Instrumento
- Fecha
- 11 de marzo de 2024
- Notario
- ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- Trigésima Sexta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000 CLP
- Domicilio
- Su domicilio será la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, pudiendo establecer agencias, oficinas o sucursales en otros puntos del país o del extranjero
- Duración
- La sociedad tendrá una duración de 10 años, plazo prorrogable por períodos de 10 años, de acuerdo con la forma señalada en la escritura extractada. Seis)
Objeto social
El objeto exclusivo de la Sociedad será la prestación de los siguientes servicios profesionales: a) Impartir clases prácticas y)o teóricas, capacitaciones de Yoga, talleres artísticos y culturales, en general; b) Prestar servicios de capacitación, formación de profesores, especializaciones y perfeccionamiento en Yoga, actividades de bienestar, arte y cultura, entre otras áreas relacionadas y prestación de todo tipo de terapias alternativas en general; c) Impartir por si o a través de terceros clases de Yoga, ayurveda, yogaterapia, yoga infantil, y perfeccionamiento, entre otras relacionadas; d) La comercialización, compra, venta, importación, exportación, compra, venta, o cualquier modo de venta, consignación, y distribución, de todo tipo de bienes y servicios, y en general, cualquier producto que se encuentre dentro del comercio humano, a personas naturales y)o jurídicas, nacionales y)o extranjeras, públicas y)o privadas; e) Prestar toda clase de servicios médicos en general, tales como nutricionistas, kinesiología, entre otros relacionados, y toda otra actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con las reseñadas anteriormente, además cualquier otra que se determine y que fuera necesaria para desarrollar el
Administración
Corresponderá a doña Marcela Andrea Farias Hidalgo y don Mauricio Raúl Araya Pereira con las facultades indicadas en escritura extractada. Tres)
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Notario Público titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en calle La Concepción número 65, piso 2, Providencia, Santiago, certifica: que por escritura pública de fecha 11 de marzo de 2024, ante mí a) doña Marcela Andrea Farias Hidalgo, y b) don Mauricio Raúl Araya Pereira todos domiciliados en Ernesto Pinto Lagarrigue, número 247, departamento 510, Recoleta, Santiago, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada, de cuyo texto extracto lo siguiente: Uno) Razón Social: “Yoga M Limitada”, pudiendo usar además y para todos los efectos legales el nombre abreviado de “Yoga M Ltda.” y también para efectos profesionales las formas abreviadas “Yoga M”. Dos) Administración, representación y uso de la razón social: Corresponderá a doña Marcela Andrea Farias Hidalgo y don Mauricio Raúl Araya Pereira con las facultades indicadas en escritura extractada. Tres) Capital: $1.000.000 íntegramente suscrito y pagado de la siguiente forma: a) doña Marcela Andrea Farias Hidalgo, $500.000, equivalente al 50% del total del interés social, íntegramente suscrito y pagado. b) Don Mauricio Raúl Araya Pereira, $500.000, equivalente al 50% del total del interés social, íntegramente suscrito y pagado. Cuatro) Objeto: El objeto exclusivo de la Sociedad será la prestación de los siguientes servicios profesionales: a) Impartir clases prácticas y/o teóricas, capacitaciones de Yoga, talleres artísticos y culturales, en general; b) Prestar servicios de capacitación, formación de profesores, especializaciones y perfeccionamiento en Yoga, actividades de bienestar, arte y cultura, entre otras áreas relacionadas y prestación de todo tipo de terapias alternativas en general; c) Impartir por si o a través de terceros clases de Yoga, ayurveda, yogaterapia, yoga infantil, y perfeccionamiento, entre otras relacionadas; d) La comercialización, compra, venta, importación, exportación, compra, venta, o cualquier modo de venta, consignación, y distribución, de todo tipo de bienes y servicios, y en general, cualquier producto que se encuentre dentro del comercio humano, a personas naturales y/o jurídicas, nacionales y/o extranjeras, públicas y/o privadas; e) Prestar toda clase de servicios médicos en general, tales como nutricionistas, kinesiología, entre otros relacionados, y toda otra actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con las reseñadas anteriormente, además cualquier otra que se determine y que fuera necesaria para desarrollar el objeto. Para el cumplimiento de su objeto, la empresa podrá constituir nuevas sociedades, y/o incorporarse a otras ya existentes. Cinco) Duración: La sociedad tendrá una duración de 10 años, plazo prorrogable por períodos de 10 años, de acuerdo con la forma señalada en la escritura extractada. Seis) Domicilio: Su domicilio será la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, pudiendo establecer agencias, oficinas o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 03 de abril de 2024.