COMERCIALIZADORA Y PROCESADORA DE PRODUCTOS DEL MAR VITA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 18 de marzo de 2024
- Repertorio
- 1887/2024
- Notario
- MYRIAM AMIGO ARANCIBIA
- Oficio
- 21ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Domicilio
- El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, Región Metropolitana
- Duración
- La Sociedad tendrá una duración de veinticinco años contados desde la firma de la presente escritura, plazo que se renovará automáticamente por periodos sucesivos e iguales de cinco años cada uno, si ninguno de los socios manifestare por escrito a los demás socios su intención de no perseverar en la sociedad. Esta declaración deberá constar en escritura pública, inscribirse en el Registro de Comercio que corresponda y anotarse al margen de la inscripción social en un plazo no inferior a seis meses antes del término del periodo o cualquiera de sus prórrogas
Objeto social
La Sociedad tendrá por
Administración
La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don JAIME RODRIGO VILLARROEL BAHAMONDE y a don SERGIO ANTONIO TABOADA MENESES, quienes actuando individual e indistintamente, en nombre de la Sociedad y anteponiendo a su nombre la razón social, podrán, en el ejercicio de sus facultades, representar a la sociedad con las más amplias facultades:
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMYRIAM AMIGO ARANCIBIA, Abogado, Notario Público Titular de la 21ª Notaría de Santiago, domiciliada en Huérfanos Nº 578, Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha 18 de marzo de 2024, repertorio Nº 1.887/2024, otorgada ante mí, comparecen: don JAIME RODRIGO VILLARROEL BAHAMONDE, y, don SERGIO ANTONIO TABOADA MENESES, ambos domiciliados para estos efectos en Camino Caicen kilómetro uno coma siete, comuna de Calbuco, Región de Los Lagos y de paso por esta ciudad; quienes constituyeron Sociedad de Responsabilidad Limitada cuyos estatutos se extractan: RAZÓN SOCIAL: “COMERCIALIZADORA Y PROCESADORA DE PRODUCTOS DEL MAR VITA LIMITADA”, OBJETO: La Sociedad tendrá por objeto: Uno) El procesamiento, la elaboración, comercialización, distribución, manipulación, compra, venta, conservación, importación y exportación de productos del Mar, y toda clase se productos relacionados, ya sean en su estado natural, congelados, deshidratados, enlatados y en todo tipo de conservas; Dos) Compraventa al por mayor y al detalle de productos del Mar; tales como los pescados, mariscos, algas, moluscos, crustáceos, entre otros Tres) Almacenaje, distribución, enlatado, faenamiento, proceso de saladura, proceso de ahumado y empaquetamiento de alimentos; Cuatro) Transporte de carga; y Cinco) Cualquier otra actividad conducente al cumplimiento de los fines sociales, y en general, cualquier otro negocio que los socios de común acuerden: ADMINISTRACIÓN: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don JAIME RODRIGO VILLARROEL BAHAMONDE y a don SERGIO ANTONIO TABOADA MENESES, quienes actuando individual e indistintamente, en nombre de la Sociedad y anteponiendo a su nombre la razón social, podrán, en el ejercicio de sus facultades, representar a la sociedad con las más amplias facultades: CAPITAL: El capital de la sociedad será la suma de un millón de pesos, que los socios aportan y pagan de la siguiente manera: a) Don JAIME RODRIGO VILLARROEL BAHAMONDE, quien aporta la suma de quinientos mil pesos correspondientes al cincuenta por ciento de los derechos sociales de la sociedad, suma que paga en este acto, al contado y en dinero efectivo; y, b) Don SERGIO ANTONIO TABOADA MENESES, aporta la suma de quinientos mil pesos correspondientes al cincuenta por ciento de los derechos sociales de la sociedad, suma que paga en este acto, al contado y en dinero efectivo; DURACIÓN: La Sociedad tendrá una duración de veinticinco años contados desde la firma de la presente escritura, plazo que se renovará automáticamente por periodos sucesivos e iguales de cinco años cada uno, si ninguno de los socios manifestare por escrito a los demás socios su intención de no perseverar en la sociedad. Esta declaración deberá constar en escritura pública, inscribirse en el Registro de Comercio que corresponda y anotarse al margen de la inscripción social en un plazo no inferior a seis meses antes del término del periodo o cualquiera de sus prórrogas. DOMICILIO: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pueda establecer en otras partes del país o del extranjero. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 26 marzo de 2024.