SOCIEDAD SANTA ELBA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 22 de marzo de 2024
- Repertorio
- 350
- Notario
- PEDRO CARLOS YAÑEZ MIZON
- Domicilio
- Titular Carlos Ruiz Bahamondes
Sociedad
- Capital
- $20.000.000 CLP
- Domicilio
- San Bernardo
- Duración
- 5 años contados desde fecha escritura constitución, prorrogable por períodos iguales y sucesivos si ninguno de los socios expresare voluntad ponerle término por escritura pública anotada al margen de inscripción en registro de comercio con 2 meses de anticipación a la fecha de expiración que corresponda
Objeto social
El objeto de la sociedad será: a.- La inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos de todo tipo de sociedades, ya sean civiles o mercantiles, comunidades o asociaciones, y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Podrá actuar en la consecución de sus fines sola o asociada con otras personas, sean éstas naturales o jurídicas y b.- adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir en ellos por cuenta propia o ajena; explotarlos directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas, y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o con lo dicho, y cualquier otro negocio que acordaren los socios que tenga relación directa o indirecta con el objeto principal.-la adquisición, enajenación, comercialización, importación, consignación de toda clase de bienes, especialmente productos tecnológicos de todo tipo; el giro de la sociedad se extenderá a toda otra actividad que este directa o indirectamente relacionado con lo anterior y que los socios acuerden
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPEDRO CARLOS YAÑEZ MIZON, abogado, Notario Público Suplente del Titular Carlos Ruiz Bahamondes, con oficio en calle Covadonga 516, local 13 y 14, Certifico: Por escritura de hoy ante mí, VÍCTOR FRANCISCO HERRERA ANGUITA, rut 7.318.818-0, domiciliado en Horcón de Piedra, Parcela treinta y siete, Paine; ALEJANDRA MARIBEL DONOSO SILVA, rut 16.382.252-0,domiciliada en Ortiga 4.583, Puente Alto; y NICOLAS SEPÚLVEDA VANZULLI, rut 16.031.616-1, domiciliado en Julio Prado 1.646 departamento 505, Ñuñoa, constituyeron sociedad responsabilidad limitada conforme a ley. Razón Social: “SOCIEDAD SANTA ELBA LIMITADA”, pudiendo usar nombres de fantasía de "SANTA ELBA LIMITADA".- Objeto: El objeto de la sociedad será: a.- La inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos de todo tipo de sociedades, ya sean civiles o mercantiles, comunidades o asociaciones, y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Podrá actuar en la consecución de sus fines sola o asociada con otras personas, sean éstas naturales o jurídicas y b.- adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir en ellos por cuenta propia o ajena; explotarlos directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas, y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o con lo dicho, y cualquier otro negocio que acordaren los socios que tenga relación directa o indirecta con el objeto principal.-la adquisición, enajenación, comercialización, importación, consignación de toda clase de bienes, especialmente productos tecnológicos de todo tipo; el giro de la sociedad se extenderá a toda otra actividad que este directa o indirectamente relacionado con lo anterior y que los socios acuerden.- Domicilio: San Bernardo, sin perjuicio de agencias o sucursales que puedan abrir otras ciudades del país.- Capital: $20.000.000.- que los socios aportan y enteran en caja social en la siguiente proporción: Víctor Francisco Herrera Anguita, aporta $4.000.000.- Alejandra Maribel Donoso Silva, aporta $4.000.000.- y Nicolás Sepúlveda Vanzulli aporta $12.000.000.- Administración y Uso de Razon Social: corresponderá a Víctor Francisco Herrera Anguita.- Responsabilidad Socios: Monto de sus respectivos aportes.- Duración: 5 años contados desde fecha escritura constitución, prorrogable por períodos iguales y sucesivos si ninguno de los socios expresare voluntad ponerle término por escritura pública anotada al margen de inscripción en registro de comercio con 2 meses de anticipación a la fecha de expiración que corresponda. Demás estipulaciones en escritura extractada. San Bernardo, 22 de Marzo de 2024.- Repertorio N°350.