisdiccional, con oficio en esta ciudad, calle San Sebastian 2727, Las Condes, Certifico: Por escritura pública de fecha 15 de Septiembre de 2023, ante mí, don DANIEL ANDRÉS LLANOS DUARTE, constituyó Sociedad por Acciones Nombre: “INVERSIONES E INMOBILIARIA SANTA HORTENSIA SpA”.- Objeto: La sociedad tiene por objeto la adquisición, administración, comercialización, arrendamiento y enajenación de bienes raíces, urbanos o rurales, como asimismo, la realización de todo tipo de negocios inmobiliarios, de intrumentos de inversión y la administración de estas inversiones y sus frutos, pudiendo además realizar cualquier otra actividad que los socios acuerden y que permita un mejor aprovechamiento de la organización. Estos servicios podrán ser desarrollados por la Sociedad sea directamente, sea a través de sociedades filiales o relacionadas, ubicadas tanto en el país como en el extranjero. Se entienden comprendidas en el objeto, las actividades complementarias que sean menester para la ejecución del objeto principal, como asimismo, la ejecución de todas aquellas actividades, operaciones, actos, contratos y servicios complementarios o relacionados directa o indirectamente con dicho objeto y que acuerden los accionistas. Capital: El capital de la sociedad es la suma de $1.000.000, dividido en 1.000.000 de acciones, todas ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado por DANIEL ANDRÉS LLANOS DUARTE. Domicilio: El domicilio de la sociedad es la ciudad y comuna de Santiago, sin perjuicio que podrá establecer oficinas, filiales, agencias o sucursales en otros lugares del país o en el 2 extranjero.- Duración: La sociedad comenzará a regir con esta fecha y tendrá una duración de cinco años a partir de la fecha de esta escritura pública, renovables tácita y sucesivamente, por períodos iguales, si ninguno de los accionistas manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso, mediante escritura pública que se anotará al margen de la inscripción social, con una anticipación de a lo menos seis meses antes del fin del respectivo período. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 26 de Septiembre de 2023./nh