COOPERATIVA NACIONAL DE VIVIENDAS URBANAS
Instrumento
- Fecha
- 9 de abril de 2024
- Notario
- JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA
- Oficio
- 43ª Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $120.000.000 CLP
- Domicilio
- Santiago, Región Metropolitana
- Duración
- Indefinida
Objeto social
Satisfacer las necesidades habitacionales y comunitarias de sus socios, individualmente o en programas colectivos de vivienda, proporcionándoles en uso viviendas de su propiedad y prestar los servicios inherentes a dicho objetivo, sin propósitos de lucro, para lo cual podrá ejecutar todos los actos que sean necesarios, sin limitación alguna, en conformidad a la ley de cooperativas, según se indica en el Título X del Libro II del Código Civil. Capital suscrito y pagado: $120.000.000. Concurrieron cinco socios a la junta constitutiva
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, Abogado, Notario Público Titular de la 43ª Notaría Santiago, con oficio en esta comuna en calle Huérfanos N°835 piso 18, comuna de Santiago, CERTIFICA: Por escritura pública de fecha 9 de abril del año 2024, REPERTORIO N°10.587-2.024, otorgada ante mí, el compareciente, señor JORGE ANDRES HALES DE LA FUENTE, chileno, casado y separado totalmente bienes, abogado, cédula nacional de identidad N° 10.967.040-5, domiciliado en calle Morandé N° 322, oficina 701, comuna de Santiago, quien debidamente facultado redujo a escritura pública acta de Junta Constitutiva de “COOPERATIVA NACIONAL DE VIVIENDAS URBANAS - COOPERURBAN”, pudiendo actuar en todas sus operaciones sociales con la sigla “COOPERURBAN”, celebrada con fecha 15 de marzo de 2024.- Domicilio: Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de establecer agencias o sucursales en cualquier punto del país o extranjero. Duración: Indefinida. Objeto: Satisfacer las necesidades habitacionales y comunitarias de sus socios, individualmente o en programas colectivos de vivienda, proporcionándoles en uso viviendas de su propiedad y prestar los servicios inherentes a dicho objetivo, sin propósitos de lucro, para lo cual podrá ejecutar todos los actos que sean necesarios, sin limitación alguna, en conformidad a la ley de cooperativas, según se indica en el Título X del Libro II del Código Civil. Capital suscrito y pagado: $120.000.000. Concurrieron cinco socios a la junta constitutiva. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 11 de abril del año 2024.- DOY FE.-