MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

Lundin Mining Chile SpA

RUT 76263093-1 CVE 2473448
Fecha instrumento
25 de marzo de 2024

Instrumento

Fecha
25 de marzo de 2024
Notario
Gonzalo Sergio Mendoza Guiñez
Domicilio
doña Antonieta Mendoza Escalas

Objeto social

(a) la exploración y explotación de las concesiones mineras, en trámite o constituidas, de que fuere propietaria o detentare; beneficiar los minerales que dichas pertenencias produzcan; disponer y comercializar tales minerales, en bruto o ya beneficiados; (b) adquirir y constituir propiedad y derechos mineros; (c) participar en sociedades de giro minero; (d) realizar las demás actividades de orden minero que fueren menester; y (e) la prestación por cuenta propia o ajena y)o asociada con terceros, de servicios de asesoría, apoyo y de todo servicio profesional y)o técnico relativo al ejercicio de la industria minera y cualquier otra, incluyendo la prestación de servicios comerciales, financieros, de contabilidad, administración, back office, de transporte de minerales, logísticos, recursos humanos, gestión empresarial, planificación y desarrollo comercial, entre otros; pudiendo realizar cualquier otro acto o contrato que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos”. En todo lo no modificado por la escritura extractada, los estatutos sociales continúan plenamente vigentes

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Gonzalo Sergio Mendoza Guiñez, abogado, Notario Público, Suplente de doña Antonieta Mendoza Escalas, Titular de la 16º Notaría y Conservador de Minas de Santiago, certifica: por escritura pública de fecha de hoy, otorgada ante mí bajo el repertorio número 1108/2024, compareció don Pablo José Mir Balmaceda, en representación de la sociedad Lundin Mining Corporation, quien, en calidad de único accionista de Lundin Mining Chile SpA, en adelante la “Sociedad”, modificó los estatutos de la Sociedad en el sentido de modificar su objeto social, para lo cual se sustituyó el artículo tercero de los estatutos sociales por el siguiente: “Artículo Tercero: La Sociedad tendrá por objeto: (a) la exploración y explotación de las concesiones mineras, en trámite o constituidas, de que fuere propietaria o detentare; beneficiar los minerales que dichas pertenencias produzcan; disponer y comercializar tales minerales, en bruto o ya beneficiados; (b) adquirir y constituir propiedad y derechos mineros; (c) participar en sociedades de giro minero; (d) realizar las demás actividades de orden minero que fueren menester; y (e) la prestación por cuenta propia o ajena y/o asociada con terceros, de servicios de asesoría, apoyo y de todo servicio profesional y/o técnico relativo al ejercicio de la industria minera y cualquier otra, incluyendo la prestación de servicios comerciales, financieros, de contabilidad, administración, back office, de transporte de minerales, logísticos, recursos humanos, gestión empresarial, planificación y desarrollo comercial, entre otros; pudiendo realizar cualquier otro acto o contrato que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos”. En todo lo no modificado por la escritura extractada, los estatutos sociales continúan plenamente vigentes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 25 de Marzo de 2024.