INVERSIONES PÉREZ & NEUMANN LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 20 de marzo de 2024
- Repertorio
- 14081-2024
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.213.082 CLP
Objeto social
Los socios acordaron modificar el objeto social de la sociedad. En consecuencia, reemplazan el artículo tercero de los estatutos sociales, el que a contar de esta fecha tendrá el siguiente tenor: “TERCERO: La sociedad tendrá por
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, Notario Titular de la 2º Notaría de Santiago, con oficio en calle Alcántara N° 107, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, certifico: Que por escritura pública de fecha primero de marzo de 2024, repertorio N° 14.081- 2024, otorgada ante el notario suplente RODRIGO ANDRES PINARES ALVARADO comparecieron: ELÍAS CONRADO PÉREZ ZÚÑIGA, cédula nacional de identidad número 7.080.908-7; don VICENTE ANDRÉS PÉREZ NEUMANN, cédula nacional de identidad número 19.539.607-8; doña LILIANA ISABEL NEUMANN MANIEU, cédula nacional de identidad número 9.024.344-6, todos domiciliados para estos efectos en Camino La Fuente número 1.420, Casa F, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago; doña DANIELA VALENTINA PÉREZ NEUMANN, cédula nacional de identidad número 17.698.480-5, domiciliada para estos efectos en Avenida El Tranque número 12. 654, departamento número 108-A, torre A, comuna de Lo Barnechea, ciudad de Santiago; y don ALBERTO MARIO PÉREZ NEUMANN, cédula nacional de identidad número 18.023.143-9, domiciliado para estos efectos en Avenida El Tranque número 12.674, departamento número 203, torre C, comuna de Lo Barnechea, ciudad de Santiago; modificaron la sociedad “INVERSIONES PÉREZ & NEUMANN LIMITADA”, en adelante también como la “Sociedad”, Rol Único Tributario número 76.117.748-6, inscrita a fojas 52.464, número 36.531 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2010, en lo siguiente: Uno.- Modificación del Objeto Social. Los socios acordaron modificar el objeto social de la sociedad. En consecuencia, reemplazan el artículo tercero de los estatutos sociales, el que a contar de esta fecha tendrá el siguiente tenor: “TERCERO: La sociedad tendrá por objeto: Uno) La importación, exportación, distribución, comercialización, intermediación, por cuenta propia o ajena, de todo tipo de bienes y/o servicios nacionales o extranjeros, al por mayor o al detalle; Dos) La prestación de servicios de consultoría y de asesoramiento empresarial, de gestión, administración y estrategias comerciales y financieras; Tres) La representación en Chile y en el extranjero de marcas y empresas nacionales y/o extranjeras; Cuatro) La inversión en toda clase de bienes corporales o incorporales, muebles e inmuebles, derechos, acciones, cuotas, en otras personas jurídicas y sociedades de cualquier tipo y en general obtener rentas de capitales mobiliarios, pudiendo percibir todo tipo de rentas, ingresos y frutos provenientes de todas las inversiones que efectúe la sociedad y la administración y comercialización de esas inversiones. Lo anterior incluye además la inversión en acciones de todo tipo y/o valores mobiliarios, divisas, derivados, pactos, efectos de comercio y otros valores y/o instrumentos que el mercado bursátil desarrolle en el futuro; Cinco) Ejecutar todo tipo de actos o contratos relacionados con el objeto social, sea, directamente o participando en otras empresas o sociedades, sea como gestora, socia o accionista; Seis) Y en general, ejecutar actos de cualquier otro ramo y/o giro que los socios acuerden en el futuro relacionado con de todas aquellas operaciones financieras, comerciales e industriales que directa o indirectamente conduzcan al objeto social, en los que se podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos civiles, mercantiles o administrativos que sean conducentes al cumplimiento de sus fines. Para el desarrollo de su objeto, la sociedad podrá actuar por cuenta propia o de terceros, concurriendo a la constitución o ingresando a sociedades o comunidades, en Chile o en el extranjero, que tengan entre sus finalidades aquellas propias de la sociedad.- Dos.- Aumento de Capital. Los socios acordaron aumentar capital social de $1.213.082.-, a la suma de $5.000.000.-, en virtud de los aportes por parte de: don Elías Conrado Pérez Zúñiga; doña Liliana Isabel Neumann Manieu; doña Daniela Valentina Pérez Neumann; don Alberto Mario Pérez Neumann; don Vicente Andrés Pérez Neumann, todos en dinero efectivo y en las proporciones indicadas en la escritura extractada. En consecuencia, reemplazan el artículo quinto de los estatutos sociales, cuyo texto se reemplaza por el siguiente: “QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de cinco millones de pesos chilenos, el cual se encuentra íntegramente pagado e ingresado en las arcas sociales, el que se distribuye en las siguientes proporciones: a) don Elías Conrado Pérez Zúñiga con una participación del veinte por ciento del capital social que equivale a un millón de pesos chilenos; b) doña Liliana Isabel Neumann Manieu con una participación del veinte por ciento del capital social que equivale a un millón de pesos chilenos; c) doña Daniela Valentina Pérez Neumann con una participación del veinte por ciento del capital social que equivale a un millón de pesos chilenos; d) don Alberto Mario Pérez Neumann con una participación del veinte por ciento del capital social que equivale a un millón de pesos chilenos; y e) don Vicente Andrés Pérez Neumann con una participación del veinte por ciento del capital social que equivale a un millón de pesos chilenos.”. Demás estipulaciones en escritura extractada. Todo lo no modificado rigen las estipulaciones del pacto social. Santiago, 20 de marzo de 2024. Francisco Leiva Carvajal. Notario Público.