SOCIEDAD COMERCIAL Y SERVICIOS MARÍTIMOS EUROMAR LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 18 de marzo de 2024
- Notario
- Bernardo Espinosa Bancalari
- Domicilio
- Puerto Varas
Sociedad
- Capital
- $30.000.000 CLP
Personas y entidades (3)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| Paola Susana González Trangol | socio | 11340907-K | — | — | |
| Francisca Alejandra Cubillos González | socio | 17275692-1 | — | — | |
| SOCIEDAD COMERCIAL Y SERVICIOS MARÍTIMOS EUROMAR LIMITADA | socio | 76438203-K | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalBernardo Espinosa Bancalari, Notario Público de Puerto Varas, con oficio en esta ciudad, Av. Gramado 535, certifica: por escritura pública de 18 de marzo de 2024, ante mí, doña Paola Susana González Trangol, CI N° 11.340.907-K; y, doña Francisca Alejandra Cubillos González, CI N° 17.275.692-1, por sí y en representación de don Juan Carlos Cubillos Casanova, CI N° 8.483,524-2, todos domiciliados en Ruta 5, Kilómetro 1016, Puerto Montt, modificaron la SOCIEDAD COMERCIAL Y SERVICIOS MARÍTIMOS EUROMAR LIMITADA, RUT N° 76.438.203-K, y cuyo capital es la suma de $30.000.000.-, inscrita a fojas 653, bajo el N° 460, del Registro de Comercio a cargo del Conservador de Bienes Raíces de Puerto Montt, correspondiente al año 2015, en siguiente sentido: a) Cesión de derechos sociales: PAOLA SUSANA GONZALEZ TRANGOL, vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos, acciones e intereses, ascendentes a un 33,3 % de derechos sociales, a doña FRANCISCA ALEJANDRA CUBILLOS GONZALEZ, quien compra y adquiere para sí. El precio de la compraventa y/o cesión de derechos es la suma de $10.000.000, que la compradora o cesionaria paga en este acto, al contado y en dinero en efectivo, Conforme lo anterior, son hoy los únicos y actuales socios de la Sociedad Comercializadora y Servicios Marítimos Euromar Limitada, don Juan Carlos Cubillos Casanova, titular de un 66,7% de derechos sociales, y doña Francisca Alejandra Cubillos González, titular de un 33,3% de derechos sociales; b) Administración de la sociedad: Actuales socios acuerdan que a partir de ésta fecha, la administración, representación y uso de la razón social y el nombre de fantasía de la sociedad, corresponderá a ambos socios actuando en forma conjunta o separada, con todas y cada una de las facultades señaladas tanto en el pacto social primitivo, y/o en cualquier otra que adicione facultades, las que se mantienen vigentes y se dan por reproducidas en su tenor literal en éste acto.- Demás estipulaciones en escritura extractada. Puerto Varas, 04 de abril de 2024.