MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

COMERCIALIZADORA OLMEDO & SOTO LIMITADA

RUT 77201724-3 CVE 2477474
Fecha instrumento
5 de abril de 2024
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
5 de abril de 2024
Comuna
Santiago

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
SOTO LIMITADA socio 77201724-3

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Nelson Patricio Carvallo Santa Maria, Suplente de Álvaro D. González Salinas, Titular 42º, Notaria de Santiago, Apoquindo Nº 3001, Piso 2, Las Condes, certifica: por escritura de fecha 05-04-2024, otorgada ante mi: Don Marco Antonio Olmedo Hidalgo, chileno, soltero, factor comercio, cédula N° 16.085.444-8, y Doña Alejandra Constanza Soto Muñoz, chilena, casada y separada de bienes, factor de comercio, cédula N° 17.803.445-6, ambos domiciliados, para estos efectos, en Calle Camino La Palma parcela 17, lote 11, Comuna de Talagante; Doña Maricel Solange Muñoz Muñoz, chilena, divorciada, factor de comercio, cédula N° 13.558.230-1, y Doña Maria Isabel Muñoz Palomera, chilena, divorciada, factor de comercio, cédula N° 6.794.281-7, ambas domiciliadas, para estos efectos, en parcela 17, lote 11, el pistacho, Comuna de Talagante, modificaron la sociedad COMERCIALIZADORA OLMEDO & SOTO LIMITADA, R.U.T.N° 77.201.724-3, inscrita a fojas 45.223 número 21.565 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2020, siguiente sentido: a) El Socio Don Marco Antonio Olmedo Hidalgo, vende cede y transfiere el cien por ciento de sus derechos sociales, que equivalen al cincuenta por ciento del haber social a Doña Maricel Solange Muñoz Muñoz, en la suma de un millón de pesos, lo que se han pagados con anterioridad a este acto, al contado y en diferentes partidas de dinero en efectivo, derechos que Doña Maricel Solange Muñoz Muñoz, los compra, acepta y adquiere para sí, declarando Don Marco Antonio Olmedo Hidalgo, haber recibido el monto antes referido a su entera y total conformidad dando en consecuencia por íntegramente pagado el precio de venta antes referido; b) El Socio Doña Alejandra Constanza Soto Muñoz, vende cede y transfiere el cien por ciento de sus derechos sociales, que equivalen al cincuenta por ciento del haber social a: uno) a Doña Maricel Solange Muñoz Muñoz, el cuarenta y nueve por ciento del haber social, en la suma de novecientos ochenta mil pesos, lo que se han pagados con anterioridad a este acto, al contado y en diferentes partidas de dinero en efectivo, derechos que Doña Maricel Solange Muñoz Muñoz, los compra, acepta y adquiere para sí, declarando Doña Alejandra Constanza Soto Muñoz, haber recibido el monto antes referido a su entera y total conformidad dando en consecuencia por íntegramente pagado el precio de venta antes referido; dos) a Doña Maria Isabel Muñoz Palomera, el uno por ciento del haber social, en la suma de veinte mil pesos, lo que se han pagados con anterioridad a este acto, al contado y en diferentes partidas de dinero en efectivo, derechos que Doña Maria Isabel Muñoz Palomera, los compra, acepta y adquiere para sí, declarando Doña Alejandra Constanza Soto Muñoz, haber recibido el monto antes referido a su entera y total conformidad dando en consecuencia por íntegramente pagado el precio de venta antes referido. En consecuencia, se retira de la sociedad los Socios Don Marco Antonio Olmedo Hidalgo y Doña Alejandra Constanza Soto Muñoz. Quedan como únicos socios, Doña Maricel Solange Muñoz Muñoz, con el 99% del Haber social, Doña Maria Isabel Muñoz Palomera, con el 1% por ciento del Haber social., los socios vienen en Modificar cláusula relativa a la administración y uso de la razón social, la que corresponderá a Doña Maricel Solange Muñoz Muñoz, con amplias facultades indicadas en escritura extractada., Socias modifican razón social la que queda como sigue: “La sociedad girará bajo la razón social de la sociedad será COMERCIALIZADORA MUÑOZ Y MUÑOZ LIMITADA, pudiendo usar como nombre de fantasía el de BAHIA KyS LTDA. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. En lo no modificado rige pacto social constitutivo. Santiago, 05 de Abril 2024.