CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

INVERSIONES VALESCORP SpA

CVE 2477646
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
2 de abril de 2024
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
2 de abril de 2024
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
comuna de Providencia, Santiago, pudiendo establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero
Duración
Indefinida

Objeto social

La sociedad tendrá como

Administración

La administración, representación y uso de la razón social corresponderá a Francisco Javier Valdés Barrera, con las más amplias facultades que se requiere en derecho. Se establece administración alternativa para el caso de fallecimiento o imposibilidad del administrador

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Iván Torrealba Acevedo, Notario Titular de la 33º Notaría de Santiago, domiciliado en Huérfanos Nº 979, of. 501, comuna de Santiago, certifica por escritura hoy, ante mí, Catalina Sofía Valdés López, Francisco Javier Valdés López, y Francisco Javier Valdés Barrera, domiciliados en Avenida Eliodoro Yáñez N°2.239, de la comuna de Providencia, Región Metropolitana, han constituido una sociedad por acciones regida por los estatutos que a continuación se consignan: Nombre: “INVERSIONES VALESCORP SpA” pudiendo usar indistintamente como nombre de fantasía “VALESCORP SpA”. Domicilio: comuna de Providencia, Santiago, pudiendo establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero.- Duración: Indefinida. Objeto: La sociedad tendrá como objeto social: efectuar toda clase de inversiones mobiliarias e inmobiliarias, ya sea en Chile o en el exterior, inclusive acciones, participaciones en sociedades de personas, cuotas en fondos mutuos, efectos de comercio y, en general, instrumentos de crédito, la administración de dichas inversiones y la percepción de sus frutos; la elaboración de toda clase de proyectos y estudios; el desarrollo de consultorías y asistencias técnicas en materias económicas, financieras, contables, de evaluación de proyectos, ingeniería y, en general, de cualquier materia de especialidad de los socios. La sociedad podrá desarrollar estas actividades directamente o por medio de otra u otras sociedades de las que forme parte o constituya al efecto, en las que podrá tener incluso la calidad de socia gestora, pudiendo siempre invertir por cuenta propia o ajena. Para el cumplimiento de su objeto social, la sociedad podrá adquirir y enajenar a cualquier título, dar y tomar en arrendamiento y otras formas de cesión temporal, toda clase de bienes, raíces o muebles, corporales o incorporales; gravarlos con hipotecas o prendas de cualquier clase u objeto, celebrar toda clase de contrato, en especial, el de sociedad, pudiendo desde luego participar en sociedades ya existentes y adquirir acciones con o sin presencia bursátil o derechos en ellas y, en general, ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios a los fines indicaos, al desarrollo de su objeto o a la inversión de los fondos disponibles de la sociedad, y en general, cualquier otra actividad o negocio que complemente los anteriores objetos y que acuerden los accionistas. Administración: La administración, representación y uso de la razón social corresponderá a Francisco Javier Valdés Barrera, con las más amplias facultades que se requiere en derecho. Se establece administración alternativa para el caso de fallecimiento o imposibilidad del administrador- Capital: $1.000.000, dividido en 1.000 acciones, nominativas, sin valor nominal, de una misma serie, sin privilegios, enterado en este acto a la caja social y en dinero efectivo por socios de siguiente forma: a) Catalina Sofía Valdés López, la cantidad de 250 acciones equivalentes al 25% del capital por la suma de $250.000; b) Francisco Javier Valdés López, la cantidad de 250 acciones equivalentes al 25% del capital por la suma de $250.000; c) Francisco Javier Valdés Barrera, la cantidad de 500 acciones equivalentes al 50% del capital por la suma de $500.000. Capital se encuentra totalmente suscrito y pagado. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago a 02 de abril del año 2024.