S-INVEST 3 SpA
Instrumento
- Fecha
- 8 de abril de 2024
- Notario
- WLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LÓPEZ
- Oficio
- Cuadragésima Novena Notaría de Santiago ubicada en calle Amunátegui número setenta y tres
Sociedad
- Capital
- $213.060.612 CLP
Administración
- Se designan como Apoderados para ejercer la administración de la Sociedad a las Siguientes personas: Apoderado Clase A: don Steven Paul A. Van Cauwenberge ii) Apoderado Clase B: don Nicolas Patricio García Darras y don Alonso José Vilaboa Hormazábal. iii) Apoderado Clase C: don Alexander Stan Decock. iv) Apoderado Clase D: doña Marcela Andrea Dondero Astudillo Forma de Actuación: Los Apoderados Clase A, B, C y D podrán ejercer todos los poderes y atribuciones que se singularizan en el artículo Séptimo, actuando de la siguiente forma: i) Apoderado Clase A: Podrá ejercer uno cualquiera todos los poderes y atribuciones, sin límites. ii) Apoderado Clase B: Podrán ejercer todos los poderes y atribuciones singularizados en la cláusula octava de los estatutos, actuando en forma individual, siempre y cuando los actos, contratos u operaciones en los que intervenga, tengan un valor igual o inferior a la suma de 1.000 unidades de fomento, o su equivalente en cualquier moneda y ambos B actuando dos en conjunto podrán actuar sin límites en los poderes y atribuciones. iii) Apoderado Clase C: Podrán ejercer todos los poderes y atribuciones singularizados en la cláusula octava de los estatutos, actuando en conjunto con un Apoderado Clase B sin límites. iv) Apoderado Clase D: Podrá ejercer podrá ejecutar todos los actos y suscribir los instrumentos públicos y privados que fueren necesarios a fin de celebrar, complementar, rectificar, modificar, enmendar en relación con contratos de bienes muebles, inmuebles, servicios o consumo. Podrá realizar cualquier otra trámite o diligencia ante cualquier autoridad que tenga por objeto dar ejecución o eficacia a los contratos celebrados. Asimismo, tramitar los instrumentos en las instituciones públicas o privadas correspondientes, otorgar poder a un tercero para esta tramitación y podrá actuar en conjunto con un Apoderado Clase B con las mismas atribuciones de un apoderado Clase B individual y conjuntamente
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalWLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LÓPEZ, abogado, Notario Público Titular de la Cuadragésima Novena Notaría de Santiago ubicada en calle Amunátegui número setenta y tres, comuna y ciudad de Santiago, Región Metropolitana, Certifica: que ante mí, se redujo a escritura pública de fecha 08 de abril de 2024, Repertorio Nro 33.494.-24, acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de S- INVEST 3 SpA, en adelante también la sociedad, celebrada con fecha 2 de abril de 2024, con la asistencia de don Steven Paul A. Van Cauwenberge en su calidad de representante de la sociedad Energy Holding SpA y doña Marcela Andrea Dondero Astudillo como secretaria de actas ad-hoc, modificaron los estatutos de la sociedad S-INVEST 3 SpA, inscrita a fojas 79189 número 34676 del Registro de Comercio del año 2022 del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, en la que se acordó aumentar el capital de la Compañía en un monto de $212.060.612.-, esto es, pasando de $1.000.000.- a $213.060.612.-, mediante la emisión de 212.061nuevas acciones de pago, queda íntegramente suscrito y pagado por la accionista Energy Holding SpA. Consiguientemente, la participación accionaria de la accionista, luego del aumento de capital aprobado por esta Junta y de la subsiguiente suscripción y pago por parte de Energy Holding SpA, es la siguiente: Energy Holding SpA, con el 100% de las acciones en que se divide el capital de la Sociedad, esto es, la cantidad de 213.061 acciones íntegramente suscritas y pagadas. a) se sustituye íntegramente el Artículo Quinto Permanente por el siguiente: “Artículo Quinto: Capital.- El capital de la Sociedad es la suma de $213.060.612.-, dividido en 213.061 acciones ordinarias, de una misma serie, nominativas y sin valor nominal, que ha sido suscrito y pagado en la forma señalada en el articulado transitorio de estos Estatutos. Se estatuye que los aportes de capital en favor de la sociedad podrán verificarse en dinero o con otros bienes, corporales o incorporales, muebles o inmuebles.”; y se sustituye íntegramente el actual Artículo Primero Transitorio por el siguiente: “Artículo Primero Transitorio: Suscripción y Pago del Capital. El capital de la Sociedad aprobado por la Junta Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad a la fecha de hoy , ascendente a $213.060.612.-, dividido en 213.061 acciones ordinarias de una sola serie, todas iguales, nominativas y sin valor nominal, acciones cada una, íntegramente suscritas y pagadas “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: Suscripción y Pago del Capital. Se sustituye el Artículo Séptimo de los estatutos sociales de la siguiente forma: "Artículo Séptimo: Administración y Representación.- Se designan como Apoderados para ejercer la administración de la Sociedad a las Siguientes personas: Apoderado Clase A: don Steven Paul A. Van Cauwenberge ii) Apoderado Clase B: don Nicolas Patricio García Darras y don Alonso José Vilaboa Hormazábal. iii) Apoderado Clase C: don Alexander Stan Decock. iv) Apoderado Clase D: doña Marcela Andrea Dondero Astudillo Forma de Actuación: Los Apoderados Clase A, B, C y D podrán ejercer todos los poderes y atribuciones que se singularizan en el artículo Séptimo, actuando de la siguiente forma: i) Apoderado Clase A: Podrá ejercer uno cualquiera todos los poderes y atribuciones, sin límites. ii) Apoderado Clase B: Podrán ejercer todos los poderes y atribuciones singularizados en la cláusula octava de los estatutos, actuando en forma individual, siempre y cuando los actos, contratos u operaciones en los que intervenga, tengan un valor igual o inferior a la suma de 1.000 unidades de fomento, o su equivalente en cualquier moneda y ambos B actuando dos en conjunto podrán actuar sin límites en los poderes y atribuciones. iii) Apoderado Clase C: Podrán ejercer todos los poderes y atribuciones singularizados en la cláusula octava de los estatutos, actuando en conjunto con un Apoderado Clase B sin límites. iv) Apoderado Clase D: Podrá ejercer podrá ejecutar todos los actos y suscribir los instrumentos públicos y privados que fueren necesarios a fin de celebrar, complementar, rectificar, modificar, enmendar en relación con contratos de bienes muebles, inmuebles, servicios o consumo. Podrá realizar cualquier otra trámite o diligencia ante cualquier autoridad que tenga por objeto dar ejecución o eficacia a los contratos celebrados. Asimismo, tramitar los instrumentos en las instituciones públicas o privadas correspondientes, otorgar poder a un tercero para esta tramitación y podrá actuar en conjunto con un Apoderado Clase B con las mismas atribuciones de un apoderado Clase B individual y conjuntamente. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago 08 de Abril de 2024.