CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD AGRÍCOLA SANTA MARÍA DEL PRADO LIMITADA

RUT 14449331-1 CVE 2478251
Fecha instrumento
20 de marzo de 2024
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
20 de marzo de 2024
Repertorio
273-2024

Sociedad

Duración
- La duración de la Sociedad será de diez años contados desde la fecha de la escritura, renovable tácita y sucesivamente, por iguales periodos, si los constituyentes no manifiestan su intención de ponerle término al final del periodo que estuviere vigente

Objeto social

El objeto de la Sociedad será: a) La explotación agrícola, ganadera y forestal, por cuenta propia o ajena, de predios rústicos; la importación, exportación, transformación y comercialización de productos agrícolas, ganaderos o forestales y todo otro negocio o actividad conexa o relacionada, en la actualidad o en el futuro, con la actividad agropecuaria, y cualquier otro que acuerde el constituyente; b) La producción por cuenta propia o ajena de semillas, plantas, arbustos, pastos y árboles; c) La inversión en toda clase de bienes corporales e incorporales, muebles o raíces; d) Importaciones, exportación, comercialización, compra y venta de todo tipo de bienes y productos, incluso productos y maquinarias agrícolas; e) El aprovechamiento de tierras de secano, aptas para forestación y otros cultivos; f) La explotación de predios agrícolas y la comercialización de productos del agro en general. Podrá dedicarse a la crianza, engorda y compraventa, por mayor y menor, de ganado; y toda actividad relacionada, directa o indirectamente, en la actualidad o en el futuro, con la agricultura y los animales del campo, y cualquier otro negocio que acordaren los socios; g) La realización de toda clase de negocios relacionados con el agro, la producción agropecuaria, frutícola o maderera, la compra, venta y exportación de la producción, sea la propia o ajena, servicios de embalaje, packing y de asesoría a productores, y la elaboración de alimentos, de toda clase, a partir de esa producción; actuar como comisionista o mandatario, para la venta y comercio de productos agrarios; realizar inversiones en toda clase de bienes muebles o inmuebles, administrarlos y percibir sus frutos o rentas; y – en general – cualesquiera otros negocios, que estén, directa o indirectamente, en la actualidad o en el futuro, relacionados con la agricultura, la producción, transformación o comercialización de sus productos, y cualquier otro negocio que acordaren los socios; h) La administración de bienes de la sociedad, de los socios y de terceros, personas naturales o jurídicas, cosas muebles o inmuebles, urbanos o rurales, corporales o incorporales, como acciones, debentures, depósitos a la vista o a plazo, bancarios o en otras instituciones de crédito, bonos, créditos, crías de acciones, vales a la vista y toda clase de acreencias en contra de instituciones públicas o privadas o de personas naturales; efectuar depósitos, intermediar depósitos y préstamos hipotecarios u otros; y realizar todas las acciones que la ley permita, para la buena administración de las cosas, los bienes, los fondos, los valores y los créditos; y todo lo relacionado con lo anterior, en la actualidad o en el futuro, y cualquier otro acto o negocio que acuerde los socios; i) La compra, venta y comercialización de maquinaria, vehículos, equipos, útiles, enseres, herramientas, semillas, abonos, productos químicos y demás insumos para la agricultura e industria agrícola, importaciones o exportaciones, remates, licitaciones, parcelaciones, corretajes, comisión, asesorías y servicios técnicos, representaciones, consignaciones, y todo otro negocio o actividad que se relacione, en la actualidad o en el futuro, con lo mencionado, y demás negocios que se acuerden; j) La prestación de servicios a clientes en las áreas agrícola, forestal y de transporte; la contratación de servicios para terceros y la contratación de personal para terceros; y la asesoría en relación con tales labores; todo lo que, en la actualidad, o en el futuro, esté relacionado, de cualquier manera, con todo lo dicho; y cualquier otro negocio que acordaren los socios; k) El transporte de mercaderías y toda clase de bienes muebles, en vehículos propios, tomados en arrendamiento o en leasing o encomendado a terceros; la representación de empresas extranjeras o nacionales de transporte y embalaje; la compraventa de móviles nuevos o usados, repuestos, motores, accesorios y demás; todo lo relacionado, de cualquier forma, en la actualidad o en el futuro, con el flete, traslado y transporte de bienes de toda clase y su embalaje, incluyendo las gestiones portuarias y aduaneras, en su caso; y cualquier otro negocio que acordaren los socios; l) La compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; la adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios; la formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera sea su naturaleza o giro; y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con la actividad inmobiliaria; y en general cualquier actividad relacionada directamente con el

Administración

- La administración y uso de la razón social corresponderá a los socios constituyentes don doña NORMA VERÓNICA AEDO LÓPEZ, y a don JORGE HERNÁN KRAEMER CERDA, quienes podrán actuar por la sociedad, en forma conjunta o separadamente, pero siempre anteponiendo la razón social a su o sus firmas, la representarán con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos, salvo las limitaciones establecidas, al final de la cláusula Cuarta del pacto social. Domicilio Sociedad. Domicilio ciudad de Loncoche, provincia de Cautín, Región de La Araucanía, sin perjuicio de las agencias o sucursales en el país o el extranjero. Utilidades.- Las utilidades de la sociedad se distribuirán entre los socios en la forma que de común acuerdo ellos mismos determinen o a falta de tal acuerdo, en proporción a sus respectivas cuotas en el

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

SOCIEDAD AGRÍCOLA SANTA MARÍA DEL PRADO LIMITADA LUZ MARÍA FRANCISCA VERGARA WILLIAMS, Abogado, Notario, Conservador y Archivero Judicial de Loncoche, domiciliada en avenida Barros Arana N°584, de dicha ciudad. Certifica: Que por escritura pública de fecha 20 de Marzo de 2024, otorgada ante su Suplente Carolina Dimier Quezada, Repertorio N°273-2024 doña NORMA VERÓNICA AEDO LÓPEZ, chilena, soltera, profesora de artes musicales, cédula de identidad N°14.449.331-1, domiciliada en Ruta 5 Sur, Km. 735, sector El Prado, comuna de Loncoche; y, don JORGE HERNÁN KRAEMER CERDA, chileno, divorciado, agricultor, cédula de identidad N°12.455.856-5, domiciliado en Ruta 5 Sur, km. 735, sector El Prado, comuna de Loncoche; constituyeron sociedad de responsabilidad limitada, nombre empresarial “SOCIEDAD AGRÍCOLA SANTA MARÍA DEL PRADO LIMITADA”, siendo su nombre de fantasía “AGRÍCOLA SANTA MARÍA DEL PRADO LTDA.”, Objeto: El objeto de la Sociedad será: a) La explotación agrícola, ganadera y forestal, por cuenta propia o ajena, de predios rústicos; la importación, exportación, transformación y comercialización de productos agrícolas, ganaderos o forestales y todo otro negocio o actividad conexa o relacionada, en la actualidad o en el futuro, con la actividad agropecuaria, y cualquier otro que acuerde el constituyente; b) La producción por cuenta propia o ajena de semillas, plantas, arbustos, pastos y árboles; c) La inversión en toda clase de bienes corporales e incorporales, muebles o raíces; d) Importaciones, exportación, comercialización, compra y venta de todo tipo de bienes y productos, incluso productos y maquinarias agrícolas; e) El aprovechamiento de tierras de secano, aptas para forestación y otros cultivos; f) La explotación de predios agrícolas y la comercialización de productos del agro en general. Podrá dedicarse a la crianza, engorda y compraventa, por mayor y menor, de ganado; y toda actividad relacionada, directa o indirectamente, en la actualidad o en el futuro, con la agricultura y los animales del campo, y cualquier otro negocio que acordaren los socios; g) La realización de toda clase de negocios relacionados con el agro, la producción agropecuaria, frutícola o maderera, la compra, venta y exportación de la producción, sea la propia o ajena, servicios de embalaje, packing y de asesoría a productores, y la elaboración de alimentos, de toda clase, a partir de esa producción; actuar como comisionista o mandatario, para la venta y comercio de productos agrarios; realizar inversiones en toda clase de bienes muebles o inmuebles, administrarlos y percibir sus frutos o rentas; y – en general – cualesquiera otros negocios, que estén, directa o indirectamente, en la actualidad o en el futuro, relacionados con la agricultura, la producción, transformación o comercialización de sus productos, y cualquier otro negocio que acordaren los socios; h) La administración de bienes de la sociedad, de los socios y de terceros, personas naturales o jurídicas, cosas muebles o inmuebles, urbanos o rurales, corporales o incorporales, como acciones, debentures, depósitos a la vista o a plazo, bancarios o en otras instituciones de crédito, bonos, créditos, crías de acciones, vales a la vista y toda clase de acreencias en contra de instituciones públicas o privadas o de personas naturales; efectuar depósitos, intermediar depósitos y préstamos hipotecarios u otros; y realizar todas las acciones que la ley permita, para la buena administración de las cosas, los bienes, los fondos, los valores y los créditos; y todo lo relacionado con lo anterior, en la actualidad o en el futuro, y cualquier otro acto o negocio que acuerde los socios; i) La compra, venta y comercialización de maquinaria, vehículos, equipos, útiles, enseres, herramientas, semillas, abonos, productos químicos y demás insumos para la agricultura e industria agrícola, importaciones o exportaciones, remates, licitaciones, parcelaciones, corretajes, comisión, asesorías y servicios técnicos, representaciones, consignaciones, y todo otro negocio o actividad que se relacione, en la actualidad o en el futuro, con lo mencionado, y demás negocios que se acuerden; j) La prestación de servicios a clientes en las áreas agrícola, forestal y de transporte; la contratación de servicios para terceros y la contratación de personal para terceros; y la asesoría en relación con tales labores; todo lo que, en la actualidad, o en el futuro, esté relacionado, de cualquier manera, con todo lo dicho; y cualquier otro negocio que acordaren los socios; k) El transporte de mercaderías y toda clase de bienes muebles, en vehículos propios, tomados en arrendamiento o en leasing o encomendado a terceros; la representación de empresas extranjeras o nacionales de transporte y embalaje; la compraventa de móviles nuevos o usados, repuestos, motores, accesorios y demás; todo lo relacionado, de cualquier forma, en la actualidad o en el futuro, con el flete, traslado y transporte de bienes de toda clase y su embalaje, incluyendo las gestiones portuarias y aduaneras, en su caso; y cualquier otro negocio que acordaren los socios; l) La compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; la adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios; la formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera sea su naturaleza o giro; y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con la actividad inmobiliaria; y en general cualquier actividad relacionada directamente con el objeto. Podrá adquirir derechos y formar parte y/o integrar toda clase de sociedades, cuales quiera sean sus formas, incluso en fondos de inversión privados.- Capital.- El capital de la sociedad será de SEIS MILLONES DE PESOS, de los cuales el socio doña NORMA VERÓNICA AEDO LÓPEZ, aporta la suma de TRES MILLONES DE PESOS, los cuales ya aportó y enteró en caja social, al contado y en dinero en efectivo; y el socio don JORGE HERNÁN KRAEMER CERDA, aporta la suma de TRES MILLONES DE PESOS, los cuales ya aportó y enteró en caja social, al contado y en dinero en efectivo.- En consecuencia el capital social se encuentra íntegramente pagado y cancelado.-Responsabilidad.- Constituyentes limitan su responsabilidad al monto de sus aportes.- Administración.- La administración y uso de la razón social corresponderá a los socios constituyentes don doña NORMA VERÓNICA AEDO LÓPEZ, y a don JORGE HERNÁN KRAEMER CERDA, quienes podrán actuar por la sociedad, en forma conjunta o separadamente, pero siempre anteponiendo la razón social a su o sus firmas, la representarán con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos, salvo las limitaciones establecidas, al final de la cláusula Cuarta del pacto social. Domicilio Sociedad. Domicilio ciudad de Loncoche, provincia de Cautín, Región de La Araucanía, sin perjuicio de las agencias o sucursales en el país o el extranjero. Utilidades.- Las utilidades de la sociedad se distribuirán entre los socios en la forma que de común acuerdo ellos mismos determinen o a falta de tal acuerdo, en proporción a sus respectivas cuotas en el capital social.- Las eventuales pérdidas, en tanto, serán soportadas por los mismos socios sobre sus respectivas cuotas en el capital social, en proporción a ellos y con el límite de las mismas, en conformidad a la Ley.- Duración.- La duración de la Sociedad será de diez años contados desde la fecha de la escritura, renovable tácita y sucesivamente, por iguales periodos, si los constituyentes no manifiestan su intención de ponerle término al final del periodo que estuviere vigente. Demás estipulaciones en escritura extractada.- Loncoche, 08 de Abril de 2024.-