ESARQ PROYECTOS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 9 de febrero de 2024
- Notario
- Evaldo Rehbein Utreras
- Oficio
- 29ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $8.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEvaldo Rehbein Utreras, Notario Público Titular, 29ª Notaría de Santiago, Mac-Iver Nº 225, oficina 302, Santiago, certifico: que por escritura pública de fecha 09 de febrero de 2024, ante mí, INVERSIONES E INMOBILIARIA DON EBRO LIMITADA, don FRANCO BARBANO ARENAS, y don JOSÉ VITTORIO BARBANO VERGARA, todos domiciliados para estos efectos en calle Piedra Roja número mil cuatrocientos sesenta y tres, casa A, comuna de Las Condes; procedieron a efectuar la siguiente cesión de derechos y modificación de ESARQ PROYECTOS LIMITADA ¸inscrita a Fojas 8.988Número 5.695del año 2014 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces y Comercio de Santiago, en el siguiente sentido: I) CESIÓN DE DERECHOS:INVERSIONES E INMOBILIARIA DON EBRO LIMITADA, vende, cede y transfiere derechos equivalentes a un 50% de los derechos sociales en que se divide el capital social de la sociedad ESARQ PROYECTOS LIMITADA a don JOSÉ VITTORIO BARBANO VERGARA, en la suma de $8.000.000pesos, en el acto, al contado y en dinero efectivo. II) COMPOSICIÓN SOCIETARIA. Quedan como únicos socios de la sociedad ESARQ PROYECTOS LIMITADA, don FRANCO BARBANO ARENAS, con una participación equivalente al 50% de los derechos sociales en que se divide el capital social; don JOSÉ VITTORIO BARBANO VERGARA, con una participación equivalente al 50% de los derechos sociales en que se divide el capital social. III) MODIFICACION. a) Por efecto de la cesión de derechos modifican la cláusula Quinta de los estatutos, la que queda de la siguiente manera: “ARTÍCULO QUINTO. El capital de la sociedad es la suma de tres millones de pesos, aportado y pagado por los socios como sigue: (i) don FRANCO BARBANO ARENAS, aporta la suma de un millón quinientos mil pesos, ya enterados en la caja social; (ii) don JOSÉ VITTORIO BARBANO VERGARA, aporta la suma de un millón quinientos mil pesos, ya enterados en la caja social. En consecuencia, el capital se encuentra íntegramente suscrito y pagado.”. Demás estipulaciones no extractables constan en escritura extractada.- Santiago, 27 de febrero del 2024.