CONSTRUCTORA CERRO MORENO SUR LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 26 de marzo de 2024
- Repertorio
- 942/2024
- Notario
- Bernardo Espinosa Bancalari
- Domicilio
- Puerto Varas
Sociedad
- Capital
- $1.300.000.000 CLP
Personas y entidades (3)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| Andrés Vargas y Compañía SpA | socio | 77976790-6 | — | — | |
| Sociedad de Inversiones y Asesorías Cumbres del Sur Limitada | socio | 76312096-1 | — | — | |
| José Luis Barría y Compañía Limitada | socio | 76311538-0 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalBernardo Espinosa Bancalari, Notario Público de Puerto Varas, con oficio en esta ciudad, Av. Gramado 535, certifica: por escritura pública de fecha 26 de marzo de 2024, anotada bajo el repertorio Nº 942/2024, ante mí, Andrés Vargas Mesa, en representación de Andrés Vargas y Compañía SpA, RUT N° 77.976.790-6, ambos con domicilio para estos efectos en Ruta 225, kilómetro 4,8, Parcela 12, comuna de Puerto Varas; Vladimir Nibaldo Oyarzo Vera, en representación de Sociedad de Inversiones y Asesorías Cumbres del Sur Limitada, RUT N° 76.312.096-1, ambos con domicilio para estos efectos en Parque Doña Inés, Parcela 9, comuna y ciudad de Puerto Varas; y, José Luis Barría Hernández, en representación de José Luis Barría y Compañía Limitada, RUT N° 76.311.538-0, ambos con domicilio para estos efectos en Mirador Hornopirén número 1.884, Sector Mirador de la Bahía, Puerto Montt; en su calidades de únicos socios de CONSTRUCTORA CERRO MORENO SUR LIMITADA (en adelante la “Sociedad”), RUT Nº 76.121.572-8, inscrita a fojas 1.041 vuelta, número 962 del Registro de Comercio de Puerto Montt correspondiente al año 2010, quienes acordaron modificarla en el siguiente sentido: (i) Sociedad de Inversiones y Asesorías Cumbres del Sur Limitada vendió, cedió y transfirió el treinta por ciento de los derechos en el capital de la Sociedad, a Andrés Vargas y Compañía SpA. Como consecuencia de la referida cesión de derechos, Sociedad de Inversiones y Asesorías Cumbres del Sur Limitada se retiró de la Sociedad, quedando como únicos socios de ésta: (i) Andrés Vargas y Compañía SpA, con el 70% de los derechos sociales; y (ii) José Luis Barría y Compañía Limitada, con el 30% de los derechos sociales. (ii) Como consecuencia de la cesión de derechos sociales indicada, acordaron adicionalmente modificar el artículo cuarto de los estatutos sociales, reemplazándolo por el siguiente: “ARTÍCULO CUARTO: El capital de la Sociedad asciende a la suma de $1.300.000.000, que los socios aportaron de la siguiente forma: /A/ ANDRES VARGAS Y COMPAÑÍA SpA, la cantidad de $910.000.000 pagado y enterado íntegramente con anterioridad a esta fecha; y /B/ JOSÉ LUIS BARRÍA HERNÁNDEZ Y COMPAÑÍA LIMITADA la cantidad de $390.000.000 pagado y enterado íntegramente con anterioridad a esta fecha”. En lo no modificado por la escritura extractada, los estatutos de la Sociedad se mantienen plenamente vigentes, en especial la limitación de la responsabilidad de los socios hasta el monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Puerto Varas, 03 abril de 2024.