Instrumento
- Fecha
- 2 de abril de 2024
- Repertorio
- 714-2024
Objeto social
El objeto inversión, arrendamiento u otra forma de tenencia, adquisición o enajenación, a cualquier título, de bienes corporales o incorporales, raíces o muebles como también, la explotación y administración de éstos, ya sean propios o ajenos, por cuenta propia o ajena. Asimismo, la participación en toda clase de sociedades civiles o comerciales, colectivas, en comandita, anónima y)o de responsabilidad limitada. En general, la sociedad por acciones podrá realizar todos los actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios y conducentes a los objetos sociales previstos. Capital suscrito y pagado: El capital de la sociedad es la suma de un millón de pesos, dividido en mil acciones ordinarias nominativas de única serie y sin valor nominal, todas las cuales se suscriben y pagan en la forma establecida en el artículo primero transitorio de estos estatutos, esto es, en dinero efecto, en el acto de constitución
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGERARDO CARVALLO CASTILLO, Notario titular de Rancagua, con oficio en calle San Martín 427, de esta ciudad, certifico: Por escritura pública de fecha 16 de marzo del 2024, repertorio Nº 714-2024 ante mí, ALEXANDER ERNST HANKE FRIEDRICH, chileno, soltero, ingeniero comercial, cédula nacional de identidad número dieciséis millones trescientos cincuenta y cuatro mil ochocientos guion tres domiciliado en Enrique Foster Norte número cero ochenta y cinco, Las Condes, Región Metropolitana, de paso en esta ciudad, constituyó una sociedad por acciones con domicilio en Rancagua. Nombre de la Sociedad INVERSIONES HANKE SpA. Objeto: El objeto inversión, arrendamiento u otra forma de tenencia, adquisición o enajenación, a cualquier título, de bienes corporales o incorporales, raíces o muebles como también, la explotación y administración de éstos, ya sean propios o ajenos, por cuenta propia o ajena. Asimismo, la participación en toda clase de sociedades civiles o comerciales, colectivas, en comandita, anónima y/o de responsabilidad limitada. En general, la sociedad por acciones podrá realizar todos los actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios y conducentes a los objetos sociales previstos. Capital suscrito y pagado: El capital de la sociedad es la suma de un millón de pesos, dividido en mil acciones ordinarias nominativas de única serie y sin valor nominal, todas las cuales se suscriben y pagan en la forma establecida en el artículo primero transitorio de estos estatutos, esto es, en dinero efecto, en el acto de constitución. Demás estipulaciones en la escritura extractada. Rancagua, 2 de abril de 2024.