CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INMOBILIARIA FAMILIA MOLLO VEGA LIMITADA

CVE 2473867
Fecha instrumento
22 de marzo de 2024
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
22 de marzo de 2024
Comuna
Santiago

Sociedad

Duración
La duración de la sociedad será de 5 años a contar de esta fecha, el cual se prorrogará automática, tácita y sucesivamente por períodos iguales de 5 años cada uno, si ninguno de los socios expresa su voluntad de ponerle término mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social, con no menos de 6 meses de anticipación al vencimiento del respectivo período.-Santiago 25 de marzo de 2024

Objeto social

El objeto de la sociedad será: (a) la compra y venta, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, leasing, leaseback, cesión, urbanizaciones, loteos, construcción, transformación, refacción, remodelación y cualquier forma de explotación de bienes raíces, sean éstos rurales o urbanos, propios o de terceros; (b) gestión e intermediación inmobiliaria, comercial, financiera, asesorías y de cualquiera otra índole sobre inmuebles, establecimientos comerciales, industriales o educacionales; (c) efectuar todo tipo de inversiones inmobiliarias y mobiliarias, en cualquier clase de bienes, sean éstos corporales o incorporales, valores, títulos, acciones, efectos de comercio, derechos reales o personales; y (d) las demás actividades que acuerden los socios y que sean complementarias o anexas a las anteriores. 3)

Administración

La administración y representación de la sociedad y el uso de la razón social y el nombre de fantasía corresponderá a indistintamente a don DAVID DOMINGO MOLLO CANAVIDES y doña DORCA NILDA VEGA MOLINA, para que éstos, actuando individual, separada o conjuntamente, con las más amplias facultades de administración y disposición, puedan en la forma antes indicada, celebrar, ejecutar o realizar todos los actos, unilaterales o bilaterales, celebrar todos los contratos y ejecutar todas las convenciones, que tengan por finalidad dar cumplimiento al objeto social o que se estime necesario o adecuado para su cumplimiento. 4)

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, Abogado, Notario Titular, 34ª Notaría Santiago, Luis Thayer Ojeda N° 359, Providencia, Certifica: Por escritura pública de fecha 22 de marzo de 2024, ante mí, don DAVID DOMINGO MOLLO CANAVIDES y doña DORCA NILDA VEGA MOLINA, ambos domiciliados para estos efectos en calle General Flores N°30, Depto. 902, comuna de Providencia, provincia de Santiago, Región Metropolitana, constituyeron Sociedad de Responsabilidad Limitada. 1) RAZÓN SOCIAL: “INMOBILIARIA FAMILIA MOLLO VEGA LIMITADA”, pudiendo usar como nombre de fantasía con fines publicitarios, bancarios, comerciales, o de cualquier otro tipo, el nombre “SELAH PROPIEDADES LTDA.”.- 2) OBJETO: El objeto de la sociedad será: (a) la compra y venta, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, leasing, leaseback, cesión, urbanizaciones, loteos, construcción, transformación, refacción, remodelación y cualquier forma de explotación de bienes raíces, sean éstos rurales o urbanos, propios o de terceros; (b) gestión e intermediación inmobiliaria, comercial, financiera, asesorías y de cualquiera otra índole sobre inmuebles, establecimientos comerciales, industriales o educacionales; (c) efectuar todo tipo de inversiones inmobiliarias y mobiliarias, en cualquier clase de bienes, sean éstos corporales o incorporales, valores, títulos, acciones, efectos de comercio, derechos reales o personales; y (d) las demás actividades que acuerden los socios y que sean complementarias o anexas a las anteriores. 3) ADMINISTRACIÓN: La administración y representación de la sociedad y el uso de la razón social y el nombre de fantasía corresponderá a indistintamente a don DAVID DOMINGO MOLLO CANAVIDES y doña DORCA NILDA VEGA MOLINA, para que éstos, actuando individual, separada o conjuntamente, con las más amplias facultades de administración y disposición, puedan en la forma antes indicada, celebrar, ejecutar o realizar todos los actos, unilaterales o bilaterales, celebrar todos los contratos y ejecutar todas las convenciones, que tengan por finalidad dar cumplimiento al objeto social o que se estime necesario o adecuado para su cumplimiento. 4) CAPITAL: El capital de la sociedad es la suma de diez millones de pesos, que los socios aportan en razón de las siguientes cantidades y proporciones: a) DORCA NILDA VEGA MOLINA, aporta y paga cinco millones de pesos, equivalentes a un cincuenta por ciento del capital social, y b) la DAVID DOMINGO MOLLO CANAVIDES, aporta y paga cinco millones de pesos, equivalentes a un cincuenta por ciento del capital social. Dichas sumas se enteran en el presente acto de constitución de la sociedad. 5) DURACIÓN: La duración de la sociedad será de 5 años a contar de esta fecha, el cual se prorrogará automática, tácita y sucesivamente por períodos iguales de 5 años cada uno, si ninguno de los socios expresa su voluntad de ponerle término mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social, con no menos de 6 meses de anticipación al vencimiento del respectivo período.-Santiago 25 de marzo de 2024.