MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

KAPACITACCIÓN CONSULTORES Y ASOCIADOS LIMITADA

RUT 76139093-7 CVE 2473472
Fecha instrumento
11 de marzo de 2024

Instrumento

Fecha
11 de marzo de 2024
Repertorio
588-2024
Notario
ALEJANDRO TOMÁS VIADA OVALLE
Oficio
Sexta Notaría de esta ciudad

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ALEJANDRO TOMÁS VIADA OVALLE, Abogado, Notario Público Titular de la Sexta Notaría de esta ciudad, con domicilio en este oficio calle Huanhualí número doscientos noventa y dos, de la ciudad y comuna de La Serena, Certifica: Por escritura pública de fecha 11-03-2024, Repertorio N°588-2024, ante mí, PAULA FABIOLA MACHUCA CHÁVEZ, chilena, soltera, terapeuta ocupacional, cedula nacional de identidad número once millones quinientos veintitrés mil cuatrocientos setenta guión seis, domiciliada en calle avenida Arturo Prat número dos mil doscientos setenta y dos, Torre Aruba, departamento número dos mil quinientos tres, de la ciudad y comuna de Iquique; representada por don JAIME ALEXANDRE THENOUX GONZÁLEZ, chileno, abogado, soltero, cédula nacional de identidad número diecisiete millones quinientos ochenta mil setecientos cuarenta y tres guion k y don ALEX MAURICIO MICHAEL TORRES PINTO, chileno, abogado, casado, cédula nacional de identidad número dieciséis millones trescientos ochenta y ocho mil novecientos setenta y uno guion cuatro, ambos domiciliados en calle Almirante Riveros número trescientos dos, de la comuna y ciudad de La Serena; doña ANA CRISTINA GALLO CÁRCAMO, chilena, casada y separada totalmente de bienes, dueña de casa, cédula de identidad número diecisiete millones novecientos cuarenta y siete mil novecientos sesenta y cuatro guion ocho, domiciliada para estos efectos en Pedro León Carmona, número tres mil ochenta y tres, Sector San Joaquín, de la ciudad y comuna de La Serena; y don MANUEL FERNANDO THENOUX CIUDAD, chileno, casado y separado totalmente de bienes, empresario, cédula nacional de identidad número siete millones setecientos treinta y tres mil novecientos doce guion cero, domiciliado en Pedro León Carmona, número tres mil ochenta y tres, Sector san Joaquín, de la ciudad y comuna de La Serena, quienes me acreditaron su identidad con la cedula referida y exponen, que por escritura pública de fecha veintiséis de Julio del año dos mil diez, otorgada ante el notario público titular don PEDRO CEFERINO ESCANDON ORELLANA, suplente del titular don OSCAR FERNÁNDEZ MORA, de la ciudad de La Serena. conforme da cuenta la escritura de constitución de la sociedad KAPACITACCIÓN CONSULTORES Y ASOCIADOS LIMITADA” -O- “KAPACITACCIÓN LTDA”, Rol único Tributario número setenta y seis millones ciento treinta y nueve mil noventa y tres guión siete, la cual se inscribió a fojas novecientos diecisiete, número quinientos sesenta y cuatro del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de la ciudad de La Serena, correspondiente al año dos mil diez; en la cual, en su cláusula número cuarta, la administración y uso de la razón social pertenece a las socias doña Paula Fabiola Machuca Chávez y doña Ana Cristina Gallo Cárcamo. Cesión de derechos: Por el presente instrumento, doña PAULA FABIOLA MACHUCA CHÁVEZ, viene en vender, ceder y transferir la totalidad de los derechos que le corresponden en el haber social, al señor MANUEL FERNANDO THENOUX CIUDAD, en los términos y condiciones que pasan a expresarse: Doña PAULA FABIOLA MACHUCA CHÁVEZ, vende, cede y transfiere a través de su representante ya individualizada en la comparecencia, a don MANUEL FERNANDO THENOUX CIUDAD, quien, a través de su mandataria, ya individualizada, compra, adquiere y acepta, la totalidad de los derechos de que el cedente es dueño en la sociedad, porcentaje que equivale al cincuenta por ciento del total del haber social. El precio de la cesión es la suma de dos millones de pesos, que el cesionario, pagó con anterioridad a éste acto en dinero efectivo al cedente, quien declara haber recibido dicha suma con anterioridad al acto a su entera y total satisfacción, sin tener cargo ni reclamo alguno que formular por este concepto, dándose en consecuencia por pagado íntegramente el precio de esta cesión.- que en virtud de las cesiones de que se da cuenta en la cláusula anterior, se retira de la sociedad doña PAULA FABIOLA MACHUCA CHÁVEZ, para todos los efectos legales a que haya lugar.- En virtud de la cesión de que dan cuenta las cláusulas precedentes, quedan como únicos socios de la Sociedad los señores: ANA CRISTINA GALLO CÁRCAMO, a quien le corresponde un cincuenta por ciento del total del haber social y por don MANUEL FERNANDO THENOUX CIUDAD a quien le corresponde un cincuenta por ciento de derechos en el haber social. En su condición de únicos socios de la sociedad, vienen en señalar se mantienen las facultades de administración y de uso de la razón social de manera conjunta o separada, por lo que ambos socios tienen plenas facultades de administración, siendo sus actos plenamente válidos.-. Demás estipulaciones constan escritura extractada.- La Serena 20-03-2024.-