MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

RESOLUCIÓN EN LÍNEA SpA

RUT 77594463-3 CVE 2475984
Capital
$562.501.597 CLP
Fecha instrumento
19 de marzo de 2024
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
19 de marzo de 2024
Notario
Félix Jara Cadot
Oficio
41 Notaría Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$562.501.597 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Félix Jara Cadot, Notario Público 41 Notaría Santiago, Huérfanos 1160, subsuelo, certifica: Por escritura pública fecha 19 de marzo del año 2024, otorgada ante mí, suscrita en esta Notaría, se redujo el acta de Junta Extraordinaria de Accionistas de fecha 4 de marzo de 2024,de la sociedad “RESOLUCIÓN EN LÍNEA SpA”, inscrita a fojas 19894, número 9217 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2022, la referida Junta Extraordinaria de Accionistas contó con la asistencia de la única accionista de la Sociedad, según consta en registro de accionistas que he tenido a la vista esto es, la CÁMARA DE COMERCIO DE SANTIAGO -ASOCIACIÓN GREMIAL, y en dicha sesión se acordó lo siguiente: Uno. Aprobar el aumento de capital de la Sociedad, desde la suma de $562.501.597, dividido en 562.501 acciones, hasta el monto de $979.882.597 dividido en un total de 979.882 acciones nominativas, de una misma y única serie y sin valor nominal, emitiendo, por tanto, la cantidad de 417.381 acciones de pago nuevas, por un aumento de capital de $417.381.000.-.; Dos. Aprobar que el aumento de capital deberá quedar suscrito y pagado en el plazo de tres años contado desde la fecha de esta Junta Extraordinaria de Accionistas; Tres. Aprobar la modificación del Artículo Quinto de los Estatutos y del Artículo Primero Transitorio de los Estatutos Sociales, en donde se fijan la forma y condiciones de pago del aumento de capital propuesto, reemplazándolos por los siguientes y quedando así con el siguiente tenor: “ARTÍCULO QUINTO: El capital social asciende a la suma de $979.882.597.-,dividido en un total de 979.882 acciones nominativas, de una misma y única serie y sin valor nominal y todas de una misma y única serie. Las acciones de la Sociedad podrán ser pagadas en dinero u otros bienes, incluso acreencias que los Accionistas o terceros tengan contra la Sociedad, podrán también pagarse con aportes en trabajo. La Sociedad podrá adquirir y poseer acciones de su propia emisión. Con todo, las acciones de propia emisión que se encuentren bajo el dominio de la Sociedad, no se contarán para la constitución de quorums en Juntas de Accionistas o aprobar modificaciones del estatuto social, y no tendrán derecho a voto, dividendo ni preferencia en la suscripción de aumentos de capital. Las acciones de propia emisión que lleguen a estar en dominio de la Sociedad deberán ser enajenadas en el plazo de diez años contados desde su adquisición. Si dentro de dicho plazo no se enajenan las acciones de propia emisión, el capital y el número de acciones quedarán reducidos, de pleno derecho al monto que corresponda, luego de excluir aquellas acciones de propia emisión en poder de la Sociedad, la cuales se eliminarán del Registro de Accionistas. El capital se entenderá suscrito y pagado en la forma indicada en el Artículo Primero Transitorio. La responsabilidad de los Accionistas estará limitada hasta el monto de sus respectivos aportes.”. “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: El capital social es de $979.882.597.-, dividido en un total de 979.882 acciones nominativas, de una misma y única serie y sin valor nominal y todas de una misma y única serie, que se distribuye de la siguiente forma: i. Con la suma de $562.501.597, representado por 562.501 acciones, íntegramente suscritas y pagadas con anterioridad a esta fecha; y, ii. Con la suma de $417.381.000.-, representado por 417.381 acciones ordinarias, nominativas, sin valor nominal, y que a esta fecha se encuentran pendientes de suscripción y pago”. Demás estipulaciones en la escritura extractada. Santiago, 25 marzo 2024.-