Asesorías Hildebrando Limitada
Instrumento
- Fecha
- 27 de febrero de 2024
- Notario
- MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO
- Oficio
- Trigésimo octava Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $4.182 CLP
- Ley aplicable
- Ley N°19.499
Administración
- La administración de la compañía y el uso de la razón social corresponderá a don Diego José Barrionuevo Peretiatkowicz y a Rentas Hildebrando Limitada, quienes la ejercerán en forma indistinta, con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, y especialmente con las indicadas en la cláusula decimotercera del estatuto.” Otras modificaciones no requieren mención en extracto. Santiago, 02-04-2024
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARIA SOLEDAD LASCAR MERINO, Notario Público, Titular de la Trigésimo octava Notaría de Santiago, con oficio ubicado en calle Miraflores 178, piso 5, certifico que por escritura pública de fecha 27-02-2024, ante mí, Diego José Barrionuevo Peretiatkowicz, domiciliado en Alfredo Rioseco N°290, Providencia, Rentas Hildebrando Limitada, del mismo domicilio anterior, ambos por sí y conjuntamente como únicos miembros de la Sucesión indivisa de don Juan Arturo Rodrigo Renato Irarrázaval Larraín, Tomás Álvaro Irarrázaval Larraín, domiciliado Las Hualtatas 10.543, Vitacura y Carlos Ricardo Cruzat Irarrázaval, domiciliado en Cerro El Plomo 5.855, of. 1706, Las Condes, modificaron la sociedad denominada Asesorías Hildebrando Limitada, inscrita en el Registro de Comercio de Santiago a fojas 19.396, número 15.379 de 1999, como sigue: A) Sanearon en conformidad con la Ley N°19.499 la escritura la escritura de modificación de la sociedad, otorgada ante don Juan Ricardo San Martín Urrejola, en Santiago, calle Huérfanos 835, piso 18, el 10 de julio de 2014, cuyo extracto no fue inscrito oportunamente en el Conservador de Bienes Raíces de Santiago, ni publicado oportunamente en el Diario Oficial. En dicha escritura (a) Tomás Álvaro Irarrázaval Larraín y Carlos Cruzat Irarrázaval se retiraron de la sociedad, cediendo todos sus derechos en ella a Diego José Barrionuevo Peretiatkowicz, correspondiendo en cada caso a una cuota de $240.000 en el capital social. (b) Se dio cuenta del fallecimiento del socio don Juan Arturo Rodrigo Renato Irarrázaval Larraín y que la posesión efectiva de la herencia fue concedida por Sentencia del 22° Juzgado Civil de Santiago, dictada el 17 de octubre de 2012, en autos V-154-2012, a sus herederos testamentarios. (c) Se dejo constancia que los herederos testamentarios de don Juan Arturo Rodrigo Renato Irarrázaval Larraín cedieron sus derechos a Diego José Barrionuevo Peretiatkowicz y a Rentas Hildebrando Limitada. (d) Como consecuencia de los anterior Asesorías Hildebrando Limitada quedo constituida únicamente por: i) Diego José Barrionuevo Peretiatkowicz, con el 59% de los derechos sociales; y ii) La Sucesión indivisa de don Juan Arturo Rodrigo Renato Irarrázaval Larraín, con el 41% de los derechos sociales, de los cuales un 85% debe entenderse que corresponden a Diego José Barrionuevo Peretiatkowicz, y el 15% restante a Rentas Hildebrando Limitada. (e) Tomás Álvaro Irarrázaval Larraín y Carlos Cruzat Irarrázaval renunciaron a su calidad de administradores de la sociedad, así como a la facultad de usar la razón social, funciones que competerían a Diego José Barrionuevo Peretiatkowicz. B) Por escritura pública otorgada en esta notaría, el 27 de febrero de 2024, se efectuó la partición de la herencia de don Juan Arturo Rodrigo Renato Irarrázaval Larraín asignándose los derechos que al causante correspondían sobre el capital de la sociedad a sus herederos en la siguiente forma: a) a Diego José Barrionuevo Peretiatkowicz, derechos representados por una cuota de $4.182.000; y b) a Rentas Hildebrando Limitada, derechos representados por una cuota de $738.000. C) Como consecuencia de lo anterior, se sustituyó el texto de los artículos cuarto y sexto del estatuto social vigente por los que siguen: (i) “CUARTO: CAPITAL. - El capital de la sociedad es la suma de $12.000.000, íntegramente enterado por los socios o sus antecesores en la compañía, mediante aportes en dinero, de la siguiente forma: a) don Diego José Barrionuevo Peretiatkowicz, $11.262.000; y b) Rentas Hildebrando Limitada, $738.000.”; y (ii) “SEXTO: ADMINISTRACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL. - La administración de la compañía y el uso de la razón social corresponderá a don Diego José Barrionuevo Peretiatkowicz y a Rentas Hildebrando Limitada, quienes la ejercerán en forma indistinta, con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, y especialmente con las indicadas en la cláusula decimotercera del estatuto.” Otras modificaciones no requieren mención en extracto. Santiago, 02-04-2024.