CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Intermediación y Asesorías El Peral SpA

CVE 2474086
Capital
$1.000 CLP
Fecha instrumento
26 de marzo de 2024
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
26 de marzo de 2024
Notario
EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO
Oficio
34ª Notaría Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000 CLP
Domicilio
comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana
Duración
Indefinida

Objeto social

Sociedad tendrá por

Administración

La representación, administración y uso de razón social de sociedad corresponderá a Rodrigo Andrés Pinto de la Carrera, en calidad de administrador, y la representará judicial y extrajudicialmente con las más amplias facultades indicadas en escritura extractada. En caso de muerte o incapacidad absoluta del anterior, éste será reemplazado en cargo de administrador de sociedad por Ximena Hagemann González, a quien corresponderá representación, administración y uso de su razón social, y la representará judicial y extrajudicialmente con las más amplias facultades indicadas en escritura extractada

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, Abogado, Notario Público, Titular 34ª Notaría Santiago, Luis Thayer Ojeda 359, comuna de Providencia, Santiago, certifico: Que por escritura pública otorgada el 26 de marzo de 2024, Rep. 4.832-2024, ante mí, Rodrigo Andrés Pinto de la Carrera, cédula de identidad Nº13.673.002-9, domiciliado esta ciudad, El Peral 849, comuna de Lo Barnechea, constituyó sociedad por acciones: Nombre: “Intermediación y Asesorías El Peral SpA”. Domicilio: comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, sin perjuicio que podrá establecer oficinas, filiales, agencias, sucursales o establecimientos en otros lugares de la República o en el extranjero. Duración: comenzará a regir a contar de fecha de escritura extractada y tendrá duración indefinida. Objeto: Sociedad tendrá por objeto: /a/ El desarrollo de actividades de corretaje de propiedades y de intermediación en la compra, venta, arrendamiento y, en general, en toda clase de transacciones de todo tipo de bienes raíces, incluidas las actividades de marketing, publicidad, promoción y ventas de tales bienes; /b/ La manutención, conservación, reparación y administración de toda clase de bienes raíces, urbanos o rurales, propios o ajenos, amoblados o no, incluyendo, comunidades, propiedad horizontal e individual y los muebles que los guarnezcan y el equipamiento que los mismos posean; c) La adquisición, venta, enajenación, comercialización, u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, y de los derechos que sobre éstos recaigan, de su propiedad o de terceros, por cuenta propia o ajena, se encuentren estos amoblados o no; y d) La prestación de toda clase de servicios relacionados con la actividad y los negocios inmobiliarios, en especial la prestación de servicios de asesoría y consultoría profesional y técnica, y la realización de todo tipo de estudios en materias directa o indirectamente relacionadas con la actividad inmobiliaria. Para el cumplimiento de su objeto la sociedad podrá adquirir y enajenar, a cualquier título, y dar y tomar en arrendamiento u otra forma de tenencia, toda clase de bienes raíces o muebles, corporales o incorporales; importar y exportar toda clase de bienes y servicios; gravar con hipotecas o prendas de cualquier clase de bienes; celebrar contratos de sociedad de cualquier tipo; y en general, ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios al fin indicado, al desarrollo de su negocio o comercio o a la inversión de los fondos disponibles de la sociedad. Capital: $1.000.000 dividido en 1.000 acciones ordinarias y nominativas, de una misma serie, de igual valor y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas de conformidad a lo indicado en escritura extractada. Administración: La representación, administración y uso de razón social de sociedad corresponderá a Rodrigo Andrés Pinto de la Carrera, en calidad de administrador, y la representará judicial y extrajudicialmente con las más amplias facultades indicadas en escritura extractada. En caso de muerte o incapacidad absoluta del anterior, éste será reemplazado en cargo de administrador de sociedad por Ximena Hagemann González, a quien corresponderá representación, administración y uso de su razón social, y la representará judicial y extrajudicialmente con las más amplias facultades indicadas en escritura extractada. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 27 de marzo de 2024.