MAS ELECTRONICA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 14 de marzo de 2024
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARIA PATRICIA DONOSO GOMIEN, Titular de la 27ª Notaría de Santiago, con oficio en calle Orrego Luco número 0153, Providencia, CERTIFICO: Con fecha 13 de marzo de 2024, ante mí, doña MÓNICA CELIA WOOD CIENFUEGOS, doña NICOLE DELHERBE WOOD y don GUY ETIENNE DELHERBE CHANDÍA, todos domiciliados para estos efectos en esta ciudad, en calle Marín 350, Santiago, modificaron la sociedad “MAS ELECTRONICA LIMITADA”, la cual se encuentra inscrita a fojas 199 número 93 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 1991, en el siguiente sentido: a.) Doña NICOLE DELHERBE WOOD, con la expresa autorización y consentimiento del socio don GUY ETIENNE DELHERBE CHANDÍA, vende, cede y transfiere a doña MÓNICA CELIA WOOD CIENFUEGOS, quien compra, adquiere y recibe para sí, el 17% de los derechos sociales por la suma de $170.000, pagados íntegramente con anterioridad a esta fecha y; b.) Asimismo, doña NICOLE DELHERBE WOOD con la expresa autorización y consentimiento de la socia doña MÓNICA CELIA WOOD CIENFUEGOS, vende, cede y transfiere a don GUY ETIENNE DELHERBE CHANDÍA, quien compra, adquiere y recibe para sí, el 17% de los derechos sociales por la suma de $170.000, pagados íntegramente con anterioridad a esta fecha. A consecuencia de las cesiones de derechos señaladas, los actuales y únicos socios de la Sociedad acordaron modificar la cláusula TERCERA de los Estatutos Sociales, estableciendo que el uso de la razón social y la administración de la Sociedad corresponderá a cualquiera de los socios doña MÓNICA CELIA WOOD CIENFUEGOS y don GUY ETIENNE DELHERBE CHANDÍA, quienes actuando separada e indistintamente uno cualquiera de ellos y anteponiendo su nombre al de la Sociedad, la representarán con todas las facultades contenidas en la escritura extractada y reemplazar también la cláusula CUARTA del Pacto Social por la que sigue: "CUARTO: El capital de la Sociedad asciende a la suma de $1.000.000 íntegramente pagados por los socios en dinero efectivo en la siguiente proporción: a.) doña MÓNICA CELIA WOOD CIENFUEGOS, con la suma equivalente a un 50% de los derechos sociales y; b) don GUY ETIENNE DELHERBE CHANDÍA, con la suma equivalente a un 50% de los derechos sociales”.- En lo no modificado rige estatuto social especialmente a lo referido a la limitación de responsabilidad hasta los montos de los respectivos aportes de los socios.- Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 14 de marzo de 2024.