K LINE CHILE LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 2 de febrero de 2024
- Repertorio
- 6088-2024
- Notario
- MARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO
- Oficio
- 38ª Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Objeto social
a) la actividad de Agente General para actuar en nombre de uno o más armadores extranjeros con el carácter de mandatario mercantil, en los términos del artículo novecientos diecisiete del Código de Comercio; b) La actividad de Agente de Naves para la atención de armadores extranjeros sujeta a las autorizaciones que otorgue la autoridad respectiva; c) la exportación de productos y artículos nacionales; d) la importación de productos y artículos extranjeros; e) la representación de importadores y exportadores, f) la prestación de servicios de embarque y desembarque, despacho y recepción, embalaje y demás actividades relacionadas con el transporte de carga, sea por vía aérea, marítima o terrestre, ya sea dentro fuera del país, para fines de exportación o importación, incluyendo los trámites en los servicios de aduana, de inspección y revisión de carga, y g) Cualquier otra actividad comercial que acuerden los socios”. Demás acuerdos constan en escritura extractada. Santiago de Chile, 20 de marzo de 2024
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO, Notario Público Titular de la 38ª Notaria de Santiago, con oficio en calle Miraflores 178, quinto piso, comuna de Santiago, certifica: por escritura pública de fecha 2 de febrero de 2024, repertorio 6088-2024, ante mí, don HIROMICHI ISHIKAWA, domiciliado en Avenida Andrés Bello número 2687, piso 16, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, por sí y en representación de KAWASAKI KISEN KAISHA LTD., domiciliada en Hibiya Central Building, 2-9, Nishi-Shinbashi I-Come, Minatoku Tokio 105, Japón, modificaron la sociedad “K” LINE CHILE LIMITADA (en adelante la “Sociedad”), inscrita a fojas 1391 N° 747 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 1972, en el siguiente sentido: 1) Se acordó modificar el giro social de la Sociedad de modo de ampliarlo para que la actividad de la Sociedad incluya dentro de su objeto la prestación de servicios de embarque y desembarque, despacho y recepción, embalaje y demás actividades relacionadas con el transporte de carga, sea por vía aérea, marítima o terrestre, ya sea dentro fuera del país, para fines de exportación o importación, incluyendo los trámites en los servicios de aduana, de inspección y revisión de carga. 2) Modificar el artículo sexto de la Sociedad, referente al objeto, por el siguiente: “Sexto: Giro Social: la sociedad tendrá por objeto: a) la actividad de Agente General para actuar en nombre de uno o más armadores extranjeros con el carácter de mandatario mercantil, en los términos del artículo novecientos diecisiete del Código de Comercio; b) La actividad de Agente de Naves para la atención de armadores extranjeros sujeta a las autorizaciones que otorgue la autoridad respectiva; c) la exportación de productos y artículos nacionales; d) la importación de productos y artículos extranjeros; e) la representación de importadores y exportadores, f) la prestación de servicios de embarque y desembarque, despacho y recepción, embalaje y demás actividades relacionadas con el transporte de carga, sea por vía aérea, marítima o terrestre, ya sea dentro fuera del país, para fines de exportación o importación, incluyendo los trámites en los servicios de aduana, de inspección y revisión de carga, y g) Cualquier otra actividad comercial que acuerden los socios”. Demás acuerdos constan en escritura extractada. Santiago de Chile, 20 de marzo de 2024.