AGRÍCOLA FRESNO SpA
Instrumento
- Fecha
- 6 de octubre de 2022
- Notario
- JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA
- Oficio
- 43ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, abogado, Notario Público, Titular 43ª Notaría de Santiago, Huérfanos número 835, piso 18, Santiago, RM. CERTIFICO: Por escritura pública hoy ante mí: MARIA VICTORIA ALCALDE GRIFFIN, con domicilio en Robles N° 12729, depto. 503 - C, Lo Barnechea; reduce a escritura pública: ACTA JUNTA EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE “AGRÍCOLA FRESNO SpA”, celebrada el 18 de marzo del 2024, con la asistencia de la totalidad de las acciones emitidas. ANTECEDENTES: a) La sociedad “AGRÍCOLA FRESNO SpA”, se constituyó como consecuencia de la división de la sociedad “Inversiones FL II SpA” mediante reducción de escritura pública del Acta de la Junta Extraordinaria de fecha 06 de octubre de 2022, suscrita ante don LUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY, Abogado, Notario Público Titular de la 8º Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos número 941, local 302, comuna de Santiago; un extracto de dicha escritura fue inscrito en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, a fojas 87000, número 38047, correspondiente al año 2022; b) La sociedad fue modificada por escritura pública de fecha 28 de agosto de 2023 suscrita ante don LUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY, Abogado, Notario Público Titular de la 8º Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos número 941, local 302, comuna de Santiago; un extracto de dicha escritura fue inscrito en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, a fojas 77.642, número 33.490, correspondiente al año 2023.- MODIFICACIÓN: La modificación del artículo DÉCIMO TERCERO de los estatutos sociales, en el sentido de que la administración, representación y el uso de la razón social, será ejercida exclusivamente por MARIA VICTORIA ALCALDE GRIFFIN, con amplias facultades de administración y disposición enunciadas en el mismo precepto de la escritura de constitución social, las que se dan por expresamente reproducidas para todos los efectos legales. -. B) En todo lo no modificado por este instrumento, se mantendrá lo señalado en el estatuto social en los mismos términos estipulados en él.- Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 18 de marzo del 2024.