MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD DE INVERSIONES YAGAL LIMITADA

RUT 78880820-8 CVE 2472629
Capital
$1.387.836 CLP
Fecha instrumento
13 de febrero de 2024
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
13 de febrero de 2024
Repertorio
4739-2024
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.387.836 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Juan Ricardo San Martín Urrejola, Notario Titular de la 43ª Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos 835, piso 18, comuna y ciudad de Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha 13 de febrero del año 2024, repertorio Nº 4.739-2024, ante mí; a) don JORGE CRISTIAN YAPUR GALVEZ, Rut 10.373.645-5 y don CARLOS FELIPE YAPUR GALVEZ, Rut 10.373.661-7, comparecen por sí, como únicos socios y en representación de la “SOCIEDAD COMERCIAL E INMOBILIARIA ANCAR LIMITADA”, Rut 79.954.600-0, b) don JORGE CRISTIAN YAPUR GALVEZ, y don CARLOS FELIPE YAPUR GALVEZ ya individualizados, comparecen por sí, como únicos socios y en representación de la “SOCIEDAD COMERCIAL JOCAR LIMITADA”, Rut 77.059.760-9; y c) la “SOCIEDAD COMERCIAL E INMOBILIARIA ANCAR LIMITADA”, Rut 79.954.600-0, debidamente representada, don JORGE CRISTIAN YAPUR GALVEZ, y don CARLOS FELIPE YAPUR GALVEZ, ya individualizados, comparecen por sí, como únicos socios de la “SOCIEDAD DE INVERSIONES YAGAL LIMITADA” Rut 78.880.820-8, todos con domicilio en Huérfanos novecientos setenta y nueve, piso siete, comuna y ciudad de Santiago, Región Metropolitana, a la fecha de este instrumento, acordaron lo siguiente: 1. La fusión por incorporación de la sociedad SOCIEDAD COMERCIAL E INMOBILIARIA ANCAR LIMITADA y SOCIEDAD COMERCIAL JOCAR LIMITADA en SOCIEDAD DE INVERSIONES YAGAL LIMITADA, sociedad esta última que absorberá a la primera y a la segunda adquiriendo todos sus activos y pasivos, sucediéndola en todos sus derechos y obligaciones e incorporándose por consiguiente en SOCIEDAD DE INVERSIONES YAGAL LIMITADA el patrimonio de las sociedades incorporadas, debiendo entenderse para todos los efectos legales que SOCIEDAD DE INVERSIONES YAGAL LIMITADA es la sucesora y continuadora legal de SOCIEDAD COMERCIAL E INMOBILIARIA ANCAR LIMITADA y SOCIEDAD COMERCIAL JOCAR LIMITADA. 2. Como consecuencia de la fusión acordada, se disuelven las sociedades absorbidas, esto es, SOCIEDAD COMERCIAL E INMOBILIARIA ANCAR LIMITADA y SOCIEDAD COMERCIAL JOCAR LIMITADA. 3. Para proceder a la fusión aprueban el balance e informe pericial de las sociedades SOCIEDAD COMERCIAL E INMOBILIARIA ANCAR LIMITADA, SOCIEDAD COMERCIAL JOCAR LIMITADA y SOCIEDAD DE INVERSIONES YAGAL LIMITADA INVERSIONES ALFA LIMITADA al 30 de septiembre del año 2023 y el informe pericial de fecha de 3 de enero del año 2024 elaborado por don Ulises Araya Escotorín. 4. Se acuerda que la fusión se efectúa y materializa mediante el aporte de los activos y pasivos de SOCIEDAD COMERCIAL E INMOBILIARIA ANCAR LIMITADA y SOCIEDAD COMERCIAL JOCAR LIMITADA en SOCIEDAD DE INVERSIONES YAGAL LIMITADA, al valor contable con que figuran en los documentos mencionados en los balances y el informe pericial. 5. En virtud de la fusión, se modifican los estatutos de la sociedad SOCIEDAD DE INVERSIONES YAGAL LIMITADA, mediante un aumento del capital social, acordando los socios aumentar su capital social de $1.387.836.473 a $1.754.524.401. El aumento de capital correspondiente a 366.687.928 pesos, se paga mediante el aporte del total de los activos y pasivos de las sociedades SOCIEDAD COMERCIAL E INMOBILIARIA ANCAR LIMITADA y SOCIEDAD COMERCIAL JOCAR LIMITADA que se incorporan a SOCIEDAD DE INVERSIONES YAGAL LIMITADA en la fusión acordada. En consecuencia, el nuevo capital de la sociedad fusionada SOCIEDAD DE INVERSIONES YAGAL LIMITADA ascendente a $1.754.524.401, íntegramente suscrito y pagado de la siguiente forma: 1. Don JORGE CRISTIAN YAPUR GALVEZ aportó $877.262.200,5, pagado y enterado en la caja social; y, 2. Don CARLOS FELIPE YAPUR GALVEZ aportó $877.262.200,5 pagado y enterado en la caja social. Se deja constancia que los derechos de los socios se pagaron con los aportes que cada uno de ellos tenía en las sociedades SOCIEDAD COMERCIAL E INMOBILIARIA ANCAR LIMITADA, y SOCIEDAD COMERCIAL JOCAR LIMITADA. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 21 de marzo del año 2024.