CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INMOBILIARIA R Y R LIMITADA

RUT 16198496-5 CVE 2473083
Capital
$715.280.174 CLP
Fecha instrumento
11 de marzo de 2024
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
11 de marzo de 2024
Notario
PATRICIA VALENTINA MANRÍQUEZ HUERTA
Oficio
48° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$715.280.174 CLP
Domicilio
El domicilio social será la ciudad de Santiago
Duración
La Sociedad regirá hasta el día 31 de diciembre de cada año, vale decir, su duración mínima será hasta el 31 de diciembre de año 2024 y se renovará automáticamente por un plazo de 1 año, salvo que con una anticipación no inferior a 30 días los socios acuerden ponerle término al cierre del año respectivo

Objeto social

El objeto de la sociedad será la: a) realización de todo tipo de inversiones y negocios en cualquier clase de bienes inmuebles; y la compra, adquisición, administración, arrendamiento, subarrendamiento, venta y enajenación de todo tipo de bienes raíces o de derechos sobre los mismos; b) la inversión de capitales en toda clase de bienes muebles, corporales o incorporales, tales como acciones, derechos, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, fondos, comunidades o asociaciones; c) adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes muebles e inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, en Chile o el extranjero, construir en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas, la intermediación en la compra y venta de bienes raíces propios y de terceros en toda clase de títulos, efectos de comercio o valores mobiliarios; y d) participar en la realización de cualquier otro negocio o actividad comercial, industrial o financiera que convenga a los accionistas y tenga relación directa o indirecta con el

Administración

La administración y el uso de la razón social corresponderá a don HERNÁN ALFONSO RETAMALES REYES, quien anteponiendo a su firma la razón social, representará a la compañía con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, incluyendo la de autocontratar

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PATRICIA VALENTINA MANRÍQUEZ HUERTA, Abogado, Notario Público Interino de la 48° Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Apoquindo N°3.076, oficina 601, 6° piso, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, certifica: Por escritura pública de fecha 11 de marzo de 2024, ante mí, comparecen: don HERNÁN ALFONSO RETAMALES REYES, chileno, casado y separado totalmente de bienes, ingeniero forestal, cédula de identidad N°16.198.496-5, domiciliado para estos efectos en El Algarrobal N°1, comuna de Colina, Región Metropolitana; y don HERNÁN EDGARDO RETAMALES GUAJARDO, chileno, casado, empresario, cédula de identidad N°10.153.930-K, domiciliado para estos efectos en Cantar De los Cantares N°444, comuna de Maipú, Región Metropolitana. Los comparecientes por el presente instrumento vienen en constituir sociedad de responsabilidad limitada. Razón social: La razón social de la sociedad será “INMOBILIARIA R Y R LIMITADA”, pudiendo usar para todos los efectos legales, incluso comerciales, tributarios y bancarios, el nombre de fantasía “R y R Ltda.”. Domicilio: El domicilio social será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias, representaciones o sucursales que pueda establecer en otros puntos del país o del extranjero. Objeto: El objeto de la sociedad será la: a) realización de todo tipo de inversiones y negocios en cualquier clase de bienes inmuebles; y la compra, adquisición, administración, arrendamiento, subarrendamiento, venta y enajenación de todo tipo de bienes raíces o de derechos sobre los mismos; b) la inversión de capitales en toda clase de bienes muebles, corporales o incorporales, tales como acciones, derechos, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, fondos, comunidades o asociaciones; c) adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes muebles e inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, en Chile o el extranjero, construir en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas, la intermediación en la compra y venta de bienes raíces propios y de terceros en toda clase de títulos, efectos de comercio o valores mobiliarios; y d) participar en la realización de cualquier otro negocio o actividad comercial, industrial o financiera que convenga a los accionistas y tenga relación directa o indirecta con el objeto social. Administración: La administración y el uso de la razón social corresponderá a don HERNÁN ALFONSO RETAMALES REYES, quien anteponiendo a su firma la razón social, representará a la compañía con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, incluyendo la de autocontratar. Capital: El capital social es la suma de $715.280.174, aportados y pagados en la siguiente forma y proporción: a) don HERNÁN ALFONSO RETAMALES REYES aporta la suma de $714.281.174, equivalentes al 99,86% de los derechos sociales, los cuales se pagan en el acto mediante el aporte en dominio de la propiedad indicada en escritura extractada; y b) don HERNÁN EDGARDO RETAMALES GUAJARDO aporta la suma de $1.000.000, equivalentes al 0,14% de los derechos sociales, los cuales se aporta en dinero efectivo en este acto. La sociedad se da por recibida de los antedichos aportes y otorga a los socios la respectiva cancelación. Responsabilidad: Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Plazo: La Sociedad regirá hasta el día 31 de diciembre de cada año, vale decir, su duración mínima será hasta el 31 de diciembre de año 2024 y se renovará automáticamente por un plazo de 1 año, salvo que con una anticipación no inferior a 30 días los socios acuerden ponerle término al cierre del año respectivo. Santiago, 22 de marzo de 2024.