SOLVE INGENIERÍA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 28 de febrero de 2024
- Notario
- Cristián Andrés García Mechsner
- Domicilio
- Puchuncaví
Sociedad
- Capital
- $10.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCristián Andrés García Mechsner, Notario Público Titular de Puchuncaví, domiciliado en Santiago Torres No 171, Local 3, comuna de Puchuncaví, certifico: por escritura pública de fecha 28 de febrero de 2024 Repertorio número 203-2024, ante mí, don JUAN JORGE VERDUGO ZAVALA, doña ELIZABETH ORIANA HUERTA RAMÍREZ y la Comunidad formada por doña YANSI AIDÉ SUÁREZ SUÁREZ, don ABSALON ENRIQUE VERDUGO OCAMPO, y doña MARÍA MAGDALENAZAVALA RAMÍREZ, todos domiciliados en La Foresta de Zapallar, Parcela S dos, Catapilco, Comuna de Zapallar,Región de Valparaíso, modificaron SOLVE INGENIERÍA LIMITADA, en adelante “La Sociedad”, inscrita a fojas 39.067 número 26.982 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2010 en sentido que: A) Con fecha 11 de agosto de 2021 falleció el socio don ARIEL ENRIQUE VERDUGO ZAVALA, concediéndose la posesión efectiva a doña YANSI AIDÉ SUÁREZ SUÁREZ, don ABSALON ENRIQUE VERDUGO OCAMPO y doña MARÍA MAGDALENA ZAVALA RAMÍREZ. En virtud de lo anterior, los comparecientes acuerdan el ingreso de sus herederos individualizados, en las mismas condiciones que el socio fallecido, quedando a partir de ese momento como únicos y actuales socios: i) don Juan Jorge Verdugo Zavala con el 99% del total del capital y haber social y ii) Comunidad formada por doña YANSI AIDÉ SUÁREZ SUÁREZ, don ABSALON ENRIQUE VERDUGO OCAMPO y doña MARÍA MAGDALENA ZAVALA RAMÍREZ, con el 1% del total del capital y haber social; B) Asimismo, acuerdan modificar SOLVE INGENIERÍA LIMITADA en sentido que la Comunidad formada por doña YANSI AIDÉ SUÁREZ SUÁREZ, don ABSALON ENRIQUE VERDUGO OCAMPO y doña MARÍA MAGDALENA ZAVALA RAMÍREZ, con expresa autorización del otro socio, vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos sociales en la Sociedad, equivalentes al 1% del capital y haber social, a doña ELIZABETH ORIANA HUERTA RAMÍREZ, por el precio de $10.000.- En consecuencia, modifican Artículo Quinto de Estatutos Sociales, en sentido que capital de la Sociedad es de $1.000.000.-, aportado y pagado de la siguiente forma: a) don JUAN JORGE VERDUGO ZAVALA, aporta la suma de $990.000.-, que corresponde al 99% del haber social, y b) doña ELIZABETH ORIANA HUERTA RAMÍREZ aporta la suma de $10.000.- , que corresponde al 1% del haber social. En consecuencia, queda íntegramente aportado y pagado el capital social. Socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Puchuncaví, a 25 de marzo de 2024.