CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

ACK Exports SpA

RUT 17409223-0 CVE 2472619
Capital
$1.500.000 CLP
Fecha instrumento
20 de marzo de 2024
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
20 de marzo de 2024
Notario
IVÁN TORREALBA ACEVEDO
Oficio
Trigésima Tercera Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.500.000 CLP

Objeto social

El objeto de la sociedad será: /a) La prestación de toda clase de asesorías, tanto profesionales como técnicas, en materias agrícolas, comerciales y financieras, de exportación e importación de frutas frescas, frutas secas, frutas deshidratadas, materias primas y su correspondiente gestión; /b) la adquisición, inversión y enajenación a cualquier título de toda clase de bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles c) Efectuar toda clase de inversiones pasivas, tanto en Chile como en el exterior, pudiendo percibir los frutos civiles de toda clase de bienes de su propiedad, sean éstos corporales o incorporales, muebles o inmuebles, reinvertir y administrar los frutos, productos y rentas de las inversiones, y liquidar dichas inversiones; d) La constitución y participación en toda clase de sociedades, civiles y comerciales, ya sean colectivas, en comandita, pudiendo concurrir como socia comanditaria o gestora en estas últimas, anónimas, por acciones o de responsabilidad limitada, cualquiera que sea su objeto; y /e) En general, la realización de todos los actos y la celebración de todos los contratos que digan relación directa o indirecta con los fines antes indicados, en el desarrollo de ellos, o con la inversión de los fondos disponibles de la Sociedad, así como las demás actividades que la Sociedad acuerde. Para el cumplimiento de los objetos señalados, la Sociedad podrá actuar por si o a través de sociedades que especialmente constituya al efecto, así como también asociada o en coparticipación con terceros

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

IVÁN TORREALBA ACEVEDO, Notario Público Titular de la Trigésima Tercera Notaría de Santiago, con domicilio en calle Huérfanos N°979, oficina 501, comuna de Santiago, certifico que, por escritura pública de fecha 20 de marzo de 2024, repertorio número 4.246-2024, ante mí, don Francisco Javier Montes Campos cedula de identidad 17.409.223-0 en representación de doña Consuelo Jesús Nuñez Solís, cedula de identidad número 17.674.020-5, constituyó una sociedad por acciones de cuyos estatutos se extracta lo siguiente: Nombre: “ACK Exports SpA”. Objeto: El objeto de la sociedad será: /a/ La prestación de toda clase de asesorías, tanto profesionales como técnicas, en materias agrícolas, comerciales y financieras, de exportación e importación de frutas frescas, frutas secas, frutas deshidratadas, materias primas y su correspondiente gestión; /b/ la adquisición, inversión y enajenación a cualquier título de toda clase de bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles c) Efectuar toda clase de inversiones pasivas, tanto en Chile como en el exterior, pudiendo percibir los frutos civiles de toda clase de bienes de su propiedad, sean éstos corporales o incorporales, muebles o inmuebles, reinvertir y administrar los frutos, productos y rentas de las inversiones, y liquidar dichas inversiones; d) La constitución y participación en toda clase de sociedades, civiles y comerciales, ya sean colectivas, en comandita, pudiendo concurrir como socia comanditaria o gestora en estas últimas, anónimas, por acciones o de responsabilidad limitada, cualquiera que sea su objeto; y /e/ En general, la realización de todos los actos y la celebración de todos los contratos que digan relación directa o indirecta con los fines antes indicados, en el desarrollo de ellos, o con la inversión de los fondos disponibles de la Sociedad, así como las demás actividades que la Sociedad acuerde. Para el cumplimiento de los objetos señalados, la Sociedad podrá actuar por si o a través de sociedades que especialmente constituya al efecto, así como también asociada o en coparticipación con terceros. Capital: $1.500.000 pesos, dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas y sin valor nominal, las que la constituyente debidamente representada suscribió y pagó en efectivo íntegramente en el acto de constitución. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 22 de marzo de 2024.