BLOCK CAPITAL SpA
Instrumento
- Fecha
- 20 de marzo de 2024
- Repertorio
- 3958-2024
- Comuna
- Pública de
Sociedad
- Capital
- $237.500 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLuis Ignacio Manquehual Mery, abogado, Notario Titular de la Octava Notaría Pública de Santiago, con domicilio en Huérfanos N°941, local 302, comuna de Santiago, certifica: Que por escritura pública de fecha 20 de marzo de 2024, otorgada ante mí, bajo el Repertorio N° 3958-2024, se redujo el Acta de Junta Extraordinaria de Accionistas, celebrada a fecha 19 de marzo de 2024, de BLOCK CAPITAL SpA inscrita a fojas 39.160, número 18.059 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2021 (en adelante, la “Sociedad”), en la que se acordó, entre otras materias: i) Crear una serie de acciones preferentes, denominadas “Acciones Preferentes Serie A”, e incorporar sus derechos y preferencias en un nuevo artículo de los estatutos sociales. ii) Aumentar el capital de la Sociedad en la suma de $237.500.000 mediante la emisión de 392.157 Acciones Preferentes Serie A, esto es, desde la suma de $3.529.412, dividido en 3.529.412 Acciones Ordinarias, nominativas, de la misma serie y sin valor nominal a la suma de $241.029.412, dividido en 3.529.412 Acciones Ordinarias, nominativas, de igual valor cada una y sin valor nominal, y 392.157 Acciones Preferentes Serie A, que se suscriben y pagan de la siguiente forma: Uno) Con la suma de $3.000.000, dividido en 3.000.000 Acciones Ordinarias, nominativas, de igual valor cada una y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas con anterioridad a esta fecha; Dos) Con la suma de $529.412, dividido en 529.412 Acciones Ordinarias, nominativas, de igual valor cada una y sin valor nominal pendientes de suscripción y pago, las que deberán ser suscritas y pagadas dentro del plazo de 10 años a contar del 20 de febrero de 2023; y Tres) Con la suma de $237.500.000, dividido en 392.157 Acciones Preferentes Serie A, pendientes de suscripción y pago, las que se deberán ser suscritas y pagadas dentro el plazo de 12 meses a contar del 19 de marzo de 2024. iii) Modificar los estatutos de la Sociedad a fin de ajustarlos a las modificaciones señaladas, mediante la sustitución de los artículos Quinto y Primero Transitorio e incorporación del Artículo Quinto Bis de los estatutos de la Sociedad. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 26 de marzo de 2024.