Instrumento
- Fecha
- 26 de marzo de 2024
- Notario
- EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO
- Oficio
- 34ª Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000 CLP
- Domicilio
- comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana
- Duración
- Indefinida
Objeto social
Sociedad tendrá por
Administración
La representación, administración y uso de razón social de sociedad corresponderá a Rodrigo Andrés Pinto de la Carrera, en calidad de administrador, y la representará judicial y extrajudicialmente con las más amplias facultades indicadas en escritura extractada. En caso de muerte o incapacidad absoluta del anterior, éste será reemplazado en cargo de administrador de sociedad por Ximena Hagemann González, a quien corresponderá representación, administración y uso de su razón social, y la representará judicial y extrajudicialmente con las más amplias facultades indicadas en escritura extractada
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, Abogado, Notario Público, Titular 34ª Notaría Santiago, Luis Thayer Ojeda 359, comuna de Providencia, Santiago, certifico: Que por escritura pública otorgada el 26 de marzo de 2024, Rep. 4.832-2024, ante mí, Rodrigo Andrés Pinto de la Carrera, cédula de identidad Nº13.673.002-9, domiciliado esta ciudad, El Peral 849, comuna de Lo Barnechea, constituyó sociedad por acciones: Nombre: “Intermediación y Asesorías El Peral SpA”. Domicilio: comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, sin perjuicio que podrá establecer oficinas, filiales, agencias, sucursales o establecimientos en otros lugares de la República o en el extranjero. Duración: comenzará a regir a contar de fecha de escritura extractada y tendrá duración indefinida. Objeto: Sociedad tendrá por objeto: /a/ El desarrollo de actividades de corretaje de propiedades y de intermediación en la compra, venta, arrendamiento y, en general, en toda clase de transacciones de todo tipo de bienes raíces, incluidas las actividades de marketing, publicidad, promoción y ventas de tales bienes; /b/ La manutención, conservación, reparación y administración de toda clase de bienes raíces, urbanos o rurales, propios o ajenos, amoblados o no, incluyendo, comunidades, propiedad horizontal e individual y los muebles que los guarnezcan y el equipamiento que los mismos posean; c) La adquisición, venta, enajenación, comercialización, u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, y de los derechos que sobre éstos recaigan, de su propiedad o de terceros, por cuenta propia o ajena, se encuentren estos amoblados o no; y d) La prestación de toda clase de servicios relacionados con la actividad y los negocios inmobiliarios, en especial la prestación de servicios de asesoría y consultoría profesional y técnica, y la realización de todo tipo de estudios en materias directa o indirectamente relacionadas con la actividad inmobiliaria. Para el cumplimiento de su objeto la sociedad podrá adquirir y enajenar, a cualquier título, y dar y tomar en arrendamiento u otra forma de tenencia, toda clase de bienes raíces o muebles, corporales o incorporales; importar y exportar toda clase de bienes y servicios; gravar con hipotecas o prendas de cualquier clase de bienes; celebrar contratos de sociedad de cualquier tipo; y en general, ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios al fin indicado, al desarrollo de su negocio o comercio o a la inversión de los fondos disponibles de la sociedad. Capital: $1.000.000 dividido en 1.000 acciones ordinarias y nominativas, de una misma serie, de igual valor y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas de conformidad a lo indicado en escritura extractada. Administración: La representación, administración y uso de razón social de sociedad corresponderá a Rodrigo Andrés Pinto de la Carrera, en calidad de administrador, y la representará judicial y extrajudicialmente con las más amplias facultades indicadas en escritura extractada. En caso de muerte o incapacidad absoluta del anterior, éste será reemplazado en cargo de administrador de sociedad por Ximena Hagemann González, a quien corresponderá representación, administración y uso de su razón social, y la representará judicial y extrajudicialmente con las más amplias facultades indicadas en escritura extractada. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 27 de marzo de 2024.