Instrumento
- Fecha
- 21 de marzo de 2024
- Repertorio
- 1892-2024
- Comuna
- Santiago
Objeto social
La sociedad tendrá por objeto efectuar todo y cualquier tipo de inversiones mobiliarias e inmobiliarias, en bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, incluyendo transacciones e inversiones en acciones, derechos, créditos, participaciones sociales, bonos y debentures, efectos de comercio, valores mobiliarios e instrumentos de inversión, y cualesquiera otros; y, en general, realizar toda otra actividad lícita afín o relacionada, directa o indirectamente, con las antes señaladas
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFELIPE BASCUÑAN LIRA, abogado, Notario Suplente de la 26° Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Apoquindo Nº 3196, comuna de Las Condes, certifica: Por escritura pública de fecha 21 de Marzo de 2024, ante Humberto Quezada Moreno, Notario Titular, bajo el Repertorio N°1892-2024: don ANTONIO DUVAL GARCÍA-HUIDOBRO, chileno, arquitecto, casado, cédula nacional de identidad número quince millones seiscientos treinta y ocho mil doscientos ochenta y seis guion ocho, domiciliado en Camino Las Hualtatas número cuatro mil trescientos cuarenta y uno, casa dos, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, en su calidad de Empresario Individual; y don PABLO VIVES VIAL, chileno, arquitecto, casado, cédula nacional de identidad número quince millones trescientos ochenta y cuatro mil quinientos ochenta y cuatro guion cero, domiciliado en Los Litres, casa doce, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, en su calidad de Empresario Individual, constituyeron una sociedad por acciones: Razón Social: “PAAN SpA”. Objeto: La sociedad tendrá por objeto efectuar todo y cualquier tipo de inversiones mobiliarias e inmobiliarias, en bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, incluyendo transacciones e inversiones en acciones, derechos, créditos, participaciones sociales, bonos y debentures, efectos de comercio, valores mobiliarios e instrumentos de inversión, y cualesquiera otros; y, en general, realizar toda otra actividad lícita afín o relacionada, directa o indirectamente, con las antes señaladas. Capital: El capital social asciende a la suma de tres millones ochocientos cuarenta y siete mil trescientos setenta y ocho pesos, y se divide en mil acciones nominativas y de una misma serie, sin valor nominal, que se suscriben y pagan de la siguiente manera: /A/ don ANTONIO DUVAL GARCÍA-HUIDOBRO, en su calidad de empresario individual, suscribe y paga, quinientas acciones nominativas, ordinarias y sin valor nominal, de la siguiente manera: /a.i/ mediante el aporte en especie de quinientas acciones de que es titular en la sociedad denominada “Constructora Central Corp SpA”, Rol Único Tributario número setenta y seis millones setecientos veintinueve mil novecientos doce guion cinco, las cuales se valorizan en la suma de un millón cuatrocientos un mil ciento cincuenta y seis pesos; /a.ii/ mediante el aporte en especie de cuatrocientos cincuenta mil acciones de que es titular en la sociedad denominada “Duvify SpA”, Rol Único Tributario número setenta y siete millones quinientos sesenta y cinco mil trescientos setenta y seis guion cero, las cuales se valorizan en la suma de quinientas veintidós mil quinientas treinta y tres pesos. /B/ PABLO VIVES VIAL, en su calidad de empresario individual, suscribe y paga, quinientas acciones nominativas, ordinarias y sin valor nominal, de la siguiente manera: /b.i/ mediante el aporte en especie de quinientas acciones de que es titular en la sociedad denominada “Constructora Central Corp SpA”, Rol Único Tributario número setenta y seis millones setecientos veintinueve mil novecientos doce guion cinco, las cuales se valorizan en la suma de un millón cuatrocientos un mil ciento cincuenta y seis pesos; /b.ii/ mediante el aporte en especie de cuatrocientas cincuenta mil acciones de que es titular en la sociedad denominada “Duvify SpA”, Rol Único Tributario número setenta y siete millones quinientos sesenta y cinco mil trescientas setenta y seis guion cero, las cuales las cuales se valorizan en la suma de quinientas veintidós mil quinientas treinta y tres pesos. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 28 de marzo de 2024.