MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SERVICIOS EXPEDIO LIMITADA

RUT 77572411-0 CVE 2478759
Capital
$3.000 CLP
Fecha instrumento
2 de abril de 2024
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
2 de abril de 2024
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$3.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARIA PATRICIA DONOSO GOMIEN, Titular de la 27ª Notaría de Santiago, con oficio en calle Orrego Luco número 0153, Providencia, CERTIFICO: Con fecha 01 de Abril de 2024, ante mí, don MAURICIO EDGARDO CACÉRES REBOLLEDO, doña LAURA GLADYS PATRICIA SOLANO CHUQUIURE y doña NATALIA PAZ CÁCERES SOLANO, todos domiciliados para estos efectos en esta ciudad, en Los Ceramistas 8625, de la comuna de La Reina, modificaron la sociedad “SERVICIOS EXPEDIO LIMITADA”, la cual se encuentra inscrita a fojas 30.841 número 14.282 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2022, en el siguiente sentido: Don MAURICIO EDGARDO CACÉRES REBOLLEDO con la expresa autorización y consentimiento de la socia doña LAURA GLADYS PATRICIA SOLANO CHUQUIURE, vende, cede y transfiere a doña NATALIA PAZ CÁCERES SOLANO, quien compra, adquiere y recibe para sí, el 50% de los derechos sociales por la suma de $1.500.000, pagados íntegramente con anterioridad a esta fecha. A consecuencia de las cesiones de derechos señaladas, los actuales y únicos socios de la Sociedad acordaron: a.) Modificar la cláusula CUARTA de los Estatutos Sociales, estableciendo que el uso de la razón social y la administración de la Sociedad corresponderá a doña LAURA GLADYS PATRICIA SOLANO CHUQUIURE y doña NATALIA PAZ CÁCERES SOLANO, quienes actuando siempre conjuntamente y anteponiendo sus nombres al de la Sociedad, la representarán con todas las facultades contenidas en la escritura extractada y; b.) Reemplazar la cláusula QUINTA del Pacto Social por la que sigue: “QUINTO: Capital. El capital de la Sociedad asciende a la suma de $3.000.000 íntegramente pagados por los socios en dinero efectivo en la siguiente proporción: a.) Doña LAURA GLADYS PATRICIA SOLANO CHUQUIURE, con la suma equivalente a un 50% de los derechos sociales y; b.) Doña NATALIA PAZ CÁCERES SOLANO, con la suma equivalente a un 50% de los derechos sociales”.- En lo no modificado rige estatuto social especialmente a lo referido a la limitación de responsabilidad hasta los montos de los respectivos aportes de los socios.- Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 02 de Abril de 2024.