MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

CENCOSUD INTERNACIONAL SpA

RUT 96978180-8 CVE 2472614
Fecha instrumento
12 de marzo de 2024
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
12 de marzo de 2024
Notario
MARÍA PILAR GUTIÉRREZ RIVERA
Oficio
Décimo Octava Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARÍA PILAR GUTIÉRREZ RIVERA, Abogado, Notario Público Titular de la Décimo Octava Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Apoquindo número tres mil treinta y nueve, quinto piso, comuna de Las Condes, certifico que, por escritura pública de fecha 12 de marzo 2024 Repertorio número 3648, ante mí: CENCOSUD S.A. Y CENCOSUD RETAIL S.A., ambos representados por don Renato Gutiérrez González y don Sebastián Rivera Martínez, todos domiciliados en Avenida Kennedy 9001, piso 7, Las Condes, Santiago, en su carácter de únicos socios de CENCOSUD INTERNACIONAL SPA., rut 96.978.180-8, sociedad inscrita a fojas 33.440, número 27.292 del Registro de Comercio de Santiago del año 2001, modificaron la sociedad como sigue: Aumento de Capital y Modificación del Artículo Quinto y el Articulo Primero Transitorio de los Estatutos: se aumenta el capital de la sociedad en la suma de trescientos treinta millones veinticinco dólares con tres centavos de dólar de los Estados Unidos de América mediante la emisión de cuatro mil ochocientas ochenta y tres acciones ordinarias, nominativas de una única serie y sin valor nominal; y se acordó modificar el Artículo Quinto y el Artículo Primero Transitorio de los Estatutos Sociales, por los siguientes: “ARTICULO QUINTO: El capital de la Sociedad asciende a la suma de siete mil setecientos siete millones novecientos cuarenta y ocho mil doscientos veinticuatro dólares con tres centavos de dólar de los Estados Unidos de América dividido en ciento catorce mil cincuenta y siete acciones ordinarias, nominativas, de una única serie y sin valor nominal, el que se ha suscrito y pagado y se suscribirá y pagará en la forma señalada en el Artículo Primero Transitorio de estos Estatutos”; “ARTICULO PRIMERO TRANSITORIO: El capital de la Sociedad asciende a la suma de siete mil setecientos siete millones novecientos cuarenta y ocho mil doscientos veinticuatro dólares con tres centavos de dólar de los Estados Unidos de América dividido en ciento catorce mil cincuenta y siete acciones ordinarias, nominativas, de una única serie y sin valor nominal, el que se ha suscrito y pagado y se suscribirá y pagará de la siguiente forma: /uno/ con la suma de siete mil trescientos setenta y siete millones novecientos cuarenta y ocho mil ciento noventa y nueve dólares de los Estados Unidos de América dividido en ciento nueve mil ciento setenta y cuatro acciones ordinarias, nominativas, de una única serie y sin valor nominal que corresponde al capital suscrito y pagado al treinta y uno de enero de dos mil veinticuatro. /dos/ con la suma de trescientos treinta millones veinticinco dólares con tres centavos de dólar de los Estados Unidos de América dividido en cuatro mil ochocientas ochenta y tres acciones ordinarias, nominativas, de una única serie y sin valor nominal, las cuales serán suscritas y pagadas por Cencosud Retail S.A. en el plazo de tres años contados desde el primero de febrero de dos mil veinticuatro”. Demás estipulaciones que no son materia de extracto constan en escritura extractada. El portador de este extracto quedó facultado para proceder a su legalización. Santiago, 13 de marzo de 2024. María Pilar Gutiérrez Rivera, Notario Público Titular de la Décimo Octava Notaría de Santiago.