MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

COMERCIAL INKAMAR LIMITADA

RUT 76930425-8 CVE 2477685
Capital
$6.000.000 CLP
Fecha instrumento
20 de febrero de 2024

Instrumento

Fecha
20 de febrero de 2024
Notario
PATRICIA MANRIQUEZ HUERTA
Oficio
48° notaria de Santiago

Sociedad

Capital
$6.000.000 CLP

Administración

La administración y representación judicial y extrajudicial de la sociedad para el desarrollo de su giro, corresponderá a don ROLANDO ALEXIS DIAZ PEREZ, quien para obligarla deberá anteponer a su firma el nombre de la empresa, encontrándose investido con todas las facultades Vigencia Sociedad: indefinida, y no terminará por la muerte de algún

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

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PATRICIA MANRIQUEZ HUERTA, abogado, Notario Público Titular 48° notaria de Santiago, con oficio en Paseo Phillips 465 ex 35, Santiago, certifico que por escritura pública de fecha 20/02/2024, ante mí suplente MARCELO DONOSO ARAYA, comparece don JOSE ENRIQUE PEREZ LOPEZ, con domicilio en calle rosas N°2599, depto. 404, Santiago; don CESAR PEREZ LOPEZ, con domicilio en Herrera N°705, depto. E, Santiago; don ROLANDO ALEXIS DIAZ PEREZ, con domicilio en calle rosas N°2599, depto. 404, Santiago, que vienen en modificar y transformar la Sociedad de Responsabilidad Limitada COMERCIAL INKAMAR LIMITADA. Rut 76.930.425-8. Constitutiva: Por escritura pública de fecha 21 de septiembre de 2018, en la 13° notaría de Santiago, ante el suplente de don Clovis Toro Campos, don Claudio Agustin Tottes Bastias, cuyo extracto está inscrito a fojas 72568, número 37254, Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2018, publicado en el Diario Oficial del día 27 de septiembre de 2018. Modificación: Fue modificada en la misma 13° notaria de Santiago, ante su titular, don Clovis Toro Campos, mediante escritura pública de fecha 04 de febrero de 2020, inscrita a fojas 12181, número 6340, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2020, publicado en el diario oficial de fecha 09 de marzo de 2020. Los comparecientes modifican lo siguiente. Cesión: Por el presente instrumento, don JOSE ENRIQUE PEREZ LOPEZ y don CESAR PEREZ LOPEZ, únicos y exclusivos socios de la Sociedad, ceden, venden y transfieren la totalidad de sus derechos a don ROLANDO ALEXIS DIAZ PEREZ, quien compra, acepta y adquiere para sí en el precio de $6.000.000, pagados. Derechos Sociales: ROLANDO ALEXIS DIAZ PEREZ, dueño del 100% derechos sociales, quien es el único y exclusivo socio; Transformación: ROLANDO ALEXIS DIAZ PEREZ, pasa a ser el único socio, transformándola en una Sociedad por Acciones en los siguientes términos: Nombre Sociedad: COMERCIAL INKAMAR SpA. Capital Sociedad: se mantiene en $6000000, dividido en 1000 acciones nominativas, sin valor nominal, de igual valor cada una de una sola serie y sin privilegios. ROLANDO ALEXIS DIAZ PEREZ, tiene suscritas y pagadas 1000 acciones. Giro Sociedad: El objeto o giro de la sociedad será: La importación, exportación, compraventa, comisión, consignación, distribución, representación y comercialización, ya sea por cuenta propia o ajena, de productos del mar, el procesamiento y congelado de todo tipo de pescados, mariscos, algas alimentos del mar en general, vegetales y hortalizas en general, todo tipo de productos congelados y otros; mercaderías y abarrotes en general y todo producto o subproducto; sean de procedencia nacional o extranjera, ya sea en el mercado interno o externo, al por mayor o al detalle, y en este último caso, en negocios, almacenes y otros establecimientos similares de la sociedad o de terceros; así como todo tipo de servicios relacionados con los giros ante mencionados; y cualquier otra actividad relacionada o no con el giro que los socios acuerden. Domicilio Sociedad: la comuna y ciudad de Santiago, sin perjuicio de sucursales en el país como en el extranjero. Administración: La administración y representación judicial y extrajudicial de la sociedad para el desarrollo de su giro, corresponderá a don ROLANDO ALEXIS DIAZ PEREZ, quien para obligarla deberá anteponer a su firma el nombre de la empresa, encontrándose investido con todas las facultades Vigencia Sociedad: indefinida, y no terminará por la muerte de algún accionista. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 13 de marzo de 2024.-