SOCIEDAD DE SERVICIOS MÉDICOS SAAVEDRA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 8 de abril de 2024
- Repertorio
- 3692-24
- Notario
- ESMIRNA VIDAL MORAGA
- Domicilio
- agrupación de comunas de Temuco
Sociedad
- Capital
- $5.000 CLP
- Domicilio
- Temuco
- Duración
- 2 años, renovándose dicho plazo tácitamente, por igual periodo,salvo que uno o más de los socios manifestare su voluntad de ponerle término con una anticipación mínima de 3 meses a la expiración del plazo o prórroga respectiva, mediante escritura pública de la cual deberá tomarse nota al margen de la inscripción social
Objeto social
El objeto de la Sociedad será: a) la prestación de servicios profesionales y asistenciales en las diversas ramas o especialidades de odontología por cuenta propia o de terceros, de carácter ambulatorio; b) la prestación de servicios médicos en forma independiente, de carácter ambulatorio; c) El establecimiento de laboratorios, exámenes radiográficos, exámenes médicos, servicios de fonoaudiología, psicología, kinesiología, nutrición, terapia ocupacional, todas, de carácter ambulatorio; d) la realización de servicios asociados a la estética facial y corporal; e) Sin perjuicio de lo anterior, la sociedad podrá& #769; realizar cualquier otra actividad que en el futuro acuerden los
Administración
La administración y representación de la sociedad, en calidad de gerente general, le corresponderá ambos socios de forma conjunta o indistintamente, cuyas facultades se señalan en la escritura de constitución de la sociedad extractada
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalESMIRNA VIDAL MORAGA, abogado, Notario Público de la agrupación de comunas de Temuco, Padre Las Casas, Vilcún, Cunco, Melipeuco y Freire, con oficio en Antonio Varas N°979, certifico que: por escritura pública fecha 8 de abril de 2024, repertorio 3692-24, ante mí, doña CLAUDIA ANGELICA SAAVEDRA BURGOS, chilena, psicóloga, casada y separada totalmente de bienes, domiciliada, para estos efectos, en Camino Botrolhue Nº1404, comuna y ciudad de Temuco, cédula de identidad número 15.267.189-K; don MARCO ANTONIO SAAVEDRA BURGOS chileno, cirujano dentista, soltero, domiciliado para estos efectos en Avenida Los Pablos Nº 2044 departamento 508, comuna y ciudad de Temuco, cédula de identidad número 15.849.575.-9, constituyeron una sociedad por acciones. Nombre: "SOCIEDAD DE SERVICIOS MÉDICOS SAAVEDRA LIMITADA”. Sin embargo la Sociedad podrá funcionar y actuar, inclusive con Bancos e instituciones públicas y privadas, con el nombre de fantasía “SUEÑO, DOLOR Y BRUXISMO LTDA”. Objeto: El objeto de la Sociedad será: a) la prestación de servicios profesionales y asistenciales en las diversas ramas o especialidades de odontología por cuenta propia o de terceros, de carácter ambulatorio; b) la prestación de servicios médicos en forma independiente, de carácter ambulatorio; c) El establecimiento de laboratorios, exámenes radiográficos, exámenes médicos, servicios de fonoaudiología, psicología, kinesiología, nutrición, terapia ocupacional, todas, de carácter ambulatorio; d) la realización de servicios asociados a la estética facial y corporal; e) Sin perjuicio de lo anterior, la sociedad podrá& #769; realizar cualquier otra actividad que en el futuro acuerden los socios. Se deja expresa constancia que en lo sucesivo los socios acuerdan que cualquier actividad que ejecute la sociedad, predominará el esfuerzo humano por sobre el capital. Capital: El capital social será la suma de $5.000.0000 que los socios expresan aportar de la forma y proporción que a continuación se indica: a) don MARCO ANTONIO SAAVEDRA BURGOS aporta la suma de $4.000.000, que se paga en este acto en dinero en efectivo e ingresa a la caja social; b) doña CLAUDIA ANGÉLICA SAAVEDRA BURGOS aporta la suma de $1.000.000, que se paga en este acto en dinero en efectivo e ingresa a la caja social . Domicilio: Temuco, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pueda establecer en otros lugares del país y/o del extranjero. Administración: La administración y representación de la sociedad, en calidad de gerente general, le corresponderá ambos socios de forma conjunta o indistintamente, cuyas facultades se señalan en la escritura de constitución de la sociedad extractada.- Duración: 2 años, renovándose dicho plazo tácitamente, por igual periodo,salvo que uno o más de los socios manifestare su voluntad de ponerle término con una anticipación mínima de 3 meses a la expiración del plazo o prórroga respectiva, mediante escritura pública de la cual deberá tomarse nota al margen de la inscripción social. Demás estipulaciones en escritura extractada. Temuco 9 de abril de 2024.