MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

SERVICIOS MÉDICOS FERNÁNDEZ-FEIJOO SpA

RUT 76235246-K CVE 2478319
Fecha instrumento
14 de febrero de 2024
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
14 de febrero de 2024
Notario
MARIA PILAR GUTIERREZ RIVERA
Oficio
18ª Notaria de Santiago
Comuna
Santiago

Personas y entidades (3)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
ROSA MARIA FEIJOO SEOANE socio 9667399-K
PATRICIA ELENA FERNÁNDEZ VÁSQUEZ socio 8595803-8
CIMER SpA socio 76235426-K

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARIA PILAR GUTIERREZ RIVERA, Notario Público, Titular de la 18ª Notaria de Santiago, con oficio en Avenida Apoquindo 3039, piso 5, Las Condes, certifico que por escritura pública de fecha 14 de Febrero de 2024, Rep.2.404/2024 otorgada ante mi suplente Paula Andrea Luna Saez; ROSA MARIA FEIJOO SEOANE, CI 9.667.399-K, y PATRICIA ELENA FERNÁNDEZ VÁSQUEZ, CI 8.595.803-8, ambas Matilde Salamanca 736 oficina 502, Providencia, Santiago, únicas y actuales accionistas de SERVICIOS MÉDICOS FERNÁNDEZ-FEIJOO SpA, nombre de fantasía CIMER SpA, RUT 76.235.426-K, inscrita a fs. 74.041 N° 51.489, del Registro de Comercio de Santiago, del año 2012 (“la Sociedad”) acordaron unánimemente: A. Dividir la Sociedad en dos sociedades.: 1.- La primera sociedad, que será la continuadora que mantendrá el nombre SERVICIOS MÉDICOS FERNÁNDEZ-FEIJOO SpA, y en general sus estatutos, sin perjuicio de la disminución de su capital en el monto que se asigne a la nueva sociedad, 2.- Una nueva sociedad que nace a consecuencia de la división denominada CIMER INTERNACIONAL SpA, cuyo capital corresponderá al asignado fruto de la división, pero en Dólares de los Estados Unidos de Norteamérica conforme al valor del dólar observado vigente a la fecha de la escritura.- B. Como consecuencia de la división, acuerdan disminuir el capital de la Sociedad en el monto del capital social que se asigna a la nueva sociedad, manteniendo el número de acciones. En consecuencia, se reemplaza el artículo quinto de los estatutos de la Sociedad, y el artículo primero transitorio por los siguientes: 1.- “ARTÍCULO QUINTO: El Capital social será la suma de tres millones cuatrocientos treinta y tres mil novecientos cuarenta y siete pesos, dividido en mil acciones ordinarias, nominativas, de igual valor, de una misma serie, y sin valor nominal, que se suscribe y paga según lo previsto en el ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO”.- 2.- “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: El capital es de tres millones cuatrocientos treinta y tres mil novecientos cuarenta y siete pesos, dividido en mil acciones ordinarias, nominativas, de igual valor, de una misma serie, y sin valor nominal, suscritas y pagadas con anterioridad a este acto a razón de: a) Quinientas acciones, equivalentes a un millón setecientos dieciséis mil novecientos setenta y tres coma cinco pesos para PATRICIA ELENA FERRNÁNDEZ VÁSQUEZ; y b) Quinientas acciones, equivalentes a un millón setecientos dieciséis mil novecientos setenta y tres coma cinco pesos para ROSA MARÍA FEIJOO SEOANE”. En todo lo no modificado, la Sociedad continuará rigiéndose por sus estatutos.- Demás estipulaciones en escritura extractada. Se facultó para inscribir y publicar.- Santiago, 13 de Marzo de 2024.