CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Carlos Ossandon Abogados Asociados Limitada

RUT 9325412-0 CVE 2478453
Capital
$1.500.000 CLP
Fecha instrumento
9 de abril de 2024
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
9 de abril de 2024
Repertorio
2636/2024
Notario
Myriam Amigo Arancibia
Oficio
21ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.500.000 CLP
Domicilio
El domicilio de la Sociedad será la ciudad de Santiago
Duración
La duración de la Sociedad será de 5 años a partir de la escritura pública de constitución. Este plazo se entenderá automáticamente prorrogado por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno

Objeto social

Prestar los servicios propios de la abogacía, de asesorías jurídicas y servicios afines, a través de sus socios, asociados o con la colaboración de dependientes que coadyuven a la prestación del servicio profesional

Administración

La administración y el uso de la razón social corresponderá a don Carlos Francisco Ossandón Salas, y en caso de ausencia o impedimento de don Carlos Francisco Ossandón Salas, el uso de la razón social y la administración de la sociedad corresponderá a don Carlos Tadeo Ossandón Abogabir. La

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Myriam Amigo Arancibia, Abogado, Notario Público Titular de la 21ª Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos Nº578, comuna de Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 9 de abril del año 2024, Repertorio 2.636/2024, ante mí, don Carlos Francisco Ossandón Salas, cédula de identidad número 9.325.412-0, y don Carlos Tadeo Ossandón Abogabir, cédula de identidad número 20.165.792-K, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida Andrés Bello número 2687, piso 17, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada, de cuyos estatutos extracto lo siguiente: Razón social: La razón social es “Carlos Ossandon Abogados Asociados Limitada”, pudiendo usar, asimismo, en todas sus actuaciones, incluso ante bancos, instituciones financieras u otros organismos privados o públicos, el nombre de fantasía “Ossandón Abogados Limitada”. Objeto: Prestar los servicios propios de la abogacía, de asesorías jurídicas y servicios afines, a través de sus socios, asociados o con la colaboración de dependientes que coadyuven a la prestación del servicio profesional. Duración: La duración de la Sociedad será de 5 años a partir de la escritura pública de constitución. Este plazo se entenderá automáticamente prorrogado por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno. Domicilio: El domicilio de la Sociedad será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de establecer agencias, sucursales u oficinas en el resto del país o en el extranjero. Capital: El capital de la sociedad es $1.500.000, que se encuentra íntegramente suscrito y pagado, y se distribuye entre los socios en la siguiente forma y proporción: a) don Carlos Francisco Ossandón Salas suscribe y paga $1.350.000, equivalente al 90% del capital social; y b) don Carlos Tadeo Ossandón Abogabir suscribe y paga $150.000, equivalente al 10% del capital social. Administración y uso de la razón social: La administración y el uso de la razón social corresponderá a don Carlos Francisco Ossandón Salas, y en caso de ausencia o impedimento de don Carlos Francisco Ossandón Salas, el uso de la razón social y la administración de la sociedad corresponderá a don Carlos Tadeo Ossandón Abogabir. La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Las demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Santiago, 9 de abril de 2024.