MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

ESTEBAN AUTOS CHILE LIMITADA

RUT 77590823-8 CVE 2476766
Fecha instrumento
26 de mayo de 2022
Notaría
Iquique

Instrumento

Fecha
26 de mayo de 2022
Notario
FERNANDO MAURICIO CANALES HERTRAMPF
Oficio
Primera Notaria de Iquique
Comuna
Iquique

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

FERNANDO MAURICIO CANALES HERTRAMPF, abogado, Notario Público Interino de la Primera Notaria de Iquique, Aníbal Pinto 555, certifico que Por escritura pública de hoy, ante mí: Don HYUNKWANG SHIN, Don JULIO CESAR GUZMAN MONTENEGRO, y Doña KATTYA ANDREA ESQUIVEL TAPIA, todos con domicilio para estos efectos en calle Amunategui número seiscientos cuarenta y uno, Iquique; modifican sociedad “ESTEBAN AUTOS CHILE LIMITADA o ESTEBAN AUTOS LTDA.” constituida por escritura pública de fecha 26 de Mayo del año 2022, repertorio número 995, otorgada ante Notario Público Interino de Iquique Don FERNANDO MAURICIO CANALES HERTRAMPF, cuyo extracto fue inscrito a fojas 579 vuelta número 316, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Iquique, correspondiente al año 2022, y debidamente publicada en el Diario Oficial de la República de Chile. Sentido que, el socio Don JULIO CESAR GUZMAN MONTENEGRO, vende, cede y transfiere el 100% de sus derechos y acciones en la sociedad que equivalen al 1% del haber total social a Doña KATTYA ANDREA ESQUIVEL TAPIA, quien, compra, acepta y adquiere para sí, dichos derechos y acciones en la sociedad. Modificación social expresada, sociedad “ESTEBAN AUTOS CHILE LIMITADA o ESTEBAN AUTOS LTDA.” queda constituida por sus 2 únicos socios: Don HYUNKWANG SHIN, dueño del 99% derechos y acciones en la sociedad, y Doña KATTYA ANDREA ESQUIVEL TAPIA, dueña del 1% derechos y acciones en la sociedad. Actuales socios modifican cláusula cuarta pacto social, sentido que administración sociedad y uso razón social corresponderá a los socios, Don HYUNKWANG SHIN, y Doña KATTYA ANDREA ESQUIVEL TAPIA, quienes actuando en forma conjunta, separada e indistintamente por la sociedad y anteponiendo la razón social a sus firmas la representarán y obligarán, con amplias facultades. En todo lo no modificado, quedan plenamente vigentes estipulaciones pacto social primitivo, y sus modificaciones. Demás estipulaciones en escritura extractada. Iquique, a 22 Marzo 2024.-