MODIFICACIÓN Sociedad Anónima

SERVITEX S.A.

RUT 84022000-1 CVE 2478887
Capital
$790.162.832 CLP
Fecha instrumento
5 de abril de 2024
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
5 de abril de 2024
Notario
NELSON PATRICIO CARVALLO SANTA MARIA
Oficio
Titular de la 42° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$790.162.832 CLP
Ley aplicable
Ley 18.046

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

NELSON PATRICIO CARVALLO SANTA MARIA, Notario Público suplente del Titular de la 42° Notaría de Santiago, don Alvaro Gonzalez Salinas, Avenida Apoquindo 3001, piso 2, Las Condes, certifica: Que en Junta Extraordinaria de Accionistas de SERVITEX S.A, Rol Único Tributario número 84.022.000-1, inscrita a fojas 1827 número 1064 del Registro de Comercio del año 1975 del Conservador de Bienes Raices de Santiago, celebrada el 26 de diciembre de 2023 y reducida a escritura pública ante mí, con fecha 05 de Abril de 2024, se acordó lo siguiente: en atención a la disminución del capital producida de pleno derecho, de $790.162.832.-pesos divididos en 16.014 acciones nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, totalmente suscrito y pagado, a la suma de $592.622.124.- pesos dividido en igual número de acciones y de iguales características de las mismas producida por aplicación del artículo 27 de la Ley 18.046, se modifican los Artículos Cuarto y Tercero Transitorio de los estatutos sociales, sustituyéndolos por los siguientes: “ARTICULO CUARTO: El capital de la sociedad será la suma de quinientos noventa y dos millones seiscientos veintidós mil ciento veinticuatro pesos dividido en dieciséis mil catorce acciones nominativas, de una misma y única serie, sin valor nominal. El capital social señalado se produce por disminución de capital de pleno derecho, de setecientos noventa millones ciento sesenta y dos mil ochocientos treinta y dos pesos dividido en dieciséis mil catorce acciones nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, totalmente suscrito y pagado a la suma de quinientos noventa y dos millones seiscientos veintidós mil ciento veinticuatro pesos dividido en igual número de acciones y de iguales características de las mismas, conforme al artículo veintisiete de la Ley dieciocho mil cuarenta y seis, debido a que, tras la fusión social con “Asesorías San Sebastián Limitada” la empresa adquirió acciones de emisión propia, las que no fueron enajenadas dentro del plazo de un año.” “ARTICULO TERCERO TRANSITORIO: El capital de la sociedad ascendente a la suma de quinientos noventa y dos millones seiscientos veintidós mil ciento veinticuatro pesos, que se ha dividido en dieciséis mil catorce acciones, es suscrito íntegramente por los socios comparecientes, el que se paga de la siguiente manera: a) Asesorías Lampa Limitada suscribe la nuda propiedad de cinco mil trescientos cuarenta y ocho acciones que paga con la suma de ciento noventa y siete millones novecientos diez mil setecientos setenta y tres pesos ya ingresados a la caja social. Este monto se produce por disminución de capital conforme al artículo veintisiete de la Ley dieciocho mil cuarenta y seis, debido a que, tras la fusión social con “Asesorías San Sebastián Limitada” la empresa adquirió acciones de emisión propia, las que no fueron enajenadas dentro del plazo de un año; b) Asesorías Cuarto Centenario Limitada suscribe la nuda propiedad de cinco mil trescientos cuarenta y ocho acciones que paga con la suma de ciento noventa y siete millones novecientos diez mil setecientos setenta y tres pesos ya ingresados a la caja social. Este monto se produce por disminución de capital conforme al artículo veintisiete de la Ley dieciocho mil cuarenta y seis, debido a que, tras la fusión social con “Asesorías San Sebastián Limitada” la empresa adquirió acciones de emisión propia, las que no fueron enajenadas dentro del plazo de un año; c) Asesorías Domínica Limitada suscribe la nuda propiedad de cinco mil trescientos dieciocho acciones que paga con la suma de ciento noventa y seis millones ochocientos mil quinientos setenta y ocho pesos ya ingresados a la caja social. Este monto se produce por disminución de capital conforme al artículo veintisiete de la Ley dieciocho mil cuarenta y seis, debido a que, tras la fusión social con “Asesorías San Sebastián Limitada” la empresa adquirió acciones de emisión propia, las que no fueron enajenadas dentro del plazo de un año.” Demás estipulaciones constan en escritura extractada, Santiago 09 de abril de 2024.