CONSTITUCIÓN Cooperativa

COOPERATIVA PARA LA GENERACION DE VALOR Y COMERCIALIZACION DE PRODUCTOS DEL MAR Y SUS DERIVADOS

RUT 13108642-3 CVE 2477137
Capital
$100.000 CLP
Fecha instrumento
1 de marzo de 2024
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
1 de marzo de 2024
Repertorio
127-2024
Notario
COOPERATIVA OMAR ANDRÉS PÉREZ AGUILERA
Domicilio
esta Comuna

Sociedad

Capital
$100.000 CLP
Domicilio
Comuna de Coronel, provincia de Concepción, región del Bio Bio, pudiendo establecer agencias, sucursales o representaciones en cualquier punto del país o del extranjero
Duración
Indefinida

Objeto social

La Extracción, Producción (cultivos), Comercialización (compra venta, exportación), realizar procesos de trasformación (generar valor agregado) cualquier producto del mar, que sea extraído por alguno de sus socios o donde los socios de la Cooperativa realicen intermediación de los mismos. La Cooperativa observará neutralidad política y religiosa y exigirá a sus socios igual neutralidad en sus actividades internas. Para el cumplimiento de sus objetivos la Cooperativa, sin que la enumeración tenga el carácter de taxativa, podrá realizar cualesquiera de las actividades que a continuación se indican: a) Extraer productos del mar para una comercialización directa b) Realizar actividades de acuicultura para la producción de productos del mar c) Comprar productos del mar para una posterior comercialización d) Realizar procesos de trasformación a productos del mar para la agregación de valor e) Realizar exportaciones de los productos procesados. f) Estimular la unidad y cohesión de los socios para lograr así elevar su nivel organizativo, económico, social y cultural fundado en el espíritu de solidaridad y de práctica de la cooperación mutua g) Perfeccionar la gestión cooperativa aplicando normas y procedimientos tendientes a lograr su funcionamiento como una empresa económico - social eficiente en su capacidad de generar beneficios a sus socios y desarrollo local. h) Fomentar el empleo de modernas y adecuadas tecnologías, que conduzcan al incremento de la producción y de la productividad y a la inserción dinámica en los mercados nacionales e internacionales. i) Proporcionar servicios de formación técnica, administrativa y económica tanto a sus socios como a terceros. j) Incorporar a la Cooperativa a la ejecución de programas de desarrollo productivo, locales o regionales que beneficien a sus asociados. k) Asumir la defensa y protección de los recursos naturales que estén en su ámbito de responsabilidad, asegurando su preservación y desarrollo. l) Celebrar toda clase de actos y contratos sobres bienes raíces y muebles, con el objeto de facilitar su uso y aprovechamiento por parte de los

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

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COOPERATIVA OMAR ANDRÉS PÉREZ AGUILERA, Abogado, Notario Público Titular esta Comuna, oficio Lota, Arturo Prat 112 oficina 6 y 7, certifico: Por escritura de fecha 01 de marzo de 2024, Repertorio Nº 127-2024, ante don Fernando Álvarez Mellado, Notario Público Suplente del Titular de la comuna de Lota don Omar Andrés Pérez Aguilera, don MANUEL ALFONSO ALEGRÍA BUSTOS, cédula de identidad n° 13.108.642-3, chilena, soltero, pescador artesanal, domiciliado en Coronel, José Carrasco n° 100 Borde Costero, Lo Rojas, se redujo a escritura pública el Acta y Estatutos celebrada el 23 de febrero de 2024, de la JUNTA GENERAL CONSTITUTIVA DE LA COOPERATIVA PARA LA GENERACION DE VALOR Y COMERCIALIZACION DE PRODUCTOS DEL MAR Y SUS DERIVADOS, su sigla será “COPROMAR LO ROJAS” y se regirá por este Estatuto Social, la Ley General de Cooperativas, su Reglamento y las demás disposiciones legales que le sean aplicables. Domicilio: Comuna de Coronel, provincia de Concepción, región del Bio Bio, pudiendo establecer agencias, sucursales o representaciones en cualquier punto del país o del extranjero. Duración: Indefinida, sin perjuicio de las causales generales de disolución contempladas en la Ley General de Cooperativas. Objeto: La Extracción, Producción (cultivos), Comercialización (compra venta, exportación), realizar procesos de trasformación (generar valor agregado) cualquier producto del mar, que sea extraído por alguno de sus socios o donde los socios de la Cooperativa realicen intermediación de los mismos. La Cooperativa observará neutralidad política y religiosa y exigirá a sus socios igual neutralidad en sus actividades internas. Para el cumplimiento de sus objetivos la Cooperativa, sin que la enumeración tenga el carácter de taxativa, podrá realizar cualesquiera de las actividades que a continuación se indican: a) Extraer productos del mar para una comercialización directa b) Realizar actividades de acuicultura para la producción de productos del mar c) Comprar productos del mar para una posterior comercialización d) Realizar procesos de trasformación a productos del mar para la agregación de valor e) Realizar exportaciones de los productos procesados. f) Estimular la unidad y cohesión de los socios para lograr así elevar su nivel organizativo, económico, social y cultural fundado en el espíritu de solidaridad y de práctica de la cooperación mutua g) Perfeccionar la gestión cooperativa aplicando normas y procedimientos tendientes a lograr su funcionamiento como una empresa económico - social eficiente en su capacidad de generar beneficios a sus socios y desarrollo local. h) Fomentar el empleo de modernas y adecuadas tecnologías, que conduzcan al incremento de la producción y de la productividad y a la inserción dinámica en los mercados nacionales e internacionales. i) Proporcionar servicios de formación técnica, administrativa y económica tanto a sus socios como a terceros. j) Incorporar a la Cooperativa a la ejecución de programas de desarrollo productivo, locales o regionales que beneficien a sus asociados. k) Asumir la defensa y protección de los recursos naturales que estén en su ámbito de responsabilidad, asegurando su preservación y desarrollo. l) Celebrar toda clase de actos y contratos sobres bienes raíces y muebles, con el objeto de facilitar su uso y aprovechamiento por parte de los socios. m) Adquirir para sí o para distribuir entre sus socios los equipos o implementos necesarios para el desarrollo de sus labores productivas, comerciales o técnicas. m) La Cooperativa, sin perjuicio de los actos y contratos que celebre con terceros en cumplimiento de sus finalidades, efectuará operaciones con sus socios y con particulares, si así lo estimare necesario, para el normal desenvolvimiento de sus actividades y la consecución de sus objetivos de desarrollo; n) Ejecutar programas de capacitación y formación que proporcionen a los asociados y su familia conocimientos que propendan a su desarrollo personal, incremento de sus capacidades como productor y al manejo adecuado de los recursos naturales para asegurar su protección y conservación; o) Contratar créditos con entidades sean privadas, Cooperativas o públicas, fiscales, semifiscales o de administración autónoma, o de cooperación internacional, con el objeto de propender al desarrollo de sus actividades cooperativas. p) Establecer relaciones con otros organismos de productores para elaborar y formular propuestas programáticas tendientes a planificar el uso de los recursos destinados a la producción para hacer posible un desarrollo rural armónico y equilibrado a nivel comunal; q) Establecer cualquiera otros servicios que satisfagan las necesidades de sus asociados y que propendan al desarrollo económico, social y cultural de estos, y r) En general, todas aquellas iniciativas, actos o contratos que propendan a mejorar los servicios y beneficios entregados a los socios y sus familias, que tiendan a la consecución del objeto social. Capital suscrito y pagado: Capital: El Capital inicial suscrito y pagado es de $100.000, dividido en dos Cuotas de Participación, de un valor inicial de $50.000 cada una. Concurrieron 5 socios a la Junta Constitutiva.- Otras estipulaciones en escritura extractada. Lota, 19 de marzo de 2024.